ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONCEPTO ELEMENTOS ESENCIALES


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2012  •  Tesis  •  2.259 Palabras (10 Páginas)  •  2.307 Visitas

Página 1 de 10

TEMARIO:

10.1 CONCEPTO

10.2 ELEMENTOS ESENCIALES

10.3 SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARE Y LA LETRA DE CAMBIO

10.4 IMPORTANCIA CONTEMPORANEA DEL PAGARE

10.5 MODALIDADES DE APLICACIÓN DEL PAGARE

10.5.1 PAGARE DOMICILIADO

10.5.2 PAGARE BANCARIO

10.5.3 PAGARE HIPOTECARIO

10.6 PAGARE NO NEGOCIABLE COMO TITULO DOCUMENTARIO DE CIERTOS CONTRATOS DE CREDITOS

10.7 PAGARE INTERNACIONAL

10.8 ¿CÓMO SE REDACTA UN PAGARE?

10.9 IMPORTANCIA PRACTICA DE LA CORRECTA REDACCIÓN Y LLENADO DE SUS CLAUSURAS

10.1 CONCEPTO

El concepto de PAGARE lo define Wikipedia como Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona -llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

El diccionario de la Real Academia de la Lengua lo define como:

pagaré.

(1.ª pers. de sing. del fut. de indic. de pagar, palabra con que suelen dar principio estos documentos).

1. m. Papel de obligación por una cantidad que ha de pagarse a tiempo determinado.

~ a la orden.

1. m. Com. pagaré que es transmisible por endoso, sin nuevo consentimiento del deudor.

Si bien la LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, no contempla una definicion, solo en dedica el Capitulo III, del articulo 170 al 174, consagra al pagare.

Asi que podriamos concluir que un pagre es una promesa incondicional que una persona llamad el suscrito hace a otra denominada tenedor de pagar a su orden una determinada cantidad de dinero en un lugar y fecha determiando.

10.2 ELEMENTOS ESENCIALES

El articulo 17º de la LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, contempla lo siguientes requisitos

Artículo 170.- El pagaré debe contener:

I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;

II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;

IV.- La época y el lugar del pago;

V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y

VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.

Personas que intervienen en el pagaré

Suscriptor: es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable.

El beneficiario o tenedor: Es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré.

Además de estas 2 personas podrá intervenir también el avalista y endosatarios

10.3 SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARE Y LA LETRA DE CAMBIO

LETRA DE CAMBIO PAGARE

Es una orden incondicional de pago (art. 76)

La letra es una orden de pago, que implica una acción de regreso para el girador, creador de la letra Es una promesa incondicional de pago hecha por escrito. (art. 170)

el pagaré es una promesa de pago

Es un documento legal que se lleva a cabo entre comerciantes. Es un documento legal entre comerciantes y una entidad bancaria o compañía de financiamiento.

la letra es una orden de pago, que implica una acción de regreso para el girador, creador de la letra El pagaré es una promesa de pago, que implica obligación directa para el suscriptor del título.

No pueden estipularse intereses en la letra de cambio. En el pagaré se pueden estipular intereses,

Personas : girador, girado y beneficiario

Personas: librador y beneficiario

El librado en el pagaré se equipara al aceptante de una letra de cambio porque es un obligado directo en la promesa de pago.

Se hace mención que es letra de cambio Se hace mención que es pagare

La letra de cambio puede ser girada:

I.- A la vista;

II.- A cierto tiempo vista;

III.- A cierto tiempo fecha; y

IV.- A día fijo. (Art. 79 LGTOC) Si el pagaré no menciona la fecha de su vencimiento, se considerará pagadero a la vista; si no indica el lugar de su pago, se tendrá como tal el del domicilio del que lo suscribe.

(171 LGTOC)

10.4 IMPORTANCIA CONTEMPORANEA DEL PAGARE

El valor de intercambio desde siempre ha sido producto de sin numero de debates, junto con un gran numero de encuentros.

Hablar

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.2 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com