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CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES A


Enviado por   •  28 de Octubre de 2015  •  Trabajos  •  776 Palabras (4 Páginas)  •  126 Visitas

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CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES A.- CLASIFICACION 4.1- Sólidos Inflamables. 4.2- Sólidos con riesgo de combustión espontánea. 4.3- Sólido inflamable que al contacto con el agua desprende gases Inflamables. B.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE ALMACENAMIENTO a) Las sustancias inflamables podrán almacenarse en bodega común general hasta una cantidad de 500 kg., siempre y cuando no existan almacenados líquidos inflamables o aerosoles, si los hubiera la suma total de todos no podrá superar 500 kg. b) BODEGA COMÚN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Los sólidos inflamables podrán almacenarse en bodega común de sustancias peligrosas en cantidad máxima de: 1000 kg. Deberán estar separadas del resto de sustancias peligrosas por pasillo de 2,4 m. La clase 4.3 no se permitirá en bodega común, debiendo almacenarse en bodega exclusiva. Cuando exista almacenamiento de líquidos inflamables y aerosoles, la suma total De sustancias inflambles no deberá exceder la cantidad de 2000 kg. c) BODEGA ADYACENTE 32 Las cantidad máxima permitida para almacenamiento en Bodega adyacente, será de: 10.000 kg. Condiciones de construcción ?? Puede tener dos muros comunes F180. ?? Construcción para bodega de inflmables, con entrada independiente externa con puerta F-90 mínimo. ?? Muros externos: RF 120 ?? Muros divisorios internos de una misma bodega: RF 120 (hasta la cubierta) ?? Elementos soportantes verticales: R F 120 ?? Elementos soportantes horizontales: R F 120 ?? Cubierta techo: RF < 15. ?? Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos absorbentes que permitan retirar fácilmente el producto o bien, poseer cámara de contención exterior a la bodega. ?? Bodega con un distanciamiento mínimo de 3 m, entre ella y muro medianero. Condiciones de almacenamiento ?? Almacenamiento ordenado sobre pallets o estanterías tipo racks. ?? Señalización que indique su clasificación. ?? Rotulación de productos según NCh 2190 ?? Distancias de productos a muros: 0.5 m. ?? Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m. ?? Ancho de pasillos principales : 2.4 m. ?? Altura máxima en tambores : 3 pallet (3 m) ?? Altura máxima en sacos : 2 pallet (2 m) ?? Almacenamiento de sólidos clase 4.3 debe ser independiente de sólidos clase 4.1 y/o clase 4.2 por medio de muro divisorio RF-120 33 Condiciones de protección contra incendio ?? Extintores de incendio según DS. 594/99 ?? Con sistemas de detección automático de incendio. ?? Plan de emergencia coord. con Bomberos de su zona. ?? Sin instalación eléctrica, pero si la requiere deberá ser a prueba de explosión. d) BODEGA SEPARADA Se exigirá bodega separada, cuando las cantidad de sólido inflamable supere la cantidad de: 10.000 kg Condiciones de construcción ?? Bodega separada de otras construcciones y muros medianeros por una distancia mínima de 6 m. ?? Construcción con características para bodega de inflamables. ?? Sistema de control de derrame, siendo posible poseer elementos neutralizantes que permitan retirar fácilmente el producto. Condiciones de almacenamiento ?? Rotulación de productos según NCh 2190 y NCh 1411 ?? Distancias de productos a muros: O.5 m. ?? Ancho de pasillos entre pilas : 1.2 m. ?? Ancho de pasillos principales : 2.4 m. ?? Altura máxima en tambores : 3 pallet (3 m) ?? Altura máxima en sacos : 2 pallet (2 m) ?? Almacenamiento de sólidos clase 4.3 debe ser independiente de sólidos clase 4.1 y/o clase 4.2 por medio de muro divisorio RF-120 ?? Ningún tambor o saco de una pila debe estar a más de 6 m de un pasillo . ?? La cantidad máxima de almacenamiento por bodega es de 1000 ton. 34 Condiciones de protección contra incendio ?? Extintores portátiles con mínimo de potencial de extinción de 10B, en número y distribuidos según DS.594/99. . Además, deberán tener como agente extintor, el específico para el tipo de sólido almacenado. ?? Sistemas de detección automático de incendio conectado a una red central, externa a bodegas, cuya instalación debe ser de acuerdo a lo establecido en NFPA 72. ?? Red húmeda ,con abastecimiento de estanque propio que asegure una autonomía de 10 minutos como mínimo, antes de la llegada de Bomberos. Equipos adicionales tales como pitones, mangueras, motobombas con suministro de energía propia, entre otros. ?? Sistemas de control automático de incendio tipo Lluvias (sprinkler), para cantidades superiores a 20 ton. En caso de almacenamiento de clase 4.3 no usar agua como sistema de control. La instalación de este sistema debe cumplir con NCh 2095 parte 1 a 6 Of. 2000/2001 y en lo no considerado en ella, por las normas NFPA ?? Plan de emergencia en caso de incendio coordinado con el Cuerpo de bomberos de su zona. ?? Plan de emergencia en caso de derrames. ?? Brigadas de incendios. ?? La instalación eléctrica de la bodega debe ser a prueba de explosión

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