MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO
pelon70Trabajo7 de Enero de 2014
7.039 Palabras (29 Páginas)505 Visitas
UNIVERSIDAD DE SONORA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO
HERMOSILLO, SONORA, MARZO DEL 2008
INDICE
Objetivo - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3
I. Prestadores de Servicio Social - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4
Diagrama de flujo de los prestadores de servicio social - - - -- - - - 6
II. El servicio social comunitario como opción de titulación - - - - - - - 7
III. Lineamientos generales de las instancias responsables del
servicio social universitario - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 9
IV. Lineamientos generales para las unidades receptoras de
prestadores de servicio social universitario - - - - - - - - - - - - - - - 15
Diagrama de flujo de unidades receptoras - - - - - - - - - - - - - - -- 18
Anexos
Formato de Registro de Proyectos F01
Formato de Registro al Servicio Social F02
Formato para Reporte Trimestral F03
Formato para Reporte Final F04
Formato de Baja del Servicio Social F05
Formato de Constancia de Prestación F06
Formato de Constancia de Liberación F07
Formato de Reporte de Proyectos Continuos de
las Unidades Receptoras F08
El presente Manual de Procedimientos para la Prestación del Servicio Social Universitario, proporciona información complementaria a la establecida en el Reglamento de SSU. El manual incluye un conjunto de disposiciones, procedimientos, trámites, guías y formatos específicos, relativos al proceso de implementación del SSU. También se incluyen disposiciones y procedimientos establecidos para la modalidad de Servicio Social Comunitario, opción reconocida en el Reglamento Escolar de la Institución como modalidad de titulación. Por último se incluyen los Lineamentos Generales de las Instancias Responsables del Servicio Social Universitario y los Lineamientos Generales para las Unidades Receptoras de Prestadores de Servicio Social Universitario.
I. PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO
Se considera prestador de Servicio Social Universitario, a todo aquel estudiante que cumpla con lo establecido en el Artículo 20 del Reglamento de Servicio Social Universitario, y que efectúe en tiempo y forma las actividades que a continuación se detallan:
Del Inicio
a) Contar con el 70% de los créditos (presentar kárdex).
b) Cumplir con el proceso de inducción al servicio social, en donde recibirá una constancia de su asistencia (Concibe por evento de inducción en semestres nones asistencia a Feria Universitaria de Servicio Social y plática de inducción y semestres pares plática de inducción, ambas de acuerdo a calendario establecido por el CISSU).
c) Presentar para su autorización y por triplicado, el Formato F02 (anexo) al responsable de servicio social de su programa educativo o al coordinador de su división, para solicitar el registro a un proyecto en condición de aprobado.
d) El coordinador divisional de servicio social, autoriza el registro y lo asigna a un proyecto.
e) Atender a lo anterior conforme a los tiempos establecidos en la convocatoria.
De la Prestación
Una vez que el prestador de servicio social ha sido asignado a alguna Unidad Receptora, habrá de hacer entrega al coordinador divisional o responsable de servicio social de su programa educativo, los formatos de reporte trimestral y final de la siguiente manera:
a) Entregar un reporte trimestral al coordinador divisional o responsable de servicio social de su programa educativo, en los primeros cinco días hábiles después de haber concluido el trimestre respectivo (utilizar formato F03 en anexos).
b) Entregar un reporte final de sus actividades en período no mayor a 15 días hábiles a la conclusión de la prestación (utilizar formato F04 en anexos).
De la Liberación
Conforme a lo señalado en el Artículo 24 del Reglamento de Servicio Social Universitario, se requiere:
a) Haber cumplido con la entrega de la documentación solicitada durante el proceso.
b) Presentar la constancia de prestación que certifique el cumplimiento del servicio social, expedida por la unidad receptora (utilizar formato F06 en anexos).
c) Presentar papeleta de pago para la emisión del documento.
d) Solicitar la constancia de liberación de servicio social ante el coordinador divisional correspondiente o responsable de servicio social de su programa educativo, en un plazo no mayor a 30 días hábiles, una vez concluido el mismo (utilizar el formato F07 en anexos).
e) La constancia de liberación será entregada por el coordinador divisional o responsable de servicio social de su programa docente, en un plazo de 15 día hábiles después de haberla solicitada.
f) El procedimiento y los requisitos para la Liberación del Servicio Social de los estudiantes de Medicina y Enfermería, se describen en el presente documento en el apartado de Anexos, página 34.
