DOCTRINA Y LEGISLACION EN MATERIA MUNICIPAL
metzuyan17 de Julio de 2014
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
“DOCTRINA Y LEGISLACIÓN EN MATERIA MUNICIPAL”
GRUPO: 202
ÍNDICE
2.1 SUSTANTIVIDAD JURIDICA DEL MUNICIPIO 4
2.1.1 LAS BASES DE LA ORGANIZACION MUNICIPAL SON: 4
2.1.1.1 CUANDO SE TRATA DE LA DESCENTRALIZACIÓN SE PUEDEN ENCONTRAR ESTAS DIFERENCIAS 5
2.1.1.2 TEORÍA QUE HABLA DE MUNICIPIO ES LA DE UN ÓRGANO QUE EJERCE PODERES CONCESIONADOS 5
2.1.1.3 LA SIGUIENTE TEORÍA ES LA DEL MUNICIPIO COMO ENTE AUTÁRQUICO TERRITORIAL 6
2.1.1.4 DIFERENCIAS ENTRE AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA 6
2.1.1.5 TEORIA DE LA AUTONOMIA 7
2.1.1.6 TEORÍA DEL ÓRGANO LIBRE 12
2.2. LAS FORMAS O MODALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL 15
2.2.1. DISTINCIÓN ENTRE LOS TIPOS DE MUNICIPIO Y LAS FORMAS Y MODALIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL. 15
2.2.2. EL RÉGIMEN DEL GERENTE 16
2.2.3. EL GOBIERNO POR COMISIÓN 19
2.2.4. LA MODALIDAD DEL MAYOR Y DEL CONSEJO 20
2.2.5. LA FORMA DEL SELF-GOVERNMENT 20
2.2.6. EL GOBIERNO POR PRESIDENTE Y AYUNTAMIENTO 21
2.3. EL MUNICIPIO COMO PERSONA JURÍDICA 22
2.3.1. TEORÍAS SOBRE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LOS ENTES COLECTIVOS. 22
2.3.2. CONSIDERACIONES EN TORNO A LA APLICABILIDAD DE LAS TEORÍAS EXPUESTAS. 24
2.3.3. LOS ATRIBUTOS DEL MUNICIPIO COMO PERSONA JURÍDICA. 24
2.4. ASPECTOS DOCTRINALES DE LA COMPETENCIA MUNICIPAL. 25
2.4.1. EL PROBLEMA DE LA TERMINOLOGÍA. 25
2.4.2. FUNCIONES. 29
2.4.3. ATRIBUCIONES. 29
2.4.4. COMPETENCIA. 36
2.4.5. FACULTADES. 37
2.4.6. OBLIGACIONES. 41
2.4.7. ADOPCIÓN DEL CONCEPTO MÁS APROPIADO. 41
2.5 RÉGIMEN JURÍDICO DEL MUNICIPIO EN MÉXICO 42
2.5.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANO 43
2.5.2 CONSTITUCIONES ESTATALES 44
2.5.3 BASES PARA LA LEGISLACIÓN MUNICIPAL 47
2.5.4 LEY ORGÁNICA MUNICIPAL TIPO 49
2.5.5 REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL 49
2.5.6 JUSTICIA MUNICIPAL 50
2.5.7 BANDOS MUNICIPALES, CONTRATOS Y CONVENIOS DE LOS MUNICIPIOS CON OTRAS AUTORIDADES 51
2.6. LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL. 55
2.6.1. PATRIMONIO MUNICIPAL. 55
2.6.2. NORMATIVIDAD FISCAL EN MATERIA MUNICIPAL. 57
2.6.3. FINANZAS PÚBLICAS MUNICIPALES. 57
2.7. SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. 62
2.7.1. NORMATIVIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. 62
2.7.2. FINANCIAMIENTO Y GESTION DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. 63
2.7.3. SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES NO CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL. 68
BIBLIOGRAFÍA. 69
2.1 SUSTANTIVIDAD JURIDICA DEL MUNICIPIO
La sustantividad jurídica del municipio se considera en primer como órgano descentralizado o un órgano de poderes concesionados o también podría ser un órgano autárquico o ente autónomo
Gabino Fraga lo considera un organismo descentralizado por región que consiste en una administración encaminada a manejar los intereses colectivos y que corresponden a una población radicada en una determinada de un cierto territorio .El municipio es la manera en que el estado descentraliza los servicios públicos correspondientes de un determinado territorio
Se basa en la teoría clásica francesa y el fundamento del 115 constitucional cuyas características son:
1.- que tiene personalidad jurídica
2- La concesión que el Estado realiza en materia de derechos públicos a favor de esta personalidad
3.- La creación del patrimonio cuyo titular es la propia personalidad
4.- La existencia de uno o varios representantes de la persona moral
Municipios
2.1.1 LAS BASES DE LA ORGANIZACION MUNICIPAL SON:
1.- Los municipios serán envestidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales
2.- El municipio libre será la base de la división de los territorios de los estados y de su organización política y administrativa
3.- Los municipios podrán administrar libremente su hacienda, la cual se conformara de las contribuciones que señalen las legislaturas de los estados
4.- Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección directa
Las bases constitucionales hacen que el municipio exista a través de las leyes el Estado por lo tanto es el que lo reconoce y le crea ciertos derechos
2.1.1.1 CUANDO SE TRATA DE LA DESCENTRALIZACIÓN SE PUEDEN ENCONTRAR ESTAS DIFERENCIAS
1.- Los funcionarios se vinculan mediante designación o nombramiento, en el caso del municipio el Ayuntamiento se hace mediante la elección directa
2.- En el caso de órganos descentralizados no puede darse la dualidad entre participación de dominio público y privado .En el caso del municipio si se da dicha participación en la que no hay intermediación alguna y es a nombre propio y el patrimonio del municipio es uno de sus elementos
3.- Los municipios son reconocidos por la ley a través de un acto declarativo
4.- En pocas palabras no es un organismo descentralizado.
