Contabilidad De Costos
Enviado por mizabel • 9 de Julio de 2011 • 4.317 Palabras (18 Páginas) • 1.077 Visitas
CONTABILIDAD DE COSTOS
CTS
A) TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMENTE
1. TRABAJADORES QUE PERCIBAN REMUNERACION FIJA Y PERMANENTE
Caso practico
TRABAJADOR QUE PERCIBE REMUNERACIÓN FIJA Y PERMANENTE.
a. Datos
- Fecha de Ingreso: 20.10.2004
- Tiempo Computable: 6 Meses
(Del 01.11.2008 al 30.04.2009)
- Remuneración Mensual de abril 2009:
- Básico: S/. 2,000.00
- Movilidad como condición de trabajo: 200.00
- Asignación Familiar : 55.00
Total : S/. 2,255.00
- Gratificación de Diciembre: S/. 2,000.00
B. Remuneración Computable
- Básico: S/. 2000.00
- Asignación Familiar: 55.00
- 1/6 de la Gratificación: 333.33
Total S/. 2,388.33
C. Calculo del monto a depositar
|Remuneración |Nº de meses |Nº de meses |Total a
|Computable |Del año |a depositar |Depositar
|S/. 2,388.33 / |12 x |6 = |S/.1,194.17
2. TRABAJADORES CON REMUNERACION VARIABLE E IMPRECISA
Remuneración variable imprecisa principal
El presente supuesto es el caso de los comisionistas, destajeros y en general de trabajadores que perciban remuneración principal imprecisa, donde la remuneración computable se establece en base al promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º del TUO del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR.
Si el período a liquidarse fuere inferior a seis (6) meses, la remuneración computable se establecerá en base al promedio diario de lo percibido durante dicho período.
Finalmente, para los trabajadores de remuneración imprecisa, se calculará en base al promedio de la remuneración percibida en los últimos seis meses anteriores al 15 de julio y 15 de diciembre, según corresponda.
Remuneración variable imprecisa complementaria
Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable o imprecisa de carácter complementario, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, durante tres (3) meses dentro del semestre correspondiente Un ejemplo bastante conocido de este tipo de remuneraciones es la hora extra.
Para su incorporación a la gratificación se suman los montos percibidos y el resultado se divide entre seis (6).
CASO PRÁCTICO:
A.- DATOS
Fecha de ingreso 13.05.2000
Tiempo computable: 6 meses
Periodo a depositar: 6 meses del 01.11.2007 al 30.04.2008
Remuneración mensual de abril 2008
Básico 1550
Movilidad 450
Comisión del mes 650
Total s/ 2650
b) INFORMACIÓN ADICIONAL
Comisiones percibidas en el último semestre
Noviembre 2007: 860
Diciembre 2007: 650
Enero 2008: 680
Febrero 2008: 760
Marzo 2008: 730
Abril 2008: 875
Total 4555
Promedio de comisiones:
s/ 4555/6= s/759.20
Gratificaciones de diciembre: 2550
Horas extras
Noviembre 2007: 50.50
Diciembre 2007: 76
Enero 2008: 59
Febrero 2008: ---
Marzo 2008: ---
Abril 2008: 90
Total 275.50
Promedio de las horas extras
S/275.50/6= s/ 45.92
C. REMUNERACIÓN COMPUTABLE
Básico 1550
Movilidad 450
Promedio de comisiones 759.20
1/6 de gratificación
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