Caso Marbury
luniayro14 de Diciembre de 2012
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CASO MARBURY VS. MADISON
El fallo dictado por la Corte suprema de los Estados Unidos de América, con respecto a este caso, constituye para varias doctrinas la primera inconstitucionalidad por el Poder Judicial que se recuerda en la historia del constitucionalismo.
John Marshall, siendo Presidente de la Suprema Corte fue capaz de reivindicar el poder de la rama del gobierno más débil y menos respetada: El Poder Judicial. El presidente de los Estados Unidos, John Adams fue quien le otorgó el nombramiento como Presidente de la Suprema Corte y el 27 de enero de 1801 el Senado ratificó el nombramiento. John Marshall tomaría posesión de su cargo el 4 de febrero del mismo año. Es importante precisar que antes de atender únicamente el cargo de Presidente de la Corte, John Marshall desempeño durante un mes el cargo de Presidente de la Corte y de Secretario de Estado simultáneamente. Hasta que el poder presidencial alcanzó a Thomas Jefferson, y este designo a James Madison como el nuevo Secretario de Estado, en sustitución de John Marshall. El 3 de marzo de 1801, el juez Marshall no entrego oportunamente los nombramientos de cuatro jueces de paz, (entre ellos William Marbury) de los 42 jueces que el Presidente del país John Adams había designado. Este hecho cuya responsabilidad directa e injustificable fue del Juez John Marshall, es la causa inicial de la demanda judicial interpuesta por William Marbury en contra de James Madison. Cabe mencionar que el juez Marshall, al todavía desempeñar funciones de Secretario de Estado, fue él mismo quien selló y firmó el nombramiento de Williams Marbury el 3 de marzo, un día antes de que John Adams entregara el poder presidencial a Thomas Jefferson. Y era Marshall quien tuvo que haber entregado todos los nombramientos a los llamados jueces de “media noche”. Era una realidad que las posiciones políticas que estaban en juego, obligaron al juez Marshall a tomar la decisión menos esperada en su tiempo, emitiendo un fallo que supero las expectativas del propio Marshall, pues sus efectos dieron lugar nada menos que al nacimiento de la revisión judicial.
Es oportuno señalar que el pronunciamiento de la sentencia, marco por décadas no solamente al modelo americano de control de constitucionalidad de las leyes, sino también a los desarrollos constitucionales de otros países, México entre ellos. Dejando claro que a partir de los postulados de la sentencia es que cualquier juez que se enfrente a una norma inconstitucional debe inaplicarla, estableciéndose de esta manera el control difuso de la constitucionalidad.
Existieron motivos muy fuertes, para pensar que si la Corte fallaba a favor de William Marbury, tenía inevitablemente que haber expedido la orden de “mandamus” que Marbury pedía en contra del Secretario de Estado James Madison, y que con toda seguridad éste se negaría a entregar las comisiones a los demandantes, y ni Marshall ni la Corte tendrían manera de hacer cumplir la orden. Por lo contrario, si el Tribunal se pronunciaba contra William Marbury se arriesgaba a debilitar aún más al Poder Judicial y someterlo bajo las órdenes de los seguidores del Presidente Thomas Jefferson, al permitirles negar a William Marbury el cargo que podía reclamar legalmente, por ser un derecho adquirido. El Presidente del Tribunal Supremo John Marshall resolvió este dilema al decidir que la Suprema Corte no estaba facultada para dirimir este caso. Marshall dictaminó que una ley elaborada por el Congreso 14 años antes (ley de organización judicial de 1789 – sección 13), en la cual se le otorgaba poder a la Suprema Corte para emitir Mandamus a los funcionarios judiciales, era nula, por ser contraria a la Constitución. Y en consecuencia, al no intervenir en el caso, la Suprema Corte refrendo el respeto por la Supremacía Constitucional y aseguro su posición como árbitro final de la ley. La estructura lógica del razonamiento
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