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Contrato de arrendameinto


Enviado por   •  12 de Agosto de 2019  •  Prácticas o problemas  •  1.344 Palabras (6 Páginas)  •  117 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRA POR UNA PARTE LA SRA. SILVIA CABALLERO DOMÍNGUEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA “EL ARRENDADOR”, Y POR OTRA PARTE LA SEÑORA MARTHA PATRICIA PÉREZ TREVIÑO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDATARIO” QUIENES SE COMPROMETEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S:

  1. Declara “El Arrendador”

a). - Ser de nacionalidad mexicana, de 65 (SESENTA Y CINCO) años de edad, estado civil viuda, con domicilio ubicado andador 50 (CINCUENTA) oriente, manzana 9 (NUEVE), casa 11 (ONCE) del fraccionamiento San José el Edén, de este Municipio de Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas.

                             b). - Ser su voluntad dar en arrendamiento el local comercial con domicilio ubicado sobre la 19 (DIECINUEVE) avenida sur manzana 9 (NUEVE) casa 11 (ONCE) local “B” del fraccionamiento San José el Edén, de este Municipio de Tapachula de Córdova y Ordoñez, Chiapas.

  1. Declara “El Arrendatario”

a). - Ser de nacionalidad mexicana, de 46 (CUARENTA Y SEIS ) años de edad, estado civil casada, para los efectos legales a que haya lugar con domicilio ubicado en andador 65 (SESENTA Y CINCO) sur, manzana 12 (DOCE), lote 18 (DIECIOCHO) del fraccionamiento San José el Edén, de este Municipio de Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas.

 b). - Ser su voluntad el local comercial con domicilio ubicado sobre la 19 (DIECINUEVE) avenida sur manzana 9 (NUEVE) casa 11 (ONCE) local “B” del fraccionamiento San José el Edén, de este Municipio de Tapachula de Córdova y Ordóñez, Chiapas.

  1. Declaran las partes:

Es su voluntad celebrar el presente contrato, por el cual “El Arrendador” da en arrendamiento y “El Arrendatario” recibe en dicho concepto el bien inmueble descrito en el inciso b) de la declaración I del presente contrato.

  C L A U S U L A S:

Primera. Objeto. - “El arrendador” da en arrendamiento a “el Arrendatario” y esta recibe en tal carácter el bien inmueble, cuya ubicación exacta, se describe en el inciso b) de la declaración I de este documento contractual, quien manifiesta que el mismo reúne todas las condiciones tanto técnico eléctricas, de higiene, salubridad, seguridad correspondiente, declarando el arrendatario, que se da por recibido del bien descrito a su entera satisfacción, y que se encuentra en las condiciones arriba indicadas, comprometiéndose a devolverla sin más deterioro que el originado por el uso normal a que será destinada, obligándose a efectuar las reparaciones de aquellos deterioros causados por el o las personas que hagan uso del local arrendado.

Segunda. Vigencia. - Las partes contratantes señalan como plazo o término del arrendamiento de 6 (SEIS) meses que se contaran a partir del día miercoles 25 (VEINTICINCO) de mayo del 2016 (DOS MIL DIECISEIS) hasta el día de su terminación que será el día viernes 25 (VEINTICINCO) de noviembre del año 2016 (DOS MIL DIECISEIS); en caso de desocupar el inmueble antes del vencimiento de este contrato, se dará aviso a El arrendador con 15 (QUINCE) días de anticipación para que quede sin efecto el presente contrato. En caso de que el arrendatario quisiera renovar contrato para efectos de extender el uso del bien inmueble objeto de este contrato, este se sujetara para su celebración en los términos y condiciones que se pacten en un nuevo contrato.

Tercera. Costos. - “El arrendatario” pagara a “El Arrendador”, una renta mensual de $1500.00 M.N. (Mil Quinientos Pesos 00/100 Moneda Nacional) por adelantado y en efectivo, mes que comenzara a correr desde la fecha de celebración del presente contrato. Proporcionándole un periodo de gracia de dos días más para su exhibición después de vencida la fecha de pago, no más.

Cuarta. Garantía.-“El Arrendatario” entrega al “Arrendador” la cantidad de $1,500.00 M.N. (Mil Quinientos Pesos 00/100, Moneda Nacional) por concepto de depósito en garantía, mismo que serán devueltos al termino del presente contrato, siempre y cuando las garantía no sea aplicada a realizar reparaciones del local arrendado y en caso de existir excedente de esta garantía el resto le será devuelto mientras demuestre que no existe adeudo alguno por concepto de pago de los servicios de luz, teléfono u otro servicio diverso contratado y del cual este obligado a cumplir con su pago, comprometiéndose además a pagar por estos servicios en el supuesto de adeudo del día que desee entregar el local causa de este arrendamiento con anticipación o por causa de su vencimiento.

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