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CONCLUSIONES DEL CONTRATO LEY


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2013  •  1.266 Palabras (6 Páginas)  •  2.721 Visitas

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CONTRATO LEY

Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse un trabajo en una rama determinada de la industria y declarado obligatorio en una o varias entidades federativas en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas entidades, o en todo el territorio nacional. Los contratos colectivos pueden celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.

EJEMPLO DE CONTRATO LEY DE LAS TRABAJADORAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL EN EL ESTADO DE DURANGO.

DEL CONTRATO COLECTIVO

CLAUSULA 1a.- Este Contrato es el único que regirá las relaciones entre patrones y sindicatos de trabajadores, sin distinción alguna, de la Industria Textil, en los términos del preámbulo anterior, y por lo tanto es y será aplicable en cualquier fábrica o taller en donde sean ejecutadas labores de esta rama de la Industria, así se trate de trabajo de maquila o realizado por sociedades cooperativas de producción, regidas por la Ley respectiva y a quienes en virtud de situaciones de hecho y de derecho resulten patrones finales y obliga a las Empresas y Sindicatos de Trabajadores que lo suscriben, miembros de dichas Agrupaciones, así como a los patrones y obreros a quienes de acuerdo con su texto les resulte aplicable.

Los patrones reconocen como administrador de este Contrato-Ley al sindicato que controle la mayoría de los trabajadores en aquellas fábricas donde exista más de un Sindicato; asimismo, declaran que reconocen como administrador del Contrato al Sindicato que dentro de una fábrica o taller haya agremiado a sus trabajadores, antes o después de la firma de este Contrato, aun cuando se encuentren en minoría frente a la mayoría de obreros libres. Por lo tanto, en ambos casos se obligan a tratar por conducto de sus representantes legales, todos los conflictos de carácter individual o colectivo, derivado de la prestación de servicios y con motivo de la aplicación o del cumplimiento de este Contrato-Ley.

CLAUSULA 2a.- Es domicilio legal para el cumplimiento y demás efectos de este Contrato, el lugar en que se encuentran ubicadas las fábricas respectivas.

CLAUSULA 3a.- Los Sindicatos y los patrones convienen en que corresponde la aplicación, ejecución y responsabilidad inherentes a este Contrato, a los Patrones, a los Sindicatos y a los Trabajadores y para los efectos de la aplicación, interpretación, cumplimiento y en general para normar el contrato ley.

CONTRATO COLECTIVO

Ejemplo de contrato colectivo de trabajo:

Contrato colectivo de trabajo, celebrado entre el sindicato de “trabajadores harineros” y la empresa “GALLETAS MUNDO FELIZ S.A de C.V”. La empresa “GALLETAS MUNDO FELIZ S.A de C.V” estará representada por el Ing. Fernando Gonzales Flores, identificado con acta notarial número 587,456, celebrada ante el notario 568 del Distrito Federal, con domicilio oficial en la carretera México Pachuca kilómetro 8956; y Como representante del sindicato de “trabajadores harineros” el Sr. Eusebio Gómez Méndez electo en la asamblea sindical del día 23 de marzo de 2012. Con domicilio ubicado en calle Valle de bravo número 512 colonia Estado de México Ecatepec de Morelos Estado de México. Las partes se comprometen a seguir y aceptan lo estipulado en las siguientes clausulas:

CLAUSULAS: Primera.- El Ing. Fernando Gonzales Flores, acredita ser el apoderado general de “GALLETAS MUNDO FELIZ S.A de C.V” con el acta notarial número 587,456 celebrada ante el notario 568 el Lic. Gustavo Zepeda Elizalde; declara que representa a una empresa mexicana dedicada al ramo alimenticio, y se especializa en la fabricación de “Galletas”.

Segunda.- El sindicato de “Trabajadores harineros” está representado por el Sr. Eusebio Gómez Méndez, quien fue electo de conformidad con el estatuto sindical y fue ratificado por la junta de conciliación y arbitraje con el registro 1089.

Tercera.- Las partes reconocen su personalidad en forma mutua, así como su capacidad para celebrar el presente contrato. Acatando lo que se establece en el titulo cuarto de la ley federal

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