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DERECHO DE FAMILIA – UNIDAD I – NOCIONES GENERALES – TEMAS I, II Y III


Enviado por   •  17 de Enero de 2017  •  Apuntes  •  1.419 Palabras (6 Páginas)  •  340 Visitas

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DERECHO DE FAMILIA – UNIDAD I – NOCIONES GENERALES – TEMAS I, II Y III

Elementos Sociales de la familia: a) La universalidad existe desde tiempos remotos, b) la base afectiva solo en la familia se dan las expresiones máximas de amor, comprensión, cariño y respeto, c) la influencia formativa se trata de la aportación de valores morales y éticos a los miembros familiares a través del ejemplo, d) la importancia social es la aportación de seres útiles y sanos a la sociedad, e) es una comunidad natural ya que somos gregarios, procreamos a los hijos y los criamos, d) y mediante la regulación jurídica se ayuda al control familiar en la sociedad

1.- Derecho de familia: Definición: Es la rama del derecho que regula las relaciones entre los miembros de la familia. Conjunto de principios y disposiciones legales que tiene por objeto regular los estados familiares (matrimonio y parentesco) y las relaciones jurídicas, personales o patrimoniales que se derivan de ellas.

2.- La familia no tiene personalidad jurídica, ya que las responsabilidades son individuales.

3.- La Familia: Definición amplia: Es el conjunto de personas unidas por el vínculo del matrimonio, parentesco o adopción. Estricto: Es el grupo restringido formado por padre, madre e hijos sometidos a su potestad.

4.- Elementos para formar la familia: Estos elementos son dos, sin uno de ellos no hay familia:

A) Elemento Biológico: Este elemento viene dado por la procreación de los hijos o las relaciones intersexuales de los padres. A+B= I, II, III existe de manera concubinaria sin efectuarse el matrimonio.

B) Elementos Jurídicos: Estos elementos vienen dados por las concordancias y las discordancias puras e impuras. Al producirse el matrimonio. Se generan las obligaciones. Se produce el parentesco por consanguinidad.

B1) Concordancias Puras: Descendencia directa. Matrimonio y Reconocimiento.

B2) Concordancias Impuras: Relación de hecho que se transforma en matrimonio luego de un tiempo, se genera de manera sobrevenida.

B3) Discordancias Puras: Los hijos reconocidos. De otro matrimonio ya no se crea el parentesco consanguinidad sino de manera jurídica.

B4) Discordancias Impuras: Los hijos adoptados. Se produce al adoptar al individuo.

5.- Caracteres del Derecho de familia:

A) Tiene un contenido ético. Ya que está regida por valores morales y jurídicos.

B) Tiene transpersonalismo. Primero se regula la familia y luego la sociedad.

C) Primacía de las relaciones personales sobre los patrimoniales. El patrimonio no es importante para el derecho de familia. Es la familia su principal importancia para formar seres útiles a la sociedad.

D) Limitación de la autonomía de la voluntad. Las potestades son primero en el derecho de familia.

6.- Donde está ubicado el Derecho de Familia en nuestro ordenamiento jurídico: Lo ubicamos en el derecho público como Derechos Civiles en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los Arts. 56 (padres Biológicos), 75 (protección a la familia), 77 (protección al matrimonio y uniones estables de hecho), 78 (derechos de los menores), 82 (derecho a la vivienda), 91 (salario digno). En el Código Civil Vigente en el Arts. 37 y 38 (del parentesco), del Art. 41 al 65 (del matrimonio), del divorcio, de la adopción, en la LOPNA y la Ley de Protección a la familia.

7.- La fuente primordial del derecho de familia es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El Estado es el que garantiza la familia y esta depende de él. Y toda relación que de ella se derivan.

8.- El parentesco: C.C. Art. 37, puede ser por consanguinidad o por afinidad. Por consanguinidad los unidos por la sangre. Art. 38, determina los grados en forma de línea. Ya sea ascendente o descendente de igual manera para los colaterales. Art. 39, determina el computo de los grados de parentesco. Art. 40, establece el parentesco por afinidad. En línea y grados, esta no se acaba por la disolución del matrimonio aun cuando no existan hijos.

9.- Efectos del parentesco: La afinidad no es buena, ya que limita en algunos casos que establece la ley. Más no sanciona de forma penal, en todo caso de manera pecuniaria. La afinidad tiene limitaciones morales en el caso del suegro que desee casarse con la nuera. Está prohibido el matrimonio entre cuñados. Los curas no pueden casarse. Los padres no pueden casarse con los hijos ni reconocer sus descendientes producto de relaciones incestuosas.

10.- Estados de la familia: el estado conyugal, el parentesco, la filiación, por adopción como acto de voluntad jurídica en el que una persona desea que otro individuo integre su grupo familiar, con plenas facultades y beneficios.

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