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LA CLAUSULA DE REVERSIÓN EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES


Enviado por   •  12 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  2.934 Palabras (12 Páginas)  •  46 Visitas

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LA CLAUSULA DE REVERSIÓN EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES.

RESUMEN

La siguiente investigación se exponen los aspectos generales del contrato de concesión, ahora bien, el objeto del presente escrito es la exposición de este negocio jurídico en el sector de las telecomunicaciones, más específicamente en lo que tiene que ver con la cláusula de reversión que se entiende hace parte del mismo por su naturaleza y esencia. Aunque la ley 422 de 1998, en su artículo 4 establece que la reversión solo implicará que revertirán al estado las frecuencias radioeléctricas asignados para la prestación del servicio concedido, Para esta investigación se consiguieron reseñas desde diferentes fuentes bibliográficas entre las que examinamos se encuentran, el congreso de la república, revista semana, Sentencia del Consejo de Estado, Univisión, así mismo se hizo un análisis hermenéutico.

PALABRAS CLAVE: contratos, telecomunicaciones, clausulas.

ABSTRACT

The following investigation exposes the general aspects of the concession contract, however, the purpose of this writing is the exposition of this legal business in the telecommunications sector, more specifically in what has to do with the reversion clause that is understood It is part of it by its nature and essence. Although Law 422 of 1998, in its article 4 establishes that the reversion will only imply that the radioelectric frequencies assigned for the provision of the granted service will revert to the state, For this investigation, reviews were obtained from different bibliographic sources among which we examined are, the Congress of the Republic, Semana magazine, Sentencia del Consejo de Estado, Univisión, likewise a hermeneutical analysis was made.

Keywords: contracts, telecommunications, clauses.

DESARROLLO.

En el sector público son muchos los contratos que se celebran para el cumplimiento de los fines y obligaciones del estado, es justamente la concesión uno de los negocios jurídicos con mayor relevancia y practicidad en la actualidad, este tiene injerencia en las relaciones negóciales públicas en incluso en las privadas. Dicho negocio jurídico tiene como finalidad u objeto otorgar a una persona denominada concesionario, la prestación, operación, organización y/o gestión total o la construcción, explotación o conservación de una obra o bienes destinados al servicio público.

El concepto anteriormente referenciado expone los aspectos generales del contrato de concesión, ahora bien, el objeto del presente escrito es la exposición de este negocio jurídico en el sector de las telecomunicaciones, más específicamente en lo que tiene que ver con la cláusula de reversión que se entiende hace parte del mismo por su naturaleza y esencia. La cláusula de reversión se incluirá en todos los contratos de explotación y concesión con el estado, como es bien sabido, las telecomunicaciones hacen uso del espectro electromagnético, bien que hace parte el erario público, por lo que, tal y como lo dispone el artículo 19 de la ley 80 de 1993, al finalizar el término de la concesión, los bienes y elementos directamente afectados a la misma pasen a ser propiedad de la entidad contratante, sin que por ello se deba efectuar compensación alguna.

Aunque la ley 422 de 1998, en su artículo 4º establece que la reversión solo implicará que revertirán al estado las frecuencias radioeléctricas asignados para la prestación del servicio concedido. Es así como se plantea en el desarrollo del presente escrito la situación actual de la cláusula de reversión al finalizar los contratos de concesión dentro del ordenamiento jurídico colombiano, las posturas de las principales empresas prestadores del servicio, así como los mandatos dispuestos en la jurisprudencia nacional respecto a este tópico de interés general.

Espectro electromagnético.

El espectro electromagnético es propiedad del estado colombiano, este para garantizar el acceso de sus habitantes les concede a empresas de telecomunicaciones su uso o explotación por determinado tiempo en virtud de la figura jurídica denominada contrato de concesión regulado en sus aspectos básicos por la ley 80 de 1993, así mismo en la ley 422 de 1998 se exponen aspectos especiales sobre este acuerdo, como lo es la cláusula de reversión.

Esta cláusula de reversión es intrínseca de los contratos de concesión con el estado, es por ello que las empresas de telecomunicaciones se encuentran en la obligación de regresar las frecuencias radioeléctricas que le fueron asignadas inicialmente para que presten su servicio.

Ahora bien, en los últimos tiempos se han presentado disputas jurídicas que giran en torno a esta cláusula de reversión, ya que, algunas empresas prestadoras del servicio han incumplido con la obligación que esta cláusula dispone, ya que, alegaban que no se les aplicaba dicha norma, como quiera que leyes posteriores habían desmontado ese concepto , pero la honorable corte constitucional advirtió que a los contratos de concesión que, a mediados de la década de los 90 le dieron vía libre a la telefonía celular, se les aplica la cláusula de reversión de activos y no solamente de las frecuencia como dispone la ley 422 de 1998. (Semana, 2017)

Esta situación legal guarda real importancia en el ordenamiento jurídico colombiano, ya que las sumas que se disputan son realmente cuantiosas, es deber de todo ciudadano entonces, conocer aunque sea sumariamente la situación económica del país, ahora mucho más, cuando el sector de las telecomunicaciones es el que más está creciendo como consecuencia de la inserción de las nuevas tecnologías en la cotidianidad y la necesidad de su uso para solventar las necesidades diarias del conglomerado social.

Marco jurídico.

El contrato de concesión se encuentra nace con la constitución política de Colombia de 1991, y se encuentra regulado por la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios 679 de 1994, 626 de 2001, 2170 de 2002, 3629 de 2004, 3740 de 2004, 959 de 2006, 2434 de 2006, 4375 de 2006, 1150 de 2007, 2774 de 2008, 2473 de 2010, 734 de 2012, y 537 de 2020; como se ha expresado en el marco teórico, en este negocio jurídico se encuentra inmersa la cláusula de reversión, como un elemento natural e intrínseco. ( Congreso de la República de Colombia, 1993)

Respecto a la concesión en el sector de las telecomunicaciones, se encuentra regido por lo dispuesto

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