Avances En La Justicia Dominicana
marbelinperez15 de Agosto de 2014
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Introducción
El Derecho como toda rama social, debe necesariamente adecuar sus instituciones, sus elementos esenciales y en general la mayor parte de su estructura, a los cambios que permanentemente se producen en las diversas áreas del conocimiento. Esto le permite tener vigencia real para regular los nuevos hechos que se producen en el mundo contemporáneo.
Los avances científicos, tecnológicos, sociales y culturales, ponen a prueba la capacidad de adaptabilidad del Derecho como ente regulador de este conglomerado casi imparable de nuevas situaciones, que se generan a gran velocidad y que de no ser reguladas, conllevarían seguramente a generar situaciones lesivas para las personas, contrarias por tanto a los fines del Derecho.
Los avances en tecnología dentro del sistema de justicia penal tienen un efecto significativo en los tribunales, en la policía y las correcciones. Por ejemplo, el campo de la ciencia forense ha mejorado en la detección, la recolección y el análisis de pruebas. Las aplicaciones informáticas proporcionan efectos positivos para un trabajo policial eficiente, y las correcciones reciben un avance a través de la producción de dispositivos especializados, tales como las correas de tobillo entre otros.
I. Análisis de adelantos tecnológicos en el sistema de justicia dominicano
Nuestra sociedad vive activamente el fenómeno de la globalización, y de la apertura de los mercados internacionales, los cuales tienen como eje fundamental la aplicación de la innovación y de la tecnología, fruto de lo cual se hace necesario que hagamos una reflexión sobre el alcance de nuestro Sistema Judicial, no por las consecuencias presentes de nuestra integración internacional a nivel tecnológico, económico o político, sino más bien por las consecuencias futuras que dicha integración ocasionará en el desarrollo de nuestra sociedad de cara al siglo XXI.
La llamada “Sociedad de la Información” o “Sociedad” es un hecho latente en nuestro país, a nivel público y privado, que hace referencia al aspecto de la integración de una sociedad a los avances tecnológicos; más aún, a los beneficios que representa a un Estado, el que sus individuos se integren a la llamada “Era de la Información”.
Si nos preguntásemos: ¿Está la República Dominicana preparada para asimilar de forma eficaz y continua el conjunto de las relaciones interpersonales, comerciales o políticas, derivadas de tal integración global?…. Sin lugar a dudas la respuesta es que Sí. Nuestra sociedad, al igual que otras se encuentra orientada dentro de un proceso de modernización e innovación, tanto en el sector público como en el privado, derivado del fenómeno universal de la “globalización”, y orientado a incentivar el desarrollo de lo que se denominan el “Gobierno Electrónico” y las “nuevas tecnologías”. El Gobierno Electrónico está compuesto fundamentalmente por la digitalización vía Internet, o redes similares, de las diferentes estructuras del aparato estatal, el fin es crear un aparato estatal respaldado y resguardado en los avances tecnológicos, los cuales al simplificar y eficientizar los procesos, generarán beneficios, no solo para el Estado en sí, sino también para sus individuos e incluso para otros Estados vinculados al mismo.
Ahora bien, si nos preguntáramos: ¿Está preparado el Estado Dominicano para regular jurídicamente las consecuencias legales de la era de la “tecnología” o de las “innovación tecnológica” dentro de nuestra sociedad?…. necesariamente la respuesta debe ser objeto de un análisis.
Es un hecho que ya no vivimos en la etapa de la humanidad conocida como la “era de la modernidad”. Actualmente vivimos en lo que se conoce como la “era de la innovación tecnológica” o la “era de la innovación”. En esta etapa de la humanidad se obvia el aspecto de mejorar a nivel científico y tecnológico lo que tenemos; ahora, lo que se busca es crear cosas nuevas, cambiar la naturaleza de las tecnologías y de los avances científicos. Entonces, ¿Hasta qué punto la “innovación” nos representa un problema de tipo legal en la República Dominicana?
Podemos decir que el siglo XXI ha traído como retos la velocidad de la integración estatal en el ámbito internacional, los cambios en la naturaleza de los avances científicos, tecnológicos y sociales, así como una transformación acelerada en los intercambios comerciales y financieros internacionales. Dentro de una economía frágil como la nuestra, orientada hacia un proceso de globalización más complejo, desigual e incierto, la globalización nos ha planteado fronteras diferentes y complejas en cuestiones nacionales e internacionales tan diversas como la seguridad, el comercio, el medio ambiente, la migración, y sobre todo, en la legislación, debido a la naturaleza cambiante e intensa de la innovación y a la rapidez de los avances tecnológicos, lo cual supera nuestra capacidad de regulación legal actual, y representa un problema para nuestro Sistema Judicial.
