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CONTRATOS CONVENIOS FOMMUR DOF DEFINT


Enviado por   •  26 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  43.693 Palabras (175 Páginas)  •  157 Visitas

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ANEXO 5. MODELOS DE CONTRATOS Y CONVENIOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE LOS APOYOS CONTEMPLADOS EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN, PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO CANALIZADO A TRAVÉS DEL FIDEICOMISO DEL FONDO DE MICROFINANCIAMIENTO A MUJERES RURALES  PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010.

  * EL SIGUIENTE MODELO DE CONTRATO SERÁ EMPLEADO PARA FORMALIZAR EL APOYO PREVISTO EN EL PARÁGRAFO 9, NUMERAL 9.1, INCISO A), DEL ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO CANALIZADO A TRAVÉS DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO, EL CUAL JUNTO CON LOS ANEXOS DEL PRESENTE, PODRÁN SER ADECUADOS A LAS NECESIDADES PARTICULARES DEL APOYO Y DE CADA INSTITUCIÓN, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON GARANTÍA PRENDARIA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “ACREDITANTE”, REPRESENTADA POR SU SECRETARIO TÉCNICO, EL <<nombre del Secretario Técnico>>, POR OTRA PARTE, <<nombre de la Institución de Microfinanciamiento o Intermediario>>, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “ACREDITADA”, REPRESENTADA POR <<nombre del representante legal>>, Y POR UNA ÚLTIMA PARTE, <<nombre de la persona que vaya a ser depositaria>>, POR SU PROPIO DERECHO, PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN LA CLÁUSULA SÉPTIMA DE ESTE INSTRUMENTO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

A N T E C E D E N T E S

  1. Con fecha 10 de junio de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente Único de la Administración Pública Federal Centralizada, constituyó en Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de fiduciaria, el Fideicomiso del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, “FOMMUR”, para la administración de los recursos financieros del PROGRAMA. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de Fiduciaria, le asignó en sus registros el No. 11701.

  1.   El Contrato Constitutivo  fue  modificado  de  forma integral, mediante Convenio Modificatorio de fecha 29 de septiembre del 2003.
  1.   La Unidad de Política y Control Presupuestal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio No. 307-A-2-2781 del 15 de noviembre de 1999, otorgó la clave de registro presupuestal No. 1999084000915, al FOMMUR, según lo dispone el Título Sexto del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
  1.  El “FOMMUR”, tiene los siguientes objetivos:
  1. Facilitar el acceso a los servicios financieros y no financieros que otorgan las INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO, los INTERMEDIARIOS y las ORGANIZACIONES   a la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural para el apoyo de sus actividades productivas y  para mejorar sus condiciones de vida.
  1. Promover el conocimiento de los servicios financieros  y no financieros entre la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural para el apoyo de sus actividades productivas y mejorar sus condiciones de vida.
  1. Desarrollar habilidades y capacidades en la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural, para el manejo de su patrimonio y de su negocio.
  1. Proporcionar servicios financieros y no financieros a las INSTITUCIONES DE MICROFINANCIAMIENTO,  INTERMEDIARIOS y a las ORGANIZACIONES, para fomentar y apoyar las actividades productivas de la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural y mejorar sus condiciones de vida.
  1. Incidir en el ordenamiento y la actuación del Sector de Microfinanzas, para mejorar las condiciones y características de los servicios financieros y no financieros que se otorgan a la población de mujeres de bajos ingresos en el medio rural.
  1. Promover la cobertura y profundización de los servicios de Microfinanzas con especial énfasis en las zonas de atención prioritarias y en grupos excluidos, como lo son las mujeres del medio rural,  del desarrollo económico y social.
  1. Que las Reglas de Operación del “FOMMUR”, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado <<fecha de publicación>>,  mismas que se tienen aquí por  reproducidas como si a la letra  se insertaran.
  1.  Que su Programa Operativo Financiero materia del contrato fue aprobado en la <<anotar número de sesión>> del H. Comité Técnico del FOMMUR de fecha <<anotar fecha de de la sesión>>,  mediante acuerdo número <<número del acuerdo>>.