DIAGRAMA DE FLUJO
PRESTADOR DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO
DIAGRAMA DE FLUJO
II. EL SERVICIO SOCIAL COMUNITARIO COMO OPCIÓN DE TITULACIÓN.
1. La solicitud de registro como opción de titulación de un proyecto de Servicio Social comunitario, puede presentarla cualquier maestro de tiempo completo, con el aval por escrito de la Academia respectiva, dirigido al Jefe del Departamento.
2. Los proyectos de Servicio Social Comunitario susceptibles de ser utilizados como opción de titulación, deberán estar aprobados como tales por el CISSU de acuerdo a convocatoria emitida para el registro de proyectos de servicio social.
3. El estudiante deberá elegir entre los proyectos aprobados como opción de titulación y solicitar su registro ante el Jefe de Departamento correspondiente.
4. La solicitud de registro del estudiante deberá incluir lo siguiente:
a. Copia del kárdex.
b. Constancia de aprobación como opción de titulación del proyecto de servicio social comunitario donde se desea participar, extendida por el Consejo Divisional.
c. Llenado de formatos específicos para la titulación por Servicio Social Comunitario diseñados por el CISSU y la División.
5. El Jefe de Departamento nombrará al jurado de la Memoria de la prestación del Servicio Social Comunitario, el cual estará integrado por un presidente, un secretario y un vocal, así como un suplente.
6. El presidente del jurado deberá ser el académico responsable del proyecto y de su supervisión en el lugar de prestación. En caso de ausencia, se seleccionará otro miembro del personal académico del Departamento, preferentemente entre los participantes en el proyecto.
7. El jurado evaluará la memoria de la prestación del servicio social comunitario y la defensa presentada públicamente por el alumno(s), en función del impacto de las actividades de servicio social en la comunidad, así como el dominio de los conocimientos, habilidades y valores del plan de estudios desarrollados como resultado de estas actividades.
8. La Memoria de Servicio Social deberá presentar la siguiente estructura:
a. Introducción.
b. Objetivos.
c. Descripción y metodología de las actividades realizadas.
d. Resultados, los cuales deben incluir el impacto social de las actividades realizadas.
e. Conclusiones y recomendaciones.
f. Bibliografía.
Los Consejos Divisionales podrán definir contenidos específicos para cada uno de los apartados, de acuerdo a la naturaleza de las disciplinas involucradas.
9. El procedimiento para evaluar los avances del informe escrito y la defensa del mismo, será definido por cada Consejo Divisional.
10. La Memoria resultante de la prestación del servicio social comunitario podrá ser multidisciplinaria y presentada por grupos de no más de tres personas que participen en el mismo proyecto, en cuyo caso se redactará un solo informe.
11. La Memoria deberá ser entregada a los sinodales en un plazo no mayor de tres meses a la fecha de término del servicio social.
12. En caso de que la memoria no sea entregada en tiempo y forma, se anulará como opción de titulación.
13. La presentación de la defensa de la Memoria deberá hacerse en un plazo máximo de un año seis meses a partir de la fecha de culminación del total de créditos del plan de estudios.
14. En caso de que el sustentante agote el plazo establecido y no haya concluido el trabajo, deberá solicitar por escrito una prórroga al Jefe de Departamento con el aval de su director de titulación, quien someterá a juicio del jurado los avances del trabajo y podrá otorgarla por única vez y por un plazo no mayor a tres meses. En caso de no respetarse estos plazos, el trabajo no tendrá efecto como opción de titulación.
III. LINEAMIENTOS GENERALES DE LAS INSTANCIAS RESPONSABLES DEL SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO.
Con la
...