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Contabilidad De Costos

mizabel9 de Julio de 2011

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CONTABILIDAD DE COSTOS

CTS

A) TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMENTE

1. TRABAJADORES QUE PERCIBAN REMUNERACION FIJA Y PERMANENTE

Caso practico

TRABAJADOR QUE PERCIBE REMUNERACIÓN FIJA Y PERMANENTE.

a. Datos

- Fecha de Ingreso: 20.10.2004

- Tiempo Computable: 6 Meses

(Del 01.11.2008 al 30.04.2009)

- Remuneración Mensual de abril 2009:

- Básico: S/. 2,000.00

- Movilidad como condición de trabajo: 200.00

- Asignación Familiar : 55.00

Total : S/. 2,255.00

- Gratificación de Diciembre: S/. 2,000.00

B. Remuneración Computable

- Básico: S/. 2000.00

- Asignación Familiar: 55.00

- 1/6 de la Gratificación: 333.33

Total S/. 2,388.33

C. Calculo del monto a depositar

|Remuneración |Nº de meses |Nº de meses |Total a

|Computable |Del año |a depositar |Depositar

|S/. 2,388.33 / |12 x |6 = |S/.1,194.17

2. TRABAJADORES CON REMUNERACION VARIABLE E IMPRECISA

Remuneración variable imprecisa principal

El presente supuesto es el caso de los comisionistas, destajeros y en general de trabajadores que perciban remuneración principal imprecisa, donde la remuneración computable se establece en base al promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º del TUO del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR.

Si el período a liquidarse fuere inferior a seis (6) meses, la remuneración computable se establecerá en base al promedio diario de lo percibido durante dicho período.

Finalmente, para los trabajadores de remuneración imprecisa, se calculará en base al promedio de la remuneración percibida en los últimos seis meses anteriores al 15 de julio y 15 de diciembre, según corresponda.

Remuneración variable imprecisa complementaria

Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable o imprecisa de carácter complementario, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, durante tres (3) meses dentro del semestre correspondiente Un ejemplo bastante conocido de este tipo de remuneraciones es la hora extra.

Para su incorporación a la gratificación se suman los montos percibidos y el resultado se divide entre seis (6).

CASO PRÁCTICO:

A.- DATOS

 Fecha de ingreso 13.05.2000

 Tiempo computable: 6 meses

 Periodo a depositar: 6 meses del 01.11.2007 al 30.04.2008

 Remuneración mensual de abril 2008

Básico 1550

Movilidad 450

Comisión del mes 650

Total s/ 2650

b) INFORMACIÓN ADICIONAL

 Comisiones percibidas en el último semestre

Noviembre 2007: 860

Diciembre 2007: 650

Enero 2008: 680

Febrero 2008: 760

Marzo 2008: 730

Abril 2008: 875

Total 4555

Promedio de comisiones:

s/ 4555/6= s/759.20

 Gratificaciones de diciembre: 2550

 Horas extras

Noviembre 2007: 50.50

Diciembre 2007: 76

Enero 2008: 59

Febrero 2008: ---

Marzo 2008: ---

Abril 2008: 90

Total 275.50

Promedio de las horas extras

S/275.50/6= s/ 45.92

C. REMUNERACIÓN COMPUTABLE

 Básico 1550

 Movilidad 450

 Promedio de comisiones 759.20

 1/6 de gratificación 425

 Promedio de horas extras 45.92

Total s/3230.12

D. IMPORTE A DEPOSITAR

remuneración computable n° d meses del año n° d meses a depositar total a depositar

s/3230 / 12 x 6 = 1615.1

3. TRABAJADOR DESTAJO

El contrato de trabajo a destajo, es aquel contrato en el que la remuneración se pacta con base a la cantidad de unidades, obras o labores que el trabajador realice en una jornada determinada.

El contrato de trabajo a destajo, se conoce también como contrato de trabajo de obra o por labor.

En el contrato de trabajo por destajo, se pacta pagar un determinado valor por cada unidad producida, lo que se supone, mejora la productividad del trabajador, y a la vez, la empresa racionaliza los gastos laborales, por cuanto sólo paga por lo que el trabajador haga efectivamente.

Esto hace que en principio, el tiempo que el trabajador invierta en producir una unidad no sea importante, por cuanto no se le pagará en función del tiempo invertido, sino en la cantidad de las unidades elaboradas, y resulta obvio que si el trabajador en un día no hace nada, pues no ganará nada, y si hace mucho, pues ganará mucho, aliciente suficiente para que mejore su productividad, al menos en teoría.

El valor pagado por cada unidad, obra o labor, debe ser razonable y debe contemplar el esfuerzo estándar requerido para su realización. No se trata de utilizar esta figura para pagar menos de lo que es justo por ese mismo trabajo.

Por ejemplo, si lo estándar es que en un día un trabajador puede fabricar 10 camisas, con base a ello se debe pactar la remuneración; luego si el trabajador fabrica 8 o 12 camisas en un día, se le pagará lo correspondiente. Lo que no se debe hacer, es que siendo el estándar de producción de 10 unidades por día, se le pague como si el estándar fuera de 15, puesto que implicaría pagar menos por unidad de lo que el estándar establece.

Caso práctico:

a. Datos

 Fecha de ingreso :09.07.2005

 Periodo a depositar: 6 meses del 01.11.2007 al 30.04.2008

 Remuneración mensual de destajo de los últimos 6 meses

Noviembre 2007: 1100

Diciembre 2007: 800

Enero 2008: 750

Febrero 2008: 530

Marzo 2008: 735

Abril 2008: 990

Total 4925

Promedio de remuneraciones

S/4925/6= s/820.83

Gratificación de navidad: s/780

b. Calculo de la remuneración computable

 Promedio de remuneraciones a destajo: 820.83

 1/6 de gratificación de dic 2007: 130

Total s/950.83

c. Calculo de la cts del semestre

remuneración computable n° d meses del año n° d meses a depositar total a depositar

s/950.83 / 12 x 6 = s/475.41

4. TRABAJADOR QUE PERCIBE DIVERSAS BONIFICACIONES

Caso práctico:

a. Datos

 fecha de ingreso: 16.09.2000

 tiempo computable: 6 meses del 01.11.2007 al 30.04.2008

 remuneración mensual de abril de 2008

Básico 1250

Bonificación productiva 600

Asignación familiar: 55

Total 1905

b. información adicional

 gratificación de dic. 2007: s/1905

 Bonificación por cierre de balance: s/1350

c. Remuneración computable

 Básico 1250

 Asignación familiar 55

 Bonificación por productividad 600

 1/6 de gratificación de dic. 317.50

 ½ de la bonificación por cierre 112.50

Total s/ 2335

d. Calculo del monto a depositar

remuneración computable n° d meses del año n° d meses a depositar total a depositar

s/2335 / 12 x 6 = 1167.5

5. TRABAJADORES REMUNERACIONES SEMANALMENTE

Caso práctico:

a. Datos

 fecha de ingreso: 18.01.98

 tiempo computable: 6 meses

 jornal diario:s/ 42.50

jornal diario n° de días remuneración mensual

s/42.50

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