A nivel socio-cultural, el aspecto más notable de esta nueva “era” lo constituye el debilitamiento del sistema de normas y valores morales y sociales, frente a una carencia de identidad en donde el individuo se define más bien por lo que hace, lo que valora y por los compromisos particulares, que por el interés colectivo o la conciencia social. En tal sentido, el nuevo ente social depende de su capacidad de crear, de cambiar, de “innovar” en todos los aspectos. Este individuo, fruto de lo que conocemos como la “era de la innovación”, que hoy en día ya se encuentra presente en nuestra sociedad, es a lo que nuestro Sistema Judicial debe prepararse a enfrentar en un futuro no lejano, ya no mediante persecución y sanción, sino mediante la PREVENCION, de toda acción u omisión enmarcada en contra del orden público o las buenas costumbres.
El cambio asociado a la tecnología es universal, irreversible, acelerado y desproporcional. Este último aspecto es el que nos mueve a mayor preocupación y nos preguntamos: ¿Cómo regular legalmente una tecnología de la cual no disponemos? La respuesta es relativamente sencilla, actualmente nuestro gobierno cuenta con una serie de instituciones dentro del aparato estatal orientadas hacia la inmersión de nuestro país en la llamada “Sociedad de la Información”. Si bien estas políticas tecnológicas tienen un alcance y un enfoque orientado hacia una visión de nuestro país a largo plazo, las mismas deben ser ejecutadas de forma consensuada, tomando en cuenta nuestras realidades sociales, no solo a lo interno de nuestro país, sino a nivel de nuestras relaciones sociales internacionales; se deben elaborar análisis y estrategias sobre la aplicación de las innovaciones tecnológicas, mediante incentivos al sector privado.
A nivel de Sistema Judicial, los avances derivados de la aplicación y ejecución de leyes enmarcadas dentro del proceso penal, la institucionalización, capacitación y autonomía del Ministerio Público, enmarcados dentro de una política de prevención y solución eficaz y celera de los conflictos, nos permiten, con los debidos instrumentos legales “prevenir” una gran parte de las posibles situaciones conflictivas de aspecto legal derivadas de las innovaciones tecnológicas de la globalización. Sin embargo, carecemos de muchos instrumentos legales de aplicación internacional, que ya se encuentran vigentes y que están enmarcados dentro de política internacional de protección en contra de los “delitos”, en un sentido lato de la palabra, derivados de tales innovaciones tecnológicas.
La era de la “innovación tecnológica” nos abre nuevas oportunidades como sociedad para el desarrollo del ser humano mediante la interacción de las distintas sociedades globalizadas. La tecnología se presenta como una herramienta indispensable para incidir en la convivencia de toda la humanidad. Es nuestro deber el incentivar el uso de la tecnología, de forma real y equitativa, regulando, incluso de forma preventiva, las “innovaciones” que puedan afectarnos dentro de la llamada “sociedad de la Información”, lo que nos asegura un desarrollo sostenido y una sociedad sustentada en la paz y tranquilidad de nuestros individuos, mediante su perfeccionamiento como entes colectivos, no como entes independientes entre sí, lo cual se traduce en nuevas esperanzas para nosotros como sociedad, y en una oportunidad de orientarnos dentro de principios éticos y morales más pulcros y desinteresados en beneficio de nuestra colectividad
II. Factores de cambio en el derecho
Es el conjunto de circunstancias, fenómenos, innovaciones, fuerzas y tendencias sociales que determinan las transformaciones del orden jurídico existente.
El derecho no es estético al igual que la sociedad se encuentra en constante cambio y una de sus funciones del derecho es regular la conducta humana y garantizar la mejor convivencia.
III. Transformación social
Existen fenómenos sociales como las guerras, las invasiones y las conquistas que son detonadores de cambio.
Dentro de ellas encontramos:
-embargo de cuentas bancarias de particulares
-sustitución de las leyes locales por las de los invasores
-reclutamiento de tropas sean voluntarias o forzadas
-suspensión de garantías individuales.
-industrialización
Son fenómenos que provocan cambio en el derecho
-Avances tecnológicos
- Desarrollo Económico, Corresponde a las diversas transformaciones económicas que sufre un país en su desarrollo y, dentro de este grupo encontramos:
-estado de la producción
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