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CONCLUSION SOBRE DERECHO PROBATORIO


Enviado por   •  14 de Marzo de 2021  •  Documentos de Investigación  •  925 Palabras (4 Páginas)  •  655 Visitas

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República Bolivariana De Venezuela

Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Universitaria

Universidad Nacional Experimental De Los Llanos Occidentales

“Ezequiel Zamora”

Acarigua- Edo- Portuguesa

Subproyecto:                                                                              Alumna:

Derecho Probatorio                                                              Weldimar Orozco

Prof: Abg. Sonia Isea                                                          CI: 21.057.124

3er Año Sección: “A”

CONCLUSION SOBRE DERECHO PROBATORIO

Al analizar estos puntos de la unidad número 1 del subproyecto Derecho Probatorio nos enfocamos primeramente en el significado de la palabra “Prueba”  haciendo alusión a una certificación de algo en particular para esclarecer la verdad, puede ser un hecho o la característica de algo material, un ejemplo de esto es verificar como está constituido algún material o la constatación de que algo está relacionado a un hecho (tiempo, característica física, conexión con el hecho, entre otros).

En cuanto al derecho material o sustantivo, es aquel que llamamos derecho de fondo, es decir, que su función es disponer la finalidad de la ley, regulando directamente el contenido de deberes y facultades, dicho en pocas palabras, son las distintas leyes reguladoras del derecho.

Por su parte el Derecho Probatorio es la rama del derecho que se encarga de la búsqueda y valoración de las pruebas a lo largo del proceso, en este caso el derecho probatorio regula la actividad probatoria en cuanto a su realización, su ingreso o admisión, las diligencias, su praxis o pericia y la apreciación de estas a lo largo del proceso, y entendemos que el derecho probatorio se aprecia de dos puntos específicos como lo es su parte general que es la que se ocupa de cuestiones generales como la noción de la prueba, objeto de la prueba, la carga de la prueba, el procedimiento probatorio y la valoración probatoria; por otro lado, la parte especial del Derecho Probatorio se encarga de los distintos medios probatorios los cuales se encuentran enmarcado en las diferentes leyes que rigen el derecho probatorio encontrándose en este punto con: la declaración de las partes, los dictámenes periciales, inspecciones judiciales, documentos, indicios entre otros.

En cuanto a la naturaleza procesal y sustancial del derecho probatorio entendemos que este depende netamente del derecho procesal es decir el derecho adjetivo, ya que durante los diversos procesos la actividad probatoria tiene funciones específicas, por ejemplo, en la fase de investigación el ministerio público se encarga de recolectar, recabar e indagar en la búsqueda de posibles pruebas para la imputación penal. Y en otra de las fases “la intermedia” es donde se realiza una audiencia pública en donde se evacuan dichas pruebas, es decir, donde el juez revisa su legalidad, si son pertinentes, si son suficientes y si son de utilidad para esclarecer los hechos. En otras palabras, el derecho probatorio regula la actividad procesal al estar ligado al esclarecimiento de los hechos y de donde se apoyan las partes así como el que imparte justicia (juez).

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