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DERECHO SUCESORIO


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2022  •  Ensayos  •  1.399 Palabras (6 Páginas)  •  177 Visitas

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ENSAYO:

DERECHO SUCESORIO

Cinthya Paloma Lira Flores

Viernes 30 de septiembre de 2022

Universidad Autónoma Del Noreste

Licenciatura en Derecho

Sucesiones

        

Introducción

El derecho sucesorio nace desde el Derecho Romano, el cual se podía otorgar entre vivos o bien, una vez finada la persona se pasaban sus bienes, derechos y obligaciones.

Ahora bien, todas las personas físicas cuentas con un patrimonio, el cual podrá ser transmitido a otra persona después de su muerte, tomando en consideración su última voluntad plasmada en un testamento o bien, por disposición de la ley, de acuerdo con lo que se encuentre establecido en la ley.

Como anteriormente se mencionó, todas las personas cuentan con un patrimonio, de igual manera por regla general todas las personas tienen la capacidad para testar y heredar, salvo aquellas personas que el propio Código Civil vigente en el Estado de Coahuila señalan que no cuentan con dicha capacidad.

El presente ensayo tiene como finalidad adquirir conocimiento, conocer y analizar sobre el derecho sucesorio, así como la diferencia entre la herencia y la sucesión, quienes tienen capacidad para testar y quienes tienen capacidad para heredar.

Derecho Sucesorio

Todas las personas físicas cuentan con derechos, obligaciones y bienes, los cuales podrán ser transmitidos a otros después de su fallecimiento. En atención a esto, en las sucesiones intervienen el testador o de cujus, el heredero o los herederos y el legatario o los legatarios, cuya función es: el testador o el de cujus son los dueños de los bienes, derechos y obligaciones que se van a ceder al momento de su muerte, es decir, a los herederos o legatarios.

Ahora bien, en cuanto a la definición de la herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que no se extinguieron después de su muerte, mientras que la sucesión es aquel medio por el cual una persona subroga el lugar de otra, en cuanto a sus derechos, obligaciones y bienes.

Cabe mencionar que el testador podrá disponer ya sea de manera total o parcial de sus bienes; sin embargo, el heredero, aunque adquiere el título universal tendrá que responder de las cargas hasta donde alcance el valor de los bienes. Por otra parte, el legatario solo adquirirá a título particular, en cambio, este solo tendrá las cargas que expresamente le haya impuesto el testador, excepto cuando el total de la herencia se haya distribuido en legados, los legatarios responderán y serán considerados como herederos.

Así mismo, es importante mencionar sobre el principio de conmoriencia el cual consiste en que, si el testador y los herederos o legatarios murieran en el mismo accidente o día, se tendrá a todos por fallecidos al mismo tiempo, siempre y cuando se desconozca a ciencia cierta quien o quienes fallecieron antes, por lo que no habrá herencia.

Por otro lado, tanto los herederos como los legatarios no podrán enajenar lo que les corresponde de la herencia hasta que el testador fallezca; en cuanto a la propiedad de los bienes se transmitirán a los sucesores por ministerio de ley cuando muera el testador, si son varios herederos o legatarios, hasta que no se haga la división, adquirirán derecho a la masa hereditaria, es decir, a un patrimonio común.

El coheredero podrá vender a un extraño lo que recibió por herencia siempre que éste haya notificado a los demás coherederos ya sea por notario, de manera judicial o por medio de dos testigos, esto con el propósito de que los demás coherederos hagan uso de su derecho del tanto en el plazo que señala la ley, el cual corresponde a diez días naturales de acuerdo con el Código Civil vigente en el Estado de Coahuila.

De tal modo, si uno de los coherederos hace uso de este derecho, el coheredero (vendedor) estará obligado a consumar la venta a su favor, en el supuesto de que dos o más coherederos hicieran uso de su derecho de tanto, se antepondrá al que tenga mayor porción de la herencia, ahora bien, si todos tuvieran las mismas porciones, la suerte decidirá a quien le corresponde hacer uso de su derecho del tanto.

Existen dos tipos de sucesiones, las cuales son la testamentaria y la intestamentaria, la primera se caracteriza por la existencia de un testamento en el cual el testador expresará su última voluntad acerca de la repartición de sus bienes y la segunda la sucesión intestamentaria, conocida como legítima, esta sucesión estará a cargo de la ley quien se encargará en determinar quiénes serán los herederos.

El testamento es un negocio jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre por medio del cual el testador declara deberes acerca de sus bienes, derechos y obligaciones para después de su muerte. Dado que el testamento es unilateral y personalísimo, en consecuencia, no pueden dos o más personas testar en el mismo acto, excepto en el testamento público simplificado, siempre que sea un inmueble destinado a la vivienda.

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