2.1.1.2 TEORÍA QUE HABLA DE MUNICIPIO ES LA DE UN ÓRGANO QUE EJERCE PODERES CONCESIONADOS
Pero la figura de la concesión tiene dos vertientes
1.- Para la explotación de bienes para el Estado
2.- Concesión de servicio Público
Pero en el caso del Estado las concesiones se hacen de manera discreta, unilateral y reglamentada y en el caso del municipio no opera así ya que el municipio también realiza funciones públicas y es prestador de servicios.
2.1.1.3 LA SIGUIENTE TEORÍA ES LA DEL MUNICIPIO COMO ENTE AUTÁRQUICO TERRITORIAL
La autarquía significa aquel ser que no depende de otro para su desarrollo o subsistencia se podría referir a un gobierno por si mismo que está basado para satisfacer las necesidades humanas y lograr la buena vida se basa en la ley mas no de un superior jerárquico
Por ejemplo las comunas son autárquicas por lo siguiente
1.- Tienen personalidad jurídica propia
2.- De la creación directamente legal
3. Del fin de su institución
4.- Del contralor por ejercer el poder en las comunas de las provincias
La autarquía se trata de administrar lo propio constituyendo el sistemas más avanzado de descentralización interna y la autonomía implica darse leyes así mismo
En el derecho municipal la autarquía se basa en la autosuficiencia y la independencia de la administración y que se vincula a un orden político de poder superior.
2.1.1.4 DIFERENCIAS ENTRE AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA
AUTONOMIA AUTARQUIA
ES POLITICA Y POR TANTO SUS EFECTOS PRODUCEN UN EFECTO CUASIFEDERAL ES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
SOLAMENTE
EL MUNICIPIO DESARROLLA UNA ACTIIVIDAD NORMATIVA EL MUNICIPIO ES GESTOR
EL ENTE MUNICIPAL DICTA SUS PROPIAS LEYES SE LIMITA A PLICAR LAS NORMAS EMANADAS DEL PODER LEGISLATIVO
EL MUNICIPIO EJERCITA SUS PROPIAS ATRIBUCIONES EL MUNICIPIO EJERCE FUNCIONES LEGADADAS
PREDOMINA LA INDEPENDENCIA SOBRE LA SUBORDINACIÒN PREDOMINA LA SUBORDINACION A LOS PODERES SUPERIORES
ES UN PRINCIPIO TEORICO CON APLICACIONES OCASIONALES ATENUADAS CON DIVERSIDAD DE MATICES CONSTITUYE LA FORMULA NORMAL DEL MUNICIPIO MODERNO
2.1.1.5 TEORIA DE LA AUTONOMIA
En el derecho administrativo se establecen tres categorías de autonomía
1.-Pura
2.- Funcional
3.- Técnica
La autonomía funcional es la que se basa para que exista la autarquía del municipio y la pura es la sirve para el municipalismo
La autonomía municipal tiene tres postulados:
1.- La municipalidad tiene el derecho a elegir entre sus propios ciudadanos los funcionarios que hayan de aplicar sus propias leyes que son las de la localidad
2.- La ciudad goza de facultades para definir su propia forma de organización a los fines de gobierno
3.- La localidad tiene la facultad para determinar el fin o esfera de gobierno local esto es ampliar o restringir los poderes municipales según el criterio que radique en la localidad
En el derecho municipal contemporáneo surge una teoría dialéctica que contiene lo siguiente:
Tesis.- EL MUNICIPIO SURGIÒ ANTES QUE EL ESTADO
Antítesis.- DESPUES PASÒ A SER PARTE DEL ESTADO
Síntesis.- EL ESTADO TIENE TRES CATEGORIAS
1.- EN EL POLITICO, LA AUTONOMIA ES ASEGURADA POR EL GOBIERNO REPRESENTATIVO PROPIO
2.- EN EL ADMINISTRATIVO, EN LA ORGANIZACÒN DE SUS SERVICIOS
3.- EN EL FINANCIERO, EN LA REGLAMENTACIÒN DE SUS FINANZAS
Bajo esta tesis podemos llegar que el municipio tiene el carácter de concedido y delegado por el Estado a su vez el Estado tiene un poder originario y el Municipio un poder derivado ;luego entonces en el Estado moderno la teoría de la autonomía municipal es asegurada por el principio de gobierno local propio a través del sistema representativo, En cuanto al aspecto administrativo se basa en los servicios públicos locales y en el sentido financiero se trata de hacer validas las rentas y el cobro por esos servicios .
Desde el punto de vista jurídico, del deber ser, el municipio es autónomo ya que de acuerdo a la Constitución reúne los siguientes requisitos:
1.- Personalidad jurídica propia
2.- Patrimonio propio
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