Ahorro Retiro
1010113 de Noviembre de 2014
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SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
Carrera: Licenciatura en Derecho
Asignatura: Sociedades Mercantiles
Integrantes del equipo:
Acosta Bastida Efraín
Aguilar Preciado Ana Bertha
Castillo Ugalde Norma Silvia
De Luna Gómez Gabriela
Loera Guzmán Vannesa
Pérez Salgado Juan Carlos
Patricia Pulido Serrano
Ramírez Rodríguez María del Rocío
Roldán Trejo Francisco Ulises
Ruíz Vázquez Reyna
Solano Linares Miriam
Soni Martínez Erick
Vizzuett Rueda Yullianna
Cuatrimestre: Tercero
Maestro: Dr. Germán Sánchez Alonso
Fecha de entrega: 29 de mayo de 2014
ÍNDICE
Introducción……………………………….………………….……………….…2
Contenido
I. SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO……………………………..……………………….……………...…3
II. SAR………………………………………………………………....………….4
III. CONSAR…………………………………………………………….…………5
IV. AFORES Y SIEFORES……………………………………………..………..6
V. AMAFORE……………………………….…………………………………....10
VI. LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO …………...12
Conclusiones…………………………….…………………………….…………18
Fuentes de consulta………………………………………………….………...20
INTRODUCCIÓN
Con el propósito de asegurar un bienestar económico a las personas que durante su vida laboral activa contribuyeron al desarrollo y bienestar del país, el Gobierno implementó los sistemas de ahorro para el retiro, los cuales están debidamente regulados, para el óptimo manejo de los ahorros que se acumulan en las cuentas de los trabajadores.
Durante de estas últimas décadas, este sistema ha sufrido adecuaciones y cambios con el ánimo de proporcionar el mayor beneficio a las personas, garantizando su futuro y proporcionándoles una seguridad jurídica de quién, cómo y dónde están sus aportaciones.
Es importante resaltar que el objetivo principal de este sistema es fomentar el ahorro, dándole transparencia y legalidad para su mayor aprovechamiento, que debe ser no sólo para beneficio del propio trabajador como parte de sus derechos de seguridad social, sino también en beneficio de la Nación y de que ésta se encuentra a la vanguardia en lo que respecta a políticas públicas para el sector productivo tan importante de un país, que son los trabajadores.
En este trabajo de investigación ofrecemos al lector un panorama general de lo que son los sistemas de ahorro, quien los administra y quien regula a esas administradoras de fondos.
I. SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
Prestación de seguridad establecida en la Ley del Seguro Social, teniendo como objetivo principal el de formar un mecanismo de Ahorro a largo Plazo y de aseguramiento para el trabajador, en caso de retiro, incapacidad, Desempleo o muerte, sustentado en una base financiera sólida.
Este sistema se creó el 24 de febrero de 1992 mediante la aprobación de una serie de modificaciones a las leyes del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda; se forma con las cuotas o aportaciones que los patrones están obligados a cubrir, mismas que son equivalentes al dos por ciento sobre el salario base de cotización. Dichas cuotas se entregan a las instituciones de crédito para su abono en cuentas individuales a favor de los trabajadores.
¿Qué es una cuenta individual de ahorro para el retiro?
Es la cuenta que un trabajador tiene en una Afore. En ella se depositan los recursos que le permitirán tener una pensión cuando concluya su vida laboral. A este ahorro contribuye el empleado, la empresa para la que trabaja y el gobierno. Se pueden realizar aportaciones voluntarias a la cuenta individual, de esta manera estará incrementando el patrimonio y el monto que se recibirá cuando el trabajador se retire.
II. SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR)
Con el propósito de ofrecer a los trabajadores mexicanos los mayores beneficios posibles para su retiro, el sistema de pensiones vigente desde 1997, se distingue, por:
a) Ser un sistema sustentable
Al ser un sistema de capitalización individual, las contribuciones que realizan los trabajadores, los patrones y el propio gobierno, son canalizadas a la cuenta personal de cada afiliado. De esta manera, la pensión depende del monto ahorrado en la cuenta individual, dando sustentabilidad financiera al sistema y transparencia a la administración y otorgamiento de los recursos.
b) Atender a la dinámica poblacional
El nuevo sistema de pensiones busca atender con anticipación los grandes cambios que se han registrado en la dinámica demográfica: la disminución en la tasa de natalidad y el aumento en la esperanza de vida.
c) Brindar seguridad
Los recursos de las cuentas individuales son propiedad de cada trabajador y de su familia. El sistema promueve la participación activa de sus afiliados, permitiéndoles la libertad de elegir a la Afore que consideren más conveniente para que administre su patrimonio y manteniéndolos informados sobre el estado que guardan sus recursos. Así, cada trabajador puede conocer dónde están y en qué se invierten sus ahorros para el retiro y puede tomar mejores decisiones para planear su retiro. Adicionalmente, el sistema está administrado por profesionales calificados y sujeto a una estricta regulación y supervisión del Gobierno Federal por medio de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).
d) Contribuir al futuro de México
Una de las innovaciones del SAR es la canalización del ahorro de los trabajadores a proyectos productivos, a través de los mercados financieros. Esto genera un círculo virtuoso, ya que los sectores beneficiados generan nuevos empleos que incrementan el ahorro. A la fecha, importantes proyectos de infraestructura y vivienda, por señalar sólo algunos, han recibido apoyo con recursos provenientes del ahorro para el retiro.
III. Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se fundó en 1994 y cuya labor fundamental es la de regular el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que está constituido por las cuentas individuales, propiedad de los trabajadores. Estas cuentas acumulan las aportaciones que realizan trabajador, patrón y gobierno, y son administradas por las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFOREs) para ser entregadas a los trabajadores al momento de su retiro.
IV. AFORES Y SIEFORES
A finales de la década de los ochenta, el sistema de pensiones en México estaba bajo la responsabilidad exclusiva del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Se trataba de un esquema de reparto y beneficios definidos, en el que las aportaciones de los trabajadores activos sufragaban parte importante de las pensiones de los trabajadores retirados, que para entonces ya sumaban cerca de 35 millones. A principios de los años noventa, se hizo evidente que el sistema de pensiones en México, al igual que el de muchos otros países con esquemas similares, enfrentaba importantes retos.
La combinación de un incremento en la esperanza de vida y, consecuentemente del tiempo de disfrute de las pensiones, con la disminución de la tasa de natalidad, fue un evento que impactó fuertemente al esquema que se tenía antes de la reforma de 1997. La proporción de trabajadores activos con respecto a los retirados disminuyó notablemente, impactando los fondos disponibles para cubrir el pago de las pensiones.
La situación financiera del IMSS se complicó, no sólo como resultado de los cambios en la composición de la población. También influyó en la problemática del Instituto, el hecho de que los remanentes económicos que tuvo en un inicio debido a que los ingresos por aportaciones eran mayores que los egresos por pensiones, se destinaron también a sufragar gastos de infraestructura y financiar parte de los servicios médicos de los afiliados.
Los gráficos muestran el cambio poblacional observado de 1970 a la fecha y las proyecciones para el año 2050.
POBLACIÓN POR EDAD (1970)
POBLACIÓN POR EDAD (2050)
Por todo esto, en marzo de 1996 el Ejecutivo Federal presentó al Congreso la iniciativa de Ley de los sistemas de ahorro para el retiro, en la búsqueda de establecer un esquema eficiente y financieramente sustentable. Ya en diciembre de 1995 se había reformado la Ley del Seguro Social, pero fue hasta el 23 de mayo de 1996 cuando se publicó la nueva Ley de los sistemas de ahorro para el retiro.
Se considera que esta es una de las reformas estructurales más importantes en materia de seguridad social en la historia de nuestro país. Se pasó de un régimen de reparto y de beneficio definido a uno de contribución definida basado en la capitalización de cuentas individuales en las que se concentran las aportaciones del
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