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Departamento de Control y Automatización, Escuela Politécnica Nacional


Enviado por   •  20 de Febrero de 2018  •  Informes  •  3.414 Palabras (14 Páginas)  •  56 Visitas

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PROYECTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

Hernández Yánez Juan Diego

 Departamento de Control y Automatización, Escuela Politécnica Nacional

Quito, Ecuador

juan.hernandez@epn.edu.ec 

        

Resumen. - En este trabajo se exponen las definiciones, las características y las generalidades correspondientes al proceso de instalaciones eléctricas para un edificio o conjunto residencial teniendo en cuenta la seguridad con que deben contar y siguiendo la Norma Ecuatoriana para la Construcción (NEC) sobre Instalaciones Electromecánicas.

Con este proyecto se quiere poner en práctica el estudio de instalaciones eléctricas rigiéndonos por un marco regulatorio que nos da las pautas para realizar un cableado estructurado, seguro y eficiente.

Como en todo proyecto, lo primero en tomar en cuanta fue necesidades básicas y requerimientos previamente establecidos tanto por el proyecto arquitectónico como por los equipos a instalar. Para el diseño de la instalación eléctrica fue crucial el tener a la mano una copia de la Norma Ecuatoriana para la Construcción (NEC) sobre Instalaciones Electromecánicas en la cual se deben basar todas las proyecciones de instalaciones que se ejecuten dentro del territorio nacional; Además, el tener que especificar las características de los equipos para la creación tanto del presupuesto; costos y precios unitarios que se convierte en una parte vital del expediente técnico.

  1. INTRODUCCION

La dependencia y el aumento progresivo del consumo de la electricidad en la vida actual obliga a establecer unas exigencias y especificaciones que garanticen la seguridad de las personas con base en el buen funcionamiento de las instalaciones, la fiabilidad y calidad de los productos, la compatibilidad de los equipos y su adecuada utilización y mantenimiento; por ello la Norma Ecuatoriana  para la Construcción (NEC) Capitulo 15;  tiene como objetivo principal crear conciencia sobre los riesgos existentes en todo lugar donde se haga uso de la electricidad.

El desarrollo experimentado por las instalaciones eléctricas en las edificaciones ya sean de tipo industrial, residencial o comercial, obliga a la consulta de reglamentos, normas y manuales, donde es fundamental tener en cuenta las principales normas de seguridad que permitan minimizar los diferentes riesgos y/o accidentes (cortocircuitos, incendios, explosiones, entre otros.) con el fin de establecer medidas que garanticen la seguridad, la preservación del medio ambiente y protección al usuario y eficiencia eléctrica.

  1. MARCO TEORICO

Se entiende por instalaciones eléctricas a todo conjunto de aparatos y circuito asociados en previsión de un fin particular: producción, conversión, transformación, distribución y utilización de la Energía Eléctrica.

En general, comprende los sistemas eléctricos que van desde la acometida de servicio hacia el interior de la edificación o al punto de conexión de los equipos o elementos de consumo.

Toda instalación eléctrica cubierta por el presente Reglamento, deberá contar con un diseño, el cual como mínimo tendrá las memorias de cálculo de conductores y protecciones, los diagramas unifilares, cálculo de transformador (si se requiere), cálculo del sistema de puesta a tierra (si se requiere), distancias de seguridad, cálculo mecánico de estructuras (cuando se requiera) evaluación del nivel de riesgo por rayos y planos de construcción; tales documentos deben ser firmados por el profesional o profesionales competentes de acuerdo con sus matrículas profesionales que los faculten para el diseño.

Clasificación de las instalaciones: Las instalaciones eléctricas para uso final de la electricidad se clasificarán en instalaciones especiales, básicas y provisionales.

  • Las instalaciones eléctricas especiales, son aquellas instalaciones que por estar localizadas en ambientes clasificados como peligrosos o alimentar equipos o sistemas complejos, presentan mayor probabilidad de riesgo que una instalación básica y por tanto requieren de medidas especiales, para mitigar o eliminar tales riesgos. Se consideran instalaciones especiales las siguientes:

  1. Instalaciones hospitalarias o de asistencia médica.
  2. Sistemas de emergencia y sistemas de alarma contra incendio.
  3. Instalaciones de ambientes especiales, clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión debida a la presencia de gases, vapores o líquidos inflamables; polvos, fibras o partículas combustibles.
  4. Instalaciones eléctricas para sistemas de transporte de personal como ascensores, grúas, escaleras eléctricas, montacargas o teleféricos.
  5. Instalaciones eléctricas en lugares con alta concentración de personas, tales como: sitios de reuniones, entidades públicas, teatros, áreas de audiencias, grandes supermercados, ferias y espectáculos.

En general aquellas que requieran construirse y mantenerse en circunstancias distintas a las que pueden estimarse como de riesgo normal, tales como estudios 18 y proyectores de cine, edificios agrícolas, puertos y embarcaderos, equipos informáticos, equipos de rayos X, sistemas solares fotovoltaicos y bombas contra incendios.

  • Las instalaciones eléctricas básicas, son las instalaciones que se ciñen al alumbrado y protección, a métodos y materiales de las instalaciones, a equipos de uso general y a redes de baja tensión para uso particular o destinado a la prestación del servicio público de electricidad.

  • Las instalaciones provisionales, se entenderá como instalación provisional aquella que se hace para suministrar el servicio de energía a un proyecto en construcción, o que tendrá una utilización no mayor a seis meses (prorrogables según el criterio del OR que preste el servicio), la cual deberá cumplir con lo especificado en la sección 305 de la NTC. El servicio de energía a instalaciones provisionales quedara condicionado a que una persona calificada establezca y cumpla un procedimiento escrito de control de los riesgos eléctricos de esta instalación, el cual debe estar a disposición de la autoridad competente.

Lineamientos generales aplicables a instalaciones eléctricas para uso final: Los sistemas de protección de las instalaciones para uso final de la electricidad, deben impedir los efectos de las sobre corrientes y sobretensiones, resguardar a los usuarios de los contactos directos y anular los efectos de los indirectos. En las instalaciones de uso final de la electricidad se adoptarán las medidas de seguridad, tanto para la protección de las redes, las cuales deben ser especificadas según las características y potencia de los aparatos receptores.

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