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Concepto de derecho y características de las normas

Caleabundez31 de Agosto de 2013

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1.3 Concepto de Derecho y características de las normas

CONCEPTO DE DERECHO:

Conjunto de normas eficaces para regular la conducta delos hombres en sociedad. La dimensión del Derecho El Derecho está sometido a diversas influencias y es permeable a la cambiante realidad social. Dentro del Derecho encontramos dos tipos de normas: las que tienen sanción y las que no tienen. El Derecho se presenta en una sociedad como la interacción de tres dimensiones: la norma(una regla exterior que regula la conducta humana), el hecho social (situación en un contexto social) y el valor jurídico (el sentido, finalidad y justificación de una norma).

CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS JURÍDICAS

BASICAMENTE SON CUATRO LAS CARACTERISTICAS QUE DEBEN DE TENER LAS NORMAS JURÍDICAS A SABER:

1.- HETERONOMÍA: significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad; esta característica se opone a la Autonomía que significa que la norma es creada de acuerdo a la propia conciencia de la persona, es auto legislación (darse sus propias leyes).

2.- BILATERALIDAD: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone derechos, también concede derechos a uno o varios sujetos. León petrazizky, dice que las normas jurídicas son imperativo - atributivas, siendo esta, otra manera de designar el carácter bilateral del derecho, pues lo imperativo signifícale ordenamiento jurídico, que impone obligaciones, y lo atributivo que estatuye derechos y obligaciones, esta característica se opone a la Unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento.

• Facultad: posibilidad normativa que corresponde a un sujeto llamado pretensor Para exigir una cierta forma de conducta, a un sujeto obligado y de acuerdo con los términos de una cierta norma.

3.- EXTERIORIDAD: La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se pone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo d acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.

4.- COERCIBILIDAD: Esta característica consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza física una sanción si la persona se niega a acatarla; a esta se le opone la Incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo las jurídicas coercibilidad.

1.4 Derecho positivo, Derecho vigente y Derecho natural

DERECHO POSITIVO

El Derecho positivo es el conjunto de leyes escritas en ámbito territorial, que abarca toda la creación jurídica del Legislador, tanto del pasado como la vigente, recogida en forma de Ley.

El concepto de Derecho positivo está basado en el positivismo legal, que es una corriente de pensamiento jurídico que considera al Derecho como una creación del ser humano. El hombre crea el Derecho, las leyes (siendo estas la voluntad del soberano) crean Derecho. Al contrario del Derecho natural, en el cual el Derecho estaba en el mundo, y el ser humano se limitaba meramente a descubrirlo y aplicarlo.

Derecho positivo sería aquel que emana de las personas, de la sociedad, y que debe obedecer a los anteriores para ser justo y legítimo.

Derecho positivo son aquellas leyes y normas impuestas por el ser humano

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