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Curso De Derecho Notarial


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  29.747 Palabras (119 Páginas)  •  241 Visitas

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Curso De Derecho Comparado (Esquematico)2002

DERECHO COMPARADO

SISTEMAS JURIDICOS CONTEMPORANEOS

GUÍA DE ESTUDIOS

• 1.- ASPECTOS GENERALES. -

I.- CONCEPTOS:

a) Comparar: Confrontar dos realidades y su resultado es descubrir coincidencias, similitudes y diferencias, así como las causas de unas y otras.

b) DERECHO COMPARADO: Rama General del Derecho que tiene por objeto el examen sistematizado del Derecho Positivo vigente en los diversos países, ya con carácter general o en alguna de sus Instituciones para establecer coincidencias, analogías y diferencias, descubriendo en lo posible las causas y orígenes de éstas.

II.- ORIGEN DEL TERMINO "DERECHO COMPARADO".-

a) FRANCIA (1832): Se estableció como Asignatura en la Facultad de Derecho.

b) FRANCIA (1900): Se llevó a cabo el primer Congreso Mundial de Derecho comparado, teniendo como objetivo fundamental encontrar los mecanismos para unificar el derecho en el Mundo.

III.- PRESUPUESTO DE EXISTENCIA DEL DERECHO COMPARADO: Diversidad de ordenamientos y sistemas Jurídicos vigentes en el mundo y la interrelación cultural y jurídica de los pueblos.

IV.- OBJETIVOS:

a) Cognoscitivos: Estudio, análisis, comprensión tanto de los diversos sistemas jurídicos, como de sus características y formas de expresión y de alcance.

b) Normativos: Comparación y aprovechamiento de los distintos órdenes Jurídicos existentes, buscando la adaptación de éstos a las realidades vigentes en un lugar y tiempo determinado.

V.- MECANISMO DE ESTUDIO:

a) Identificación y comprensión del SISTEMA (conjunto ordenado de normas y procedimientos con que funciona o se hace funcionar una cosa) JURIDICO.- El Sistema Jurídico es el conjunto de normas e Instituciones que integran un Derecho positivo y le son comunes a una colectividad determinada. (Generalmente aunque no siempre, coincide un Sistema Jurídico con un Estado) Elementos generales del sistema Jurídico: 1) Un cuerpo legislativo 2) Un orden constitucional; 3) Una legislación adecuada al orden constitucional.

b) Agrupación de Sistemas en FAMILIAS.- (Conjunto de sistemas Jurídicos que tienen rasgos en común, atendiendo a sus antecedentes, a sus fuentes, a sus conceptos y principios jurídicos y a su metodología legal y procesal.

c) Clasificación de las Familias.- 1.- Neorromanista (Derivada del Derecho Romano Justinianeo, combinada con el Derecho Germánico y Canónico). 2.- Familia del Common Law ( con orígenes en el Derecho Anglosajón con influencia Danesa o Vikinga. 3.- Familia Socialista (originada en 1917, con la llegada al poder de los bolcheviques con la doctrina del Materialismo Dialéctico. 4.- Sistemas Mixtos y 5.- Sistemas Religiosos (de orígenes diversos pero que tienen en común la unicidad del derecho estatal - secular - y el dogma religioso)

2.- FAMILIA NEORROMANISTA.

DERECHO ROMANO

1.- ETAPAS DEL DERECHO ROMANO.

ASPECTOS HISTORICOS.

a) Fundación: Según la leyenda, por Rómulo y Remo (753 a.C.). “Eran hijos de Marte y Rea Silvia, un tío de ésta, los arrojó al Tiber en un cesta para que se ahogaran, fueron amamantados por una Loba en el monte Palatino y luego criados por una familia de Pastores. Al crecer restituyeron a su abuelo como Rey, y en el monte Palatino fundaron a Roma. Rómulo en compañía de sus seguidores raptaron a mujeres del Pueblo Sabino, y éstos buscaron vengarse, se reconciliaron cuando encontraron a las Sabinas, cargando niños recién nacidos”.

a) Derecho Arcaico.- (Primer rey: Rómulo). 753 a.C. a 510 a.C.

Estructura jurídico-política:

• Ejecutivo: Un Rey, asistido y limitado por el Senado, mayores de 60 años. (funciones consultivas) senex (anciano).

Elección.- El rey designa sucesor dentro de su propia familia o la aristocracia romana, con opinión de los senadores. Los Sacerdotes hacían la ceremonia de “inauguratio”.

• Legislativo: Comitia Curiatia: Asambleas de Patricios reunidos para aprobar las propuestas del Rey. (“uti rogas”: que sea así como tu pides, o “antiguo”: apegados a la antigua costumbre). Los Plebeyos (no necesariamente pobres), no tenían ningún tipo de derecho.

Judicial: El Rey y el Senado.

Características de su Derecho: Formal, solemne, oral, nacionalista, privativo de la familia o gen. (prohibición de matrimonio entre Patricios y Plebeyos).

• Fuente del Derecho: La costumbre: “mores maiorum”.

b) Derecho preclásico.-

Estructura Jurídico – política: República: del S. V a.C. al I a.C. (510 – 27 a.C.).

• PODER EJECUTIVO.- Primero un Dictador, designado por EL SENADO por un lapso de UN AÑO; posteriormente se sustituyó por DOS CONSULES, (con “imperium” a condición de estar de acuerdo entre ellos, - uno de ellos nombrado por los Plebeyos -(en caso de desacuerdo uno de ellos interponía una “intercesión”; eran electos por el Senado, y después por los comicios por curias. (El Senado se integraba con los ancianos mayores de 60 años de más prestigio y experiencia – elegidos o destituídos por los “censores”, a su vez electos por periodos de CINCO AÑOS por las comitia centuriata y después también por los concilia plebis.

• PODER LEGISLATIVO: El Senado (senatusconsulta), los comicios, los Magistrados (ediles, cuestores y censores) y cónsules – mediante edictos – Y LOS TRIBUNOS, a partir de 449 a.C. (Electos por la PLEBE o PLEBEYOS con derecho de Veto e Inmunidad Personal.

Tipos de asamblea: a) Comitia curiata (pertenencia a gens); b) Comitia Centuriata (criterio económico); c) Comitia tributa, (criterio: domicilio).

• PODER JUDICIAL: En un principio por los “Cónsules” y después por los Pretores, con intervención del Senado. (Encargados de Interpretar y aplicar la

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