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Análisis “La organización y la Legislación Educativa”


Enviado por   •  2 de Mayo de 2019  •  Informes  •  2.638 Palabras (11 Páginas)  •  242 Visitas

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Análisis

“La organización y la Legislación Educativa”

Integrantes:

Báez, Nadia

Carranza, Adriana Pamela

Dezotti, Cecilia Lorena

Dezotti, Ivana Marisel

Saiach Pellegrini, Yamila

Nombre del Profesor:

Margarita Flores

Asignatura:

Política y Organización Educativa

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Profesorado Universitario

(Ciclo Complementario Curricular)

Primer Año


Introducción

El propósito de este trabajo de análisis fue investigar las diferentes leyes educativas que formaron y forman parte de nuestro sistema educativo, a los fines de estar al corriente de cómo se organiza el sistema educativo argentino, sus diferentes normativas y algunos lineamientos de la política educativa actual.

Después de una exhaustiva lectura reflexiva de las leyes de educación de nuestro país (Ley 1420, 1984) (Ley 24.195, 1993) (Ley 26.206, 2006) analizamos desde los autores, Axel Rivas en su obra, Caminos para la Educación e Inés Dussel en su obra, Los desafíos de la obligatoriedad de la Educación Secundaria.

La inquietud de analizar las leyes de educación y compararla con las teorías residió en el deseo de enriquecer los conocimientos sobre la educación argentina y en el afán de estudiar y analizar la educación desde una perspectiva diferente, para lograr una mayor claridad respecto a las diferentes interpretaciones.

Otro eje fundamental que destacamos en nuestro trabajo es enfatizar sobre los roles de los distintos actores educativos y como los mismos se fueron transformando a lo largo de la historia .Nuestro objetivo será analizar, repensar, reflexionar acerca de dichos roles que hacen a las prácticas educativas, a la sociedad y a los significados sociales subyacentes.

Por otra parte, este trabajo implicó un análisis responsable, que demandó reforzar y adquirir nuevos conocimientos sobre teorías, metodologías y técnicas despertando un interés particular sobre la temática.


“La organización y la Legislación Educativa”

Concepción de hombre

A lo largo de la historia argentina la concepción del ciudadano a formar fue cambiando, según los intereses políticos, económicos, sociales e ideológicos vigente, donde el estado es el ente regulador quién define quienes, qué, cómo y a quienes  se enseña reflejándose en cada una de las leyes de educación.

Según la ley 1420 pudimos observar que el modelo de hombre a formar se basaba en una población analfabeta a la cual era necesario formar como ciudadanos que integraran un Estado en vías de consolidación y respondieran a un ideal de nación y a un  modelos económico social para instalar el orden que permitiera el progreso.

La ley 24.195 apuntaba a un modelo de sociedad capitalista caracterizada por el modelo de acumulación. Este modelo tiene entre sus características principales: el crecimiento de la hegemonía del capital financiero internacional, antes los cuales, los estados pierden poder y soberanía, el crecimiento de un mercado global, altamente competitivo y una revolución de las tecnologías de la comunicación y producción para la que se necesita cada vez menos manos de obra.

La ley 26206,  el modelo de hombre a formar es un ciudadano tolerante, que respete la diversidad, critico, reflexivo, autónomo con conciencia de la justicia social, con participación democrática que favorezca un modelo de justicia distributiva, donde todos los actores tenga la posibilidad de acceder a una propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades, a integración y el pleno ejercicio de sus derechos.


Regímenes

“La idea de una escuela que cambia sus mecanismos segregativos por dispositivos “de oportunidad” es lo que permite afirmar que la concepción de inclusión que aquí se plasma tiene por horizonte el derecho a la educación.” (Dussel, 2015, pág. 303)

En la Ley 1420 hace referencia a la educación a través de las modalidades: cuarteles, buques de guerra, jardines, escuelas ambulantes y de adultos.

El sistema educativo, según la ley 24.195 comprende también otros regímenes especiales que tienen por finalidad atender las necesidades que no pueden ser satisfechas por la estructura básica del sistema, y que exigen ofertas específicas diferenciadas en función de las particularidades o necesidades del educando o del medio. Como ser Educación especial (la necesidad de los alumnos serán revisados periódicamente por profesionales), Educación de adultos (el desarrollo integral y la cualificación laboral de todas aquellas personas que no cumplieron con la educación general básica, o de aquellas que desean adquirir o mejorar su preparación continuando sus estudios en los siguientes niveles del sistema; brindar la posibilidad de acceder a servicios educativos en los distintos niveles del sistema a las personas que se encuentren privadas de libertad en establecimientos carcelarios, y de alfabetización a quienes se encuentren cumpliendo con el servicio militar obligatorio) y Educación rural (La educación agropecuaria sistemática de nivel medio comprende el ciclo de expertos (3 años) y ciclo de agrónomos (3 años). El ciclo de expertos se equipara con el ciclo básico y su objetivo es formar trabajadores rurales calificados. El ciclo de agrónomos se propone formar técnicos de nivel medio para la conducción de la empresa agropecuaria. Las especialidades se desarrollan en el tercer año de este ciclo y de acuerdo con ellas se otorga el título correspondiente.)

Por su parte la Ley 26.206 comprende ocho modalidades: Educación Técnico Profesional, Educación Artística, Educación Especial, Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Educación Rural, Educación Intercultural Bilingüe, Educación en Contexto de Privación de Libertad y Educación Domiciliaria y Hospitalaria.

Estructura

La ley 1.420  de educación común, piedra basal de la educación Argentina divide a la enseñanza primaria en seis o más agrupaciones graduales y será dada sin alteración de grados, en escuelas infantiles, elementales y superiores, decreta que la enseñanza primaria para niños se dará en clases mixtas. Esta ley, marcó un hito en la etapa fundacional del sistema educativo argentino durante la cual se forjaron rasgos que permanecerán por más de un siglo: su carácter público, gratuito y obligatorio.

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