Contratos abstractos en el derecho civil venezolano
master12Trabajo4 de Febrero de 2014
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La causa
Es uno de los elementos esenciales a la existencia de todo contrato, porque necesitamos de un objeto, necesitamos de una causa y necesitamos del consentimiento de ambas partes contratantes, para que pueda perfeccionarse cualquier contrato, indistintamente de la naturaleza del mismo.
La causa viene a ser la razón o el fin jurídico que persiguen y motiva a las partes a prestar su consentimiento (libre, consiente y deliberado sin ningún tipo de vicio) para contratar en un momento determinado.
La causa de todo contrato ¿por qué se debe?
Para determinar si existe dentro de una figura contractual una causa, debemos preguntar ¿por qué debemos? ¿Por qué las partes contratantes deben?, es decir; a prestado su consentimiento en un momento determinado.
Causa Lícita: forma parte de los elementos esenciales del contrato. Es la razón o fin que se persigue al contratar de acuerdo a lo contenido en el Art.1157 Código Civil. “Toda obligación sin causa, o fundada en una causa falsa o ilícita no tiene ningún efecto”(p.264); es decir, en nula la obligación y de acuerdo al Art.1158 Código Civil. La causa se presume que existe y el contrato es válido aún cuando no se exprese
Ausencia de la causa:
Quiere decir que no existe la causa, es decir, que el elemento existencial denominado causa no se encuentra presente dentro de la figura contractual, por lo tanto se considera que se encuentra ausente.
La ausencia de la causa se puede observar desde tres puntos de vista:
Código civil de Venezuela articulo 1.157. - la obligación sin causa, o fundada en una causa falsa o ilícita, no tiene ningún efecto (regla general).
La causa es ilícita cuando es contraria a la ley, a las buenas costumbres o al orden público.
Quien haya pagado una obligación contraria a las buenas costumbres, no puede ejercer la acción en repetición sino cuando de su parte no haya habido violación de aquéllas
La causa al ser un elemento esencial a la existencia de un contrato, necesariamente tiene que estar presente en la figura contractual, pero puede darse el caso en el cual la causa como elemento existencial jamás esté presente dentro del contrato. Cuando se presenta este supuesto, al momento de perfeccionar el contrato se produce como efecto jurídico la nulidad absoluta del mismo, porque el elemento causa está ausente dentro de la figura contractual, es decir; nunca ha existido.
Causa falsa, ilícita e inmoral
La causa falsa es el motivo o fin jurídico perseguido de las partes o una de las partes, de manera conjunta, en la cual creen y en realidad no existe. A la causa falsa también se le llama causa putativa porque la persona del sujeto de derecho piensa que la causa está presente y realmente la causa del contrato no existe.
Una causa ilícita es una causa que es contraria a la ley, es contraria al ordenamiento jurídico positivo, es contraria a las buenas costumbres y al orden público.
Es una causa ilícita porque se viola la ley, se viola el ordenamiento jurídico positivo, se violan las buenas costumbres, y el orden público como tal. Si hay una transgresión de cualquiera de estos tres efectos que produce la norma jurídica, estaremos en presencia de una causa ilícita; porque la razón por la cual las partes dieron su consentimiento es contraria a la ley o transgrede el orden público o transgrede las buenas costumbres.
Causa inmoral.
Cuando los principios que están regidos directamente por la moral atacan a una parte del contrato, en este caso la causa, estaremos en presencia de una causa de tipo inmoral. no es porque se afecte la ley, no es porque se afecte el orden público, sino porque se afecta directa y únicamente a
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