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APULO TERRITORIO DE OPORTUNIDADES DE INVERSIÓN PARA EL PROGRESO Y EL DESARROLLO SOCIAL


Enviado por   •  23 de Junio de 2019  •  Monografías  •  15.167 Palabras (61 Páginas)  •  173 Visitas

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APULO, NOS UNE: TERRITORIO DE OPORTUNIDADES DE INVERSIÓN PARA EL PROGRESO Y EL DESARROLLO SOCIAL

PLAN DE DESARROLLO 2016- 2019 PERIODO DE GOBIERNO DEL ALCALDE GUSTAVO GARCIA BERNAL

PRIMER INFORME DE AVANCE

APULO FEBRERO 29 DE 2016

APULO, NOS UNE: TERRITORIO DE OPORTUNIDADES DE INVERSIÓN PARA EL PROGRESO Y EL DESARROLLO SOCIAL

PLAN DE DESARROLLO 2016- 2019 PERIODO DE GOBIERNO DEL ALCALDE GUSTAVO GARCIA

El presente Plan, denominado APULO TERRITORIO DE OPORTUNIDADES DE INVERSIÓN PARA EL PROGRESO Y EL DESARROLLO SOCIAL, se formula a partir de cuatro  referentes claves. En primer lugar, los aspectos Constitucionales y legales, expresados en el Artículo 369 de la Constitución Política y la Ley 152, Orgánica de la Planificación en Colombia y por lo tanto da cuenta de los tres componente básicos del Plan, a saber: Una parte General, en la que se presenta el diagnóstico del Municipio y su  caracterización, con énfasis en las potencialidades para el desarrollo;  la Parte Estratégica, en la que se definen los Ejes del Desarrollo y las líneas de acción en las que se enmarcan los programas, subprogramas y proyectos; la tercera parte, correspondiente al Plan Plurianual de Inversiones.  

El  segundo referente está relacionado con una revisión detallada de las dinámicas Nacionales para identificar las oportunidades que ofrece este contexto para el Municipio, debido a dos razones principales. De un lado, el Gobierno Municipal, como política general, se ha propuesto, entre otros aspectos multiplicar los recursos de inversión, en beneficio del mejoramiento de las condiciones de vida de su población, siempre y cuando se identifiquen los ámbitos de gestión, se estructuren las propuestas y se implementen, de manera oportuna y eficaz ante estos organismos del Estado. De otro lado, ante el Gobierno Departamental de Cundinamarca, quien se encuentra simultáneamente en el proceso de formulación de su propio Plan de Desarrollo y por tanto, se considera un momento clave preparar propuestas para que sean incluidas en el mismo, siempre y cuando concuerden con las prioridades trazadas, en el programa de Gobierno y sean gestionadas con el respectivo equipo de trabajo departamental.

El tercer referente, en concordancia con el programa de Gobierno del Alcalde Gustavo García,  en el que se manifestó, expresamente, la voluntad de formular el Plan de manera ampliamente participativa, principalmente con las Juntas de Acción Comunal y  las organizaciones gremiales con presencia en el Municipio, ya que el Plan se asume como el trazado de una Política pública incluyente socialmente, el cual debe contribuir con el fortalecimiento de las organizaciones sociales, siempre y cuando se establezca en el mismo, los aspectos básicos para darle forma a los planes veredales con el apoyo de las Juntas de Acción Comunal.

El cuarto aspecto, consistió en la construcción de manera participativa, de la VISIÓN DE FUTURO del Municipio, la cual contiene los elementos claves  de lo que se quiere alcanzar al cabo de los cuatro años de gobierno. A su vez, se constituye en un potente referente que permite la desagregación de los Ejes estructurantes de la parte estratégica del Plan, pues permite desagregar las líneas estratégicas de acción, en función de emprender los pasos conducentes a la construcción del Municipio que se quiere, de manera conjunta.

Los referentes mencionados, se complementan con los principios, como focos  iluminadores del proceso;  los principales conceptos ordenadores del mismo y de manera sintética la metodología y el procedimiento que se llevó a cabo, para la configuración del documento del Plan, el cual se presenta en dos versiones. Una a manera de texto académico y el segundo su versión bajo la técnica jurídica para su conversión en proyecto de acuerdo, que será presentado ante el Concejo Municipal, por parte del Señor Alcalde, Gustavo García Bernal.

  1. PRINCIPIOS ILUMINADORES DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PLAN

Dos tipos de Principios fueron acogidos. Los primeros, corresponden a los expresados en el ordenamiento Constitucional, mientras que los segundos, son, los principios que apuntan a dinamizar la gestión del Municipio con los demás agentes del Estado, del nivel Departamental de Cundinamarca y del Nivel central, Presidencia de la República, DPS, Ministerios, entidades descentralizadas, Agencias de ejecución de proyectos y cooperación internacional.

1.1 Principios Constitucionales y legales.

 Legalidad: El Municipio, como Célula Básica de la Administración del Estado, de acuerdo con el Artículo 311 de la Constitución Política, necesariamente debe de contar y aplicar los aspectos legales establecidos en las  normas, por ejemplo, la Ley 152, relacionada con el Plan de Desarrollo; La leyes 136 y 1551, sobre las competencias y  funciones atribuidas a las Entidades Territoriales; la ley 142 sobre los servicios públicos domiciliarios, la Ley 160 sobre el sector productivo agropecuario; la Ley de Niñez, Infancia y Adolescencia; La Ley 715, sobre Sistema General de participaciones; La Ley 617, sobre la categorización de los Municipios, entre otras, las cuales serán retomadas en el momento oportuno, cuando se haga necesario a lo largo del texto.

Descentralización: Este principio hace parte de la organización institucional del Estado colombiano, ya que está esbozado desde el preámbulo de la Constitución. Expresa, que Colombia es un Estado Social de Derecho, descentralizado, participativo y con autonomía de las Entidades Territoriales. Así las cosas, la descentralización, como proceso establece el campo de las competencias y atribuciones conferidas al Municipio en los distintos sectores y también los recursos percibidos para su cumplimiento, sobre todo los prevenientes del Sistema General de Transferencias. Es un principio transversal y por lo tanto está presente en todas las actuaciones que el nivel central delega o comparte con todas las Entidades Territoriales.

Autonomía Territorial: Igualmente, hace parte de la estructura organizacional del Estado y adquiere contenido al referirse al Municipio como Entidad Territorial con autonomía para elegir sus propios mandatarios, con patrimonio propio, personería jurídica y por lo tanto con capacidad, por ejemplo para formular su propio Plan de Desarrollo, el Esquema de ordenamiento Territorial. Claro está que la autonomía no pude reñir con el Estado unificado como lo es el colombiano.

Participación Ciudadana y Comunitaria: Con base en lo consagrado en los  Artículos 2 y 3 de la Constitución Colombiana. El 2, en el que se expresa que son fines esenciales del Estado servir a la comunidad y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.  Estos aspectos complementados con lo expresado en el Artículo 3,  en el que se menciona que la soberanía reside, exclusivamente en el pueblo del cual emana el poder público. Con base en estos dos preceptos, la participación se constituye en un Derecho y un Deber que contribuye a legitimar al mandatario y sus decisiones de política pública en la medida que haga participe a las comunidades en estos procesos, pero sobre todo porque interpreta las necesidades del corto, mediano y largo plazo del pueblo al que se debe y por el que juró desempeñarse a fondo.

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