DECLARACIONES

  1. Declara el Acreditante que:

  1.    En cumplimiento a los fines del FOMMUR y en términos del acuerdo <<número del acuerdo>>  adoptado por <<su Comité o Secretario Técnico>>del FOMMUR, el <<anotar fecha de de la sesión>>, comparece a la celebración de este contrato.
  1. <<nombre del Secretario técnico>> del FOMMUR, se encuentra facultada para la suscripción del presente contrato, según consta en el testimonio de la escritura pública <<número de escritura pública>> de fecha <<fecha del instrumento notarial>>,  otorgada ante la fe del Lic.  <<nombre del Notario Público >> <<número de la Notaria>>,  en la Ciudad de México, Distrito Federal, la  cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, <>, de <<fecha de inscripción>> poderes que a la celebración del presente contrato no han sido revocados.
  1. Que cuenta con suficiencia presupuestal para  cumplir con las obligaciones derivadas del presente contrato.
  1. Que su domicilio se encuentra en Periférico Sur, No. 3,025, Piso 11, Col. San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10,400, México, Distrito Federal.

II.        Declara la Acreditada que:

  1. Es una <<plasmar el tipo de figura legal en que esta constituida la Institución de Microfinanciamiento>>,  constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente Contrato, y tiene la capacidad técnica, operativa y viabilidad financiera para canalizar los recursos del crédito objeto del presente Contrato según consta en el testimonio de la escritura pública número <<número de escritura pública>> de fecha <<fecha del instrumento notarial>>,  otorgada ante la fe del Lic.  <<nombre del Notario Público >> <<número de la Notaria>>,  en la Ciudad de México, Distrito Federal, la  cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, <>, de <<fecha de inscripción de la constitución>>.

  1. Conoce plenamente las Reglas de Operación, del <<fecha de publicación>>. Las Reglas de Operación no se anexan al presente Contrato, pero se tienen por reproducidas en éste como si se insertaren a la letra.
  1. <<nombre del representante legal>>, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Contrato, según consta en la escritura pública número <<número de escritura pública>> de fecha <<fecha del instrumento notarial>>, otorgada ante la fe del Lic. <<nombre del Notario Público>>, Notario Público número <<número de la Notaria>> del <<indicar la sede donde fue expedida la patente>>, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de <<lugar donde se registra la escritura>>, bajo el folio <<número de folio>>. Facultades que bajo protesta de decir verdad no han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.  
  1. Ha promovido el uso de los apoyos del FOMMUR ante los grupos solidarios de mujeres  que son susceptibles de recibir créditos con los recursos provenientes de tales apoyos y cuenta con la capacidad técnica, operativa y viabilidad financiera necesarias para la correcta implementación de dichos créditos y posterior administración de la cartera crediticia que se componga con los mismos.
  1. No existe procedimiento judicial o administrativo alguno en su contra que pueda afectar la legalidad, validez o exigibilidad de sus obligaciones derivadas del presente Contrato y del o los Pagarés que suscriba conforme a la cláusula décima primera del presente instrumento.
  1. No es parte de contrato o convenio alguno que le impida celebrar el presente instrumento u obligarse en los términos del mismo o que establezca como causa de vencimiento anticipado o rescisión la celebración de este Contrato o la obtención del crédito objeto del mismo.
  1. Este Contrato y el o los Pagarés previstos en la cláusula décima primera del presente instrumento, una vez suscritos por su representante, constituirán obligaciones válidas y exigibles conforme a las estipulaciones contenidas en los mismos.
  1. Estar al corriente en sus obligaciones fiscales.
  1. Declara el << nombre de la persona que vaya a ser depositaria >>, por su propio derecho, que:
  1. Es una persona física de nacionalidad mexicano, en pleno goce y uso de sus derechos, para asumir las obligaciones que a su cargo se establecen         en el presente contrato.
  1. Se ostenta como <<cargo o  puesto del depositario dentro de la Institución de Microfinanciamiento>>,  dentro de la Institución.  
  1. Este Contrato, una vez suscrito por derecho propio, constituirá obligaciones válidas y exigibles a su cargo, conforme a las estipulaciones establecidas en la cláusula séptima del mismo.
  1. Declaran las partes que:

ÚNICA.- Previamente a la celebración de este contrato, han obtenido todas y cada una de las autorizaciones para suscribir el presente instrumento, asimismo, las partes reconocen como suyas, en lo que les corresponde, todos y cada uno de los antecedentes y declaraciones anteriores, por lo que están de acuerdo en obligarse de conformidad con las siguientes:

         

C  L  Á  U  S  U  L  A  S

PRIMERA.                        DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.

...

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