Comparacion Codigo De Velez Con Nuevo Codigo Civil
Enviado por Virgi7186 • 18 de Mayo de 2015 • 8.792 Palabras (36 Páginas) • 525 Visitas
MODIFICACIONES
RELEVANTES DEL CÓDIGO
CIVIL Y COMERCIAL
DE LA NACIÓN
CUADRO EXPLICATIVO
•
El presente cuadro se dispone a modo orientativo y releva las principales modificaciones
de la reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial
de la Nación.
DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA TÉCNICA Y LEGISLATIVA
3
Temas Normativa vigente
hasta el 31/12/2015
Código Civil y Comercial
que regirá a partir del 01/01/2016
TÍTULOS
PRELIMINARES
• Sólo se regula lo vinculado a
las leyes y al modo de contar
los intervalos (arts. 1° a 29
CC). Se prevé el principio de
buena fe en el ámbito contractual
(art. 1198 del CC).
• Se regula el abuso del derecho
(art. 1071 del CC) y el abuso
de la posición dominante
(art. 1° de la ley 25.156 de Defensa
de la Competencia).
• Los derechos de incidencia
colectiva emanan principalmente
de los arts. 41 y 43 de
la Constitución Nacional.
• El cuerpo humano solamente
tiene significado en cuanto
es soporte de la noción de
persona. Respecto a los actos
de disposición sobre el propio
cuerpo humano, encontramos
las previsiones de las
leyes 22.990 (ley de Sangre) y
24.193 (ley de Trasplante de
órganos y materiales anatómicos).
• Los derechos de las comunidades
indígenas se encuentran
receptados en la ley
23.302 (ley de Protección de
las Comunidades Aborígenes),
en el artículo 75 inciso
17 de la Constitución Nacional
y en diversos tratados
internacionales, en especial
los Convenios de la OIT 107
y 169.
• Introduce las reglas para el ejercicio de los derechos
donde se contemplan las fuentes y aplicación,
los criterios de interpretación y el deber de
resolver del juez (arts. 1°, 2° y 3°).
• Los derechos deben ser ejercidos según las exigencias
de la buena fe (art. 9°).
• Se regula el abuso del derecho (art. 10).
• Las disposiciones sobre el principio de buena fe
y el ejercicio abusivo de los derechos se aplican
a los casos de abuso de una posición dominante
en el mercado, sin perjuicio de las disposiciones
específicas contempladas en las leyes especiales
(art. 11).
• Se introduce la figura del fraude a la ley: El acto
respecto del cual se invoque el amparo de un
texto legal, que persiga un resultado sustancialmente
análogo al prohibido por una norma imperativa,
se considera otorgado en fraude a la ley
(art. 12).
• Se reconocen, además de los derechos individuales,
los derechos de incidencia colectiva. La ley
no ampara el ejercicio abusivo de los derechos
individuales cuando puedan afectar al ambiente
y los derechos de incidencia colectiva en general
(art. 14).
• Los derechos sobre el cuerpo humano o sus
partes no tienen un valor comercial, sino afectivo,
terapéutico, científico, humanitario o social,
y sólo pueden ser disponibles por su titular
siempre que se respete alguno de esos valores
y según lo dispongan las leyes especiales
(art. 17).1
• Derechos de las comunidades indígenas. Las
comunidades indígenas reconocidas tienen
derecho a la posesión y propiedad comunitaria
de las tierras que tradicionalmente ocupan
y de aquellas otras aptas y suficientes para
el desarrollo humano según lo establezca la
ley, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional
(art. 18).
Norma Transitoria Primera: “Los derechos de los
pueblos indígenas, en particular la propiedad comunitaria
de las tierras que tradicionalmente ocupan
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