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Contrato Ley


Enviado por   •  20 de Marzo de 2013  •  1.684 Palabras (7 Páginas)  •  400 Visitas

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Es el contrato colectivo, de carácter obligatorio cuya finalidad se dirige a la imposición de condiciones de trabajo uniforme en una determinada rama de la industria, con objeto de extenderla a la totalidad de los trabajadores y a las empresas dedicadas a la misma actividad o explotación productiva mediante la convocatoria que al efecto haga el poder público para su celebración.

Su propósito jurídico ha diferencia del contrato colectivo de trabajo ordinario, fundamentalmente en la intervención del Estado, ya que al poder público es a quien más interesa el aseguramiento de mejores condiciones de trabajo para la generalidad de los obreros, así también que en la elaboración del contrato ley, se requiere que concurran las dos terceras partes de los patronos y trabajadores sindicalizados y que éstos y aquéllos pertenezcan a cierta rama industrial que exista en determinada región.

La ley federal del trabajo establece como contrato ley en su artículo 404 lo siguiente:

“CAPITULO IV

“Contrato-Ley

“Artículo 404. Contrato-ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o

varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.”

2. ¿Cómo se crea el contrato ley?

El contra ley para poder integrarse necesita sean cumplidos dos tipos de requisitos el de fondo y de forma.

Requisitos de fondo:

a) La existencia de un contrato colectivo ordinario que fija las relaciones entre los trabajadores y empresas donde se pretenda imponer el contrato-ley;

b) La solicitud para su celebración, hecha por las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una determinada rama de la industria, y

c) La afiliación de la mayoría de los trabajadores de dicha rama industrial, en los padrones de los sindicatos solicitantes.

Requisitos de forma:

a) La presentación de la solicitud sindical ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuando las empresas se encuentren ubicadas en dos o más entidades federativas o cuando se trate de industrias de jurisdicción federal;

b) la presentación de la mencionada solicitud ante el gobernador de un estado, cuando se trate de industrias de jurisdicción local;

c) La verificación por parte de cualquiera de estas autoridades,

previa a la iniciación del procedimiento de vigencia respectivo, del requisito de mayoría; deberá establecerse al mismo tiempo la circunstancia de si es oportuna y benéfica para la industria la celebración del contrato-ley;

d) La publicación de la solicitud en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Gaceta Oficial de las entidades federativas involucradas, convocando a los sindicatos y a los patronos de la rama industrial correspondiente, para asistir a una reunión en la cual se ponga a discusión el contrato-ley, señalándose el lugar donde habrá de celebrarse la convención respectiva, fecha y hora de inicio de la reunión inaugural;

e) La convención será presidida por el secretario del Trabajo, el Gobernador del Estado, según el caso, pero podrán presidirla los representantes que sean designados;

f) Cualquier sindicato o patrono de la rama industrial convocada podrá oponerse a la solicitud, siempre que su oposición se encuentre debidamente fundada, a efecto de ser discutida en la convención, y

g) De no existir oposición o declararse infundada ésta, una vez aprobadas las cláusulas del contrato-ley, se decretará su obligatoriedad, publicándose el decreto correspondiente en el DOF (artículos 405 al 414 de la Ley Federal del Trabajo).

3. ¿Cuál es el contenido del contrato ley?

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 412, expresa de forma clara su contenido.

“Artículo 412. E

l contrato-ley contendrá:

“I. Los nombres y domicilios de los sindicatos de trabajadores y de los patrones que concurrieron a la convención;”

“II. La Entidad o Entidades Federativas, la zona o zonas que abarque o la expresión de regir en todo el territorio nacional;”

“III. Su duración, que no podrá exceder de dos años;”

(REFORMADA, D.O.F. 28 DE ABRIL DE 1978)

“IV. Las condiciones de trabajo señaladas en el artículo 391, fracciones IV, V, VI y IX;”

“(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], D.O.F. 28 DE ABRIL DE 1978)”

“V. Las reglas conforme a las cuales se formularán los planes y programas para la implantación de la capacitación y el adiestramiento en la rama de la industria de que se trate; y,”

“VI. Las demás estipulaciones que convengan las partes.”

También pueden incluirse todas aquellas estipulaciones que se estimen necesarias por las partes para su mejor administración, pero son de naturaleza obligatoria y deben quedar fijadas las referentes a las jornadas de trabajo, a los días de descanso, a las vacaciones y al monto de los salarios, así como las relativas a la capacitación y adiestramiento (esta última no incluida en la ley de 1931). Por ello, resulta esencial el tabulador salarial, pues no debe olvidarse que el interés básico de estos contratos, desde su origen, ha sido la nivelación de salarios en las distintas profesiones, of

icios o especialidades de cada

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