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¿El Derecho al trabajo se le puede decir que es un derecho fundamental o estaría dentro de ello?


Enviado por   •  24 de Mayo de 2020  •  Ensayos  •  906 Palabras (4 Páginas)  •  119 Visitas

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¿El Derecho al trabajo se le puede decir que es un derecho fundamental o estaría dentro de ello?

Autor: Carlos Rumay Montalván

Introducción

Podemos situar el nacimiento del  derecho del trabajo a partir de la Revolución Industrial: es en este momento histórico donde las personas comienzan a trabajar poniendo su esfuerzo y, en cierto sentido, su propia libertad a disposición de su patrón. Con la Revolución el trabajo toma vital importancia, pues pasa a ser un trabajo productivo que permite a hombres y mujeres en condiciones deplorables satisfacer sus necesidades. Así, comienza el progresivo desarrollo de la industria como fuente principal de trabajo, pues la fábrica necesitaba mano de obra y las personas necesitaban comer. Muchos vieron acá la posibilidad de nuevas oportunidades de vida, ya que ahora recibirían a cambio de su trabajo, dinero. En consecuencia, comienza una paulatina masificación del trabajo asalariado, dejando la lógica del feudalismo atrás.

Desarrollo  

Podemos decir con seguridad que  para el derecho laboral no hay dudas respecto a que el trabajador goza con toda plenitud de derechos fundamentales por el sólo hecho de ser ciudadano tanto fuera como dentro de la organización empresarial. Así la jurisprudencia, la doctrina y también el legislador, han aceptado y reconocido con entusiasmo la eficacia horizontal de los derechos fundamentales en las relaciones laborales, pero hay una pregunta que nos debemos hacer: ¿El derecho al trabajo está dentro o se le considera como un derecho fundamental de la persona?

En este sentido el profesor Caamaño es claro: “El Derecho del Trabajo contemporáneo ha experimentado una notoria evolución dogmática jurídica en el último tiempo, lo que, en gran medida, ha tenido lugar a partir de la explicitación del reconocimiento del trabajador como titular de derechos que emanan de su propia esencia como ser humano y que, en tal carácter, se proyectan naturalmente en el ejercicio de su actividad laboral y, en concreto, en la empresa, como ámbito específico en el que éste presta sus servicios”

El derecho del trabajo y la doctrina laboral, durante mucho tiempo se han dedicado a consagrar y estudiar respectivamente, los derechos propiamente laborales, y en materia de derechos fundamentales, los derechos fundamentales laborales clásicos como el derecho al trabajo o la libertad sindical, pues gozan de una vinculación inmediata con la rama laboral. La doctrina ha llamado a estos, “derechos fundamentales laborales específicos”, y se ha esforzado en estudiar su alcance y vigencia en los distintos ordenamientos jurídicos. Sin embargo, cuando hablamos de Ciudadanía en la Empresa, no nos referimos a estos derechos, sino a los que reciben el nombre de “derechos fundamentales laborales inespecíficos”, es decir, aquellos que tiene el trabajador como ciudadano.

Dadas las características de la relación laboral, se trata de un escenario donde se pueden cometer abusos por la parte fuerte (empleador) que pueden llegar incluso a vulnerar derechos fundamentales, que en el caso de la Ciudadanía en la Empresa, se refieren a derechos distintos a los derechos fundamentales específicos como la libertad sindical. Se trata como dice Gamonal de derechos humanos que detenta el trabajador en cuanto persona y ciudadano, derechos civiles que no deberían quedar postergados por el hecho de ser parte de un contrato de trabajo.

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