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Contrato Ley


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  1.369 Palabras (6 Páginas)  •  244 Visitas

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Primeramente cabe explicar lo que es un contrato ley. Contrato-ley es un contrato colectivo de trabajo obligatorio en una determinada rama industrial, ya sea federal o local. En México existen únicamente en las ramas hulera, azucarera, radio y televisión y textil. Dentro de la rama textil encontramos cuatro contratos ley distintos que son Seda, Pasamanería, Lana y Géneros de Punto. La Ley Federal del Trabajo define al contrato ley como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional. La intención de los contratos ley es que existan condiciones de igualdad para toda la industria situación que hoy ha perdido su razón de ser.

Para crear un contrato ley debe de solicitarse su celebración ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o al Gobernador del Estado o Jefe de Gobierno, dependiendo del carácter federal o local, por los sindicatos titulares de los contratos colectivos que acrediten representar las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias Entidades Federativas, en una o más zonas económicas, que abarque una o más de dichas Entidades o en todo el territorio nacional. El mas joven de los contratos ley en la industria textil tiene cerca de sesenta años de edad.

En cada empresa, la administración del contrato-ley corresponderá al sindicato que represente dentro de ella el mayor número de trabajadores. La pérdida de la mayoría declarada por la Junta de Conciliación y Arbitraje produce la de la administración.

Los contratos-ley serán revisables cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria y cada dos años en su clausulado. La edad avanzada de los contratos ley y por ende la jugosa cantidad de prestaciones conquistadas a través de este mecanismo, ha sugerido que ya no se aumente el clausulado de los contratos ley desde hace mas de diez años, prefiriendo los involucrados revisar únicamente el salario. Aún así el contrato ley se ha convertido en impagable para muchas empresas que han tenido que cerrar sus puertas por incosteabilidad notoria.

El contrato-ley podría terminar por mutuo consentimiento de las partes que representen las dos terceras partes de la industria o si al concluir el procedimiento de revisión, los sindicatos de trabajadores y los patrones no llegan a un convenio, salvo que aquéllos ejerciten el derecho de huelga. Los sindicatos por lógica, mas nostálgica que practica no quieren terminar con el contrato ley y quizás por las mismas razones algunos patrones se han resistido al mismo sino.

El problema de los contratos ley y en especial los textiles, radica en que por causas naturales ya no se pueden seguir añadiendo prestaciones e incrementando salarios a la clase trabajadora, y no por falta de méritos de los obreros sino por razones externas que hacen imposible seguir compitiendo con el entorno. El contrabando asiático, la excesiva carga fiscal, los costos de los insumos y la falta de créditos blandos para la renovación de maquinaria nos han puesto en la cuerda floja.

Los patrones han preferido cerrar sus fábricas que seguir perdiendo. Otros han decidido dejar de cumplir con el contrato ley, apoyados por líderes obreros concientes de la grave situación de la industria. Otros inmunes por artilugios legales han cambiado su objeto social al algodón, contrato ley ya desaparecido y que ha permitido la contratación colectiva con prestaciones muy cercanas a las señaladas por la ley. De los quince mil trabajadores y trescientas empresas que participaban en los albores del Contrato ley de géneros de punto, hoy participan cinco mil de no más de treinta empresas. Cada año hay menos trabajadores y menos empresas. ¿Renovarse o morir? Darle muerte paulatina y aguda a los contratos ley o crear nuevos que permitan la conservación de los empleos.

Los sindicatos de trabajadores o los patrones pueden solicitar de las Juntas de Conciliación y Arbitraje la modificación de las condiciones

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