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CAso Philadephia


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  6.728 Palabras (27 Páginas)  •  260 Visitas

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1.- ANALISIS DE LA SITUACION DE LA EMPRESA.

Nestlé es el primer grupo alimentario mundial con 500 fábricas repartidas por todo el mundo, por eso es que la evolución demográfica es muy variada dependiendo del país, la renta, las costumbres… Por tanto el publico objetivo es muy variado y la empresa intenta adaptarse a los hábitos alimenticios de cada país en donde esta presente.

Al igual que otras empresas, Nestlé presenta ciertos puntos fuertes y débiles, así como oportunidades y amenazas que pasamos a describir a continuación.

• Como puntos fuertes podemos destacar los siguientes aspectos:

· Imagen corporativa

· Rentabilidad

· Infraestructuras

· Personal capacitado

· Empresa líder en el mercado alimentario

· Posee excelente tecnología para el desarrollo de su actividad.

· Gran cartera de productos que abarca desde la alimentación para los bebes hasta la de los animales de compañía.

· Buen sistema de distribución centralizado que permite ahorrar en costes.

• A continuación enumeramos algunos puntos debiles como pueden ser:

· Su posición dominante podría ser cuestionada, ya que cualquier empresa retadora podría arrebatarle la cuota de mercado.

· Se ha visto involucrada en algun proceso judicial por competencia desleal y por fraude, cosa que empeora su imagen frente a los consumidores.

• Nestlé también presenta ciertas oportunidades en su entrono como pueden ser:

· Adquirir nuevas tecnologías

· Recursos humanos cualificados

· Apertura de nuevas fabricas, ya que al tratarse del lider del sector puede comprar empresas mas pequeñas y ampliar asi sus niveles de productividad

· Capacidad para entrar en nuevos mercados

· Posibilidad de ampliación de la cartera de productos para satisfacer nuevas necesidades.

• Y por ultimo solo nos queda nombrar algunas amenazas que pueden afectar a la empresa y que son:

· La entrada de competidores con costes mas bajos

· Existencia de productos sustitutivos

· Cambio en las necesidades y gustos de los consumidores

· Consumo relacionado con la renta: a mayor renta mayor consumo de nuestros productos.

· Alto ritmo de cambio de las tecnologías existentes

2.- DECISIONES DE PRODUCTO

• Test de concepto

Para nuestra nueva creación, una natilla de café, debemos realizar este test de concepto para contrastar la viabilidad de nuestra idea, por tanto hemos decidido informarnos sobre la normativa legal alimentaria de los productos perecederos, sobre la logística…

Los alimentos perecederos, además de la normativa general relativa al transporte de mercancías, están regulados de forma especial por un acuerdo de «transportes internacionales» y de vehículos especiales adaptados a este fin. Una reglamentación técnico-sanitaria determina la forma en la que debe realizarse el transporte de alimentos, y otra, las especificaciones que deben cumplimentar los vehículos especiales para el transporte terrestre a temperatura regulada y los procedimientos de control necesarios para garantizar su seguridad.

El objetivo del ATP (Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas) es asegurar que las mercancías perecederas sean transportadas en el ámbito internacional de modo que se garanticen las condiciones óptimas para su consumo, asegurando, del mismo modo, que los vehículos que realicen este transporte satisfagan las condiciones técnicas regidas por el propio acuerdo.

Desde su aprobación ha servido de referencia para el desarrollo posterior de la legislación del transporte de mercancías perecederas, no sólo en el ámbito internacional, sino también en el nacional. Las definiciones y normas que contiene se aplican a todo transporte de mercancías perecederas, tanto destinado a terceros o como mercancía propia, efectuado exclusivamente por ferrocarril, por carretera o por una combinación de ambos métodos, cuando el lugar de carga y de descarga de la mercancía se encuentre en estados diferentes y cuando el lugar de descarga de la mercancía esté ubicado en el territorio de una de las partes contratantes.

Los operadores económicos que transporten mercancías perecederas deben utilizar vehículos isotermos, refrigerantes, frigoríficos o caloríficos. En nuestro caso utilizaremos los vehículos refrigerados o los frigoríficos.

• Vehículo refrigerado: vehículo isotermo que, gracias a una fuente de frío, permite reducir la temperatura del interior de la caja vacía, y de mantenerla después para una temperatura exterior media de 30°C a -20°C como máximo, según la clase de vehículos refrigerados que se establecen.

• Vehículo frigorífico: vehículo isotermo que incorpora un dispositivo de producción de frío, y permite, con una temperatura media exterior de 30°C, reducir la temperatura del interior de la caja vacía y de mantenerla de forma permanente entre 12 ºC y -20 ºC, dependiendo de la clasede vehículo para esta categoría.

Para los productos lácteos, que es el sector en dónde se encuentra nuestro producto, deben estar a 4ºC.

La normativa comunitaria sobre etiquetado fue aprobada en 1979. Desde entonces ha sido objeto de numerosas modificaciones hasta su derogación en 2000 por la Directiva 2000/13, en vigor desde el 26 de mayo de 2000. La nueva regulación sobre etiquetado advierte que «las diferencias entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembro relativas al etiquetado de los productos alimenticios son susceptibles de dificultar la libre circulación de dichos productos y pueden crear condiciones de competencia desiguales». Y si bien entre sus objetivos principales estaba el aproximar dichas legislaciones con el fin de contribuir al funcionamiento del mercado interior, su carácter horizontal no permitió en una primera fase incluir entre las menciones obligatorias a todas aquellas que deben añadirse a la lista aplicable en principio al conjunto de los productos alimenticios. La cuestión se dejaba para una fase posterior a fin de completar las normas actualmente establecidas sobre etiquetado de los alimentos. Salvo las excepciones previstas en los artículos 4 a 17, las indicaciones obligatorias son las siguientes:

• La denominación de venta del producto.

• La lista de ingredientes.

• La cantidad de determinados ingredientes o categorías de ingredientes de conformidad con las disposiciones del artículo 7.

• Para los productos alimenticios preembalados, la cantidad neta.

• La fecha de duración mínima o, en el caso de productos alimenticios muy perecederos por razones microbiológicas, la fecha de caducidad.

• Las

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