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Conceptos Fundamentales De Las Obligaciones


Enviado por   •  3 de Febrero de 2015  •  2.941 Palabras (12 Páginas)  •  222 Visitas

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Introducción

A través de este trabajo pretenderé esclarecer la diversas aserciones que existen sobre el derecho como un concepto jurídico doctrinario, tocaré vertientes objetivas y subjetivas de esta definición y analizaré la diferencia entre éstas, al mismo tiempo que repasaré el contenido específico tanto de los derechos reales y los derechos personales.

Para finalizar dedicaré un apartado al estudio de los tipos de obligaciones, en concreto las obligaciones simples y las compuestas y acabaré con un análisis de los tipos de responsabilidades como obligaciones teniendo como centro la responsabilidad civil y sus características.

Derecho Objetivo y Subjetivo

Dentro del concepto jurídico de Derecho, pueden concebirse dos diferentes definiciones o vertientes que vale la pena precisar; la primera, la arista objetiva del derecho y la segunda, su contraposición, la parte subjetiva. Si el derecho se contempla como un ordenamiento social cuyo destino es regular la actividad humana, podemos asumir de manera inmediata que el derecho está conformado por un grupo de normas de conducta, es decir, reglas impuestas al actuar cotidiano de los hombres y a través de las cuales estos deben someterse. Si de manera contraria se observa al derecho desde el fuero interno de cada individuo, nos hallamos con la posesión de derechos que son oponibles a terceros, de esta manera cada miembro de la sociedad regulada por el derecho tiene la facultad de poder obrar y dirigirse en determinados sentidos dentro de su esfera de acción legal.

En el primer caso expuesto previamente, se percibe al derecho de manera objetiva, conjunto de normas (leyes, costumbres, resoluciones judiciales, preceptos doctrinarios, entre otros), mientras que en el segundo caso planteado se contempla al derecho desde su cara subjetiva, la cual engloba todas las facultades que poseen las personas para actuar dentro del margen de la legalidad.

El Derecho Objetivo se lograría definir como aquella conjunción de normas positivas que rigen a una sociedad activa, así como lo hacen también las reglas morales y códigos de etiqueta social, y en razón a esta gran variedad de limitaciones a la conducta social, a las normas jurídicas (derecho objetivo) se les ha dotado de coacción legal, a través de la cual su inobservancia e incumplimiento está sancionado por la ley. Debido a estas penas o sanciones es como el derecho objetivo o las normas jurídicas alcanzan la mayor importancia social en cuento a códigos de conducta, quedando por encima de cualquier regla moral, cuyo objetivo únicamente es la armonización social a través del respeto a la ley que impone el Estado mediante su poder judicial sobre la convivencia de los hombres.

Es así como podemos ver que para Icilio Vanni, la percepción del derecho objetivo sigue un análisis similar al comentado: "El derecho, en sentido objetivo, es el conjunto de las normas generales impuestas a la acción humana en sus relaciones externas y apoyadas por la autoridad del Estado, para garantizar la realización de los fines del individuo y de la comunidad".

Para Ihering, “El derecho es la garantía de las condiciones de vida de la sociedad en la forma de coacción”.

Para Kelsen "El derecho es, en esencia, un orden para promover la paz, tiene por objeto que un grupo de individuos pueda convivir en tal forma que los conflictos que se susciten entre ellos puedan solucionarse de una manera pacífica, esto es, sin recurrir a la fuerza y de conformidad con un orden de validez general. Este orden es el Derecho".

También por el otro lado, en buena medida, el derecho otorga facultades a los sujetos, la palabra derecho es la utilizada no solo para la designación de normas sino que también dicha para dotar de facultad o prerrogativa. En este sentido, se habla de derecho subjetivo. En cambio, el punto de vista subjetivo en el derecho tiene siempre un carácter individual, pues la norma coloca en manos de una persona una facultad de obrar frente a otras. Esta facultad puede contemplarse: ya sea como una libertad (es lícito todo acto que no sea prohibido o penado por el derecho); o como un poder jurídico (el cual encierra la posibilidad de realizar los actos jurídicos para los cuales tenga capacidad cada persona); y por ultimo como una pretensión (o sea el derecho de exigir de otros el cumplimiento de un deber impuesto por las normas). El primer aspecto es unilateral por ser oponible a terceros; el segundo crea una relación entre dos o más sujetos que se encuentren conglomerados precisamente a raíz del acto jurídico; y el tercero consiste en la facultad de hacer efectiva la consecuencia de esa relación, exigiendo de otros la conducta a la cual se han obligado o que una norma les impone.

El Derecho Subjetivo puede definirse, por lo tanto, como el conjunto de facultades que una persona tiene para obrar lícitamente, a fin de conseguir un bien asegurado por una norma jurídica natural o positiva. Este sentido del derecho trata siempre de una facultad, es decir, de una prerrogativa otorgada o reconocida a las personas, que éstas tienen en potencia, y cuya utilización queda librada a su voluntad discrecional.

Esta facultad lleva implícita la posibilidad de ejercerla, pero no debe confundirse con el acto mismo de llevarla a la práctica. Tal prerrogativa es inherente a la naturaleza misma del hombre. El derecho no puede ni pretende imponer una determinada conducta, se limita a señalar la que estima conveniente y a castigar la que considera nociva, y ello se explica, pues el hombre es un ser

dotado de voluntad y de razón, cuyos actos conscientes derivan del empleo de su libre albedrío, que el derecho no podría nunca

suprimir.

Interesa remarcar que estas nociones de derecho objetivo y derechos subjetivos no son antagónicas sino por el contrario se corresponden y exigen recíprocamente. En efecto, el derecho objetivo consiste en un ordenamiento social justo. Pero por eso mismo, es decir, en cuanto justo, ha de reconocer a las personas humanas la posibilidad de obrar en vista de sus propios fines. De aquí se sigue que el derecho objetivo existe para el derecho subjetivo, y a su vez ésta arista subjetiva encuentra en aquella objetividad la fuente inmediata de su existencia.

Derecho Real y Personal

Estos conceptos van completamente vinculados al patrimonio, cuando hablamos del patrimonio mencionamos

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