Componentes Del Sistema Interamericano De Derechos Humanos
2014646959604 de Diciembre de 2013
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. SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS. COLOMBIA COMO CASO DE ESTUDIOCristian Arrieta · Sibelys Barrios Linda Caro · Angie Escalante Kevin PadillaSemillero de Investigación · Programa de Derechos Humanos ULFacultad de Derecho y Ciencias SocialesUniversidad Libre · Barranquilla, Colombia2011
2. 1. SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
3. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos, está cimentado en la integración americana que permitió la adopción de tres instrumentos internacionales fundamentales: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A continuación, se hace un breve análisis sobre cada uno de estos aspectos.1.1 ANTECEDENTES
4. La construcción colectiva de una integración ha sido desde tiempo inmemorables un anhelo del continente americano. Emulando la idea de un gran continente unido, de los primeros en abordar este tema fue Simón Bolívar, libertador de América, quien desde la Carta de Jamaica de 1815, y con mayor fuerza en el Congreso Anfictiónico de Panamá de 1826, intento crear una asociación de estados del hemisferio sur. 1.1.1 INTEGRACIÓN AMÉRICANA
5. Años después, tendría lugar el nacimiento de la Unión de Repúblicas Americanas y la Oficina Comercial de las Repúblicas Americanas, en el marco de la Primera Conferencia Internacional de Estados Americanos, que tuvo lugar en 1890 en Washington, D.C., como parte de un esfuerzo estadounidense por mejorar el comercio con Suramérica.
6. La Oficina comercial, se convirtió desde 1902 en la Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas, por decisión de la 2ª Conferencia Interamericana. Esta Agencia, en el marco de la 4ª Conferencia Interamericana de 1910, celebrada en Buenos Aires, pasaría a ser oficialmente la Unión Panamericana. La Unión Americana pasaría a ser, años después, la Organización de Estados Americanos.
7. En el marco de la 9ª Conferencia Internacional Americana, que tuvo lugar en Bogotá, el 30 de abril de 1948, los representantes de los estados asistentes, adoptan una declaración intitulada Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, que reposa en el acervo histórico como el primer acuerdo internacional sobre derechos humanos, antecediendo incluso a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 1.1.2 DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE
8. Es este, de igual modo, el primer documento en el que los estados establecen la necesidad de crear un sistema supranacional que se encargue de velar por la protección y promoción de estos derechos en todo el continente.
9. La Declaración, contiene igualmente un preámbulo en el que se expone la importancia jurídica y política de reconocer y promover los derechos humanos que le asisten a los ciudadanos; y, reconoce a los seres humanos los siguientes derechos y deberes:
10. Tabla 1. Derechos reconocidos por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
13. Fuente: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
14. Tabla 2. Deberes establecidos por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
15. Fuente: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
16. Los 21 estados asistentes a la 4ª Conferencia Internacional Americana, suscribieron también el 30 de abril de 1948, la Carta de la OEA, oficialmente Carta de la Organización de los Estados Americanos, que dio vida a la Organización de los Estados Americanos. Esta carta entró en vigencia el 13 de diciembre de 1951 y, desde entonces, ha recibido cuatro reformas: el 27 de febrero de 1967, por parte del Protocolo de Buenos Aires; el 5 de diciembre de 1985, por parte del Protocolo de Cartagena de Indias; el 14 de diciembre de 1992, por parte del Protocolo de Washington y el 10 de junio de 1993, por parte del Protocolo de Managua. Hasta el día de hoy, ha sido ratificada por 35 estados.1.1.3 CARTA DE LA OEA
17. La OEA, nació en el marco de los esfuerzos conjuntos de los estados americanos para lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia.
18. En el artículo 106 de su Capítulo 15, la Carta prevé el nacimiento de “una Comisión Interamericana de Derechos Humanos que tendrá, como función principal, la de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y de servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia” e impone la obligación de celebrar una convención posterior que determine la estructura, competencia y procedimiento de dicha Comisión, así como los de los otros órganos encargados de esa materia.
19. Posteriormente, en su artículo 145, la misma Carta prevé que “mientras no entre en vigor la convención interamericana sobre derechos humanos a que se refiere el capítulo XV, la actual Comisión Interamericana de Derechos Humanos [dependiente de la otrora Unión de las Repúblicas Americanas] velará por la observancia de tales derechos”.
20. En el marco de la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, celebrada en San José de Costa Rica, que culmino el 22 de noviembre de 1969, se adoptó la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocida como Pacto de San José de Costa Rica o CADH). Esta convención entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Del mismo, este Pacto permitió la materialización del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, al estructurar sus dos órganos principales: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.1.1.4 CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
21. Este Pacto, estableció como artículos y principios fundamentales, para los estados, la adopción de medidas en su ordenamiento interno que salvaguardaran los derechos humanos de su población y la obligación de respetar los derechos y libertades reconocidos en ella. La Convención ha sido posteriormente complementada con dos protocolos: el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamado Protocolo de San Salvador), de 1988, que consagró derechos económicos, sociales y políticos más amplios y, el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, de 1990.
22. Tabla 3. Derechos reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos
25. Fuente: Organización de los Estados Americanos.
26. Con relación a los derechos que se reconocieron en la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, merece la pena resaltar que se ampliaron las garantías de las que gozan las personas por su condición de seres humanos; que se estableció el principio de la suspensión de garantías cuando los países se encuentren en estado de sitio –porque se ha turbado el orden público− y se establecieron normas de interpretación de los derechos, de la siguiente manera:
27. “Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el sentido de:a) permitir a alguno de los Estados Partes, grupo o persona, suprimir el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en mayor medida que la prevista en ella;b) limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados;c) excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se derivan de la forma democrática representativa de gobierno, yd) excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza”.
28. Tabla 4. Deberes establecidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos
30. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es, en resumen, como resultado de estos instrumentos internacionales, una ficción legal creada por la Organización de los Estados Americanos, en la que concurren dos organismos autónomos e independientes cuya función es la de proteger y promover los derechos humanos en el marco de los estados miembros.
31. 2. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
32. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es una de las dos entidades que componen el Sistema Interamericano de Protección y Promoción de los Derechos Humanos. Esta domiciliada en Washington, D.C. Es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), nacida en el marco de la Carta de la OEA y estructurada por la CADH, y que actúa en representación de todos los países miembros de la OEA.
33. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General. La CIDH se reúne en Períodos Ordinarios y Extraordinarios de sesiones varias veces por año. Su Secretaría Ejecutiva cumple las instrucciones de la Comisión en pleno y sirve de apoyo para la preparación legal y administrativa de sus tareas.
34. La Comisión, se define a sí misma, en su Estatuto, como un “órgano de la Organización de los Estados Americanos creado para promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia”.
35. A partir de 1961, la CIDH comenzó a realizar visitas in loco para observar la situación general de los derechos humanos en un país, o para investigar una situación particular. Desde entonces ha realizado 69 visitas a 23 países miembros. Con respecto a sus observaciones de tipo general
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