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Demanada ordinaria laboral


Enviado por   •  20 de Mayo de 2017  •  Tareas  •  1.158 Palabras (5 Páginas)  •  270 Visitas

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DEMANDA ORDINARIA LABORAL PARA QUE EL PATRONO PRUEBE LA JUSTA CAUSA DEL DESPIDO DE UNA MUJER EN ESTADO DE GRAVIDEZ CASO CONTRARIO SEA CONDENADO AL REINTEGRO DEL TRABAJO O AL PAGO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES LABORALES, DERECHOS ADQUIRIDOS, SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR, DAÑOS Y PERJUICIOS.- HABILITACION DE DIAS Y HORAS INHABILES.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.- COSTAS.- PODER.

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE FRANCISCO MORAZAN

Yo, KAREN YASMIN TOLEDO MARQUEZ, mayor de edad, casada, hondureña, licenciada en administración de empresa, con identidad 0321199600091, con domicilio en esta ciudad de Tegucigalpa residencial Concepción bloque q casa seis (6). Ante usted señor Juez, respetuosamente comparezco a promover DEMANDA ORDINARIA LABORAl. PARA QUE EL PATRONO PRUEBE LA JUSTA CAUSA DEL DESPIDO DE UNA MUJER EN ESTADO DE GRAVIDEZ CASO CONTRARIO SEA CONDENADO AL REINTEGRO DEL TRABAJO. SALARIOS DEJADOS DE PERCIVIR, DAÑOS Y PERJUICIOS. Contra la Empresa Mercantil denominada “Industrias Tolmar Sociedad Anónima (S.A.)”, con domicilio en Tegucigalpa M.D.C. Colonia el Hogar casa 3215 bloque p sector 2. Por medio de Representante Legal y Presidente del Consejo de Administración la señora BESSY VITTORIA SORIANO FINO, mayor de edad, soltera, hondureña, licencia en finanzas, con identidad número 0301199500092, de quien ignoro domicilio particular, lo cual RATIFICO BAJO JURAMENTO. Pero para efectos de citación y emplazamiento puede ser localizada en el domicilio de la empresa.

LO QUE SE DEMANDA

Demando a la Sociedad Mercantil “Industrias Tolmar S.A. de C.V.” por medio de su Presidente del Consejo de Administración a que pruebe la justa causa en que fundó el despido, en caso contrario, sea condenado a Reintegrarme al puesto de trabajo que tenía en la empresa o en su caso a pagarme las prestaciones e indemnizaciones laborales, los beneficios que por estado de gravidez se me deben de reconocer, y a título de daños y perjuicios, los salarios que habría percibido desde la terminación del contrato hasta la fecha en que, con sujeción a las normas procesales del Código del Trabajo, quede firme la sentencia condenatoria respectiva; más las costas del presente juicio.

HECHOS Y OMISIONES

PRIMERO: Ingrese a laborar en la Empresa Industrias Tolmar S.A., el primero (1) de febrero de dos mil (2000), por medio de un contrato de trabajo a término indefinido, como gerente de marketing, devengando un salario de veinte mil lempiras (L.20,000).

SEGUNDO: Me entere de mi estado de gravidez, el 17 de octubre del 2016, por medio de una prueba de embarazo.

TERCERO: En consecuencia, el 20 de octubre de 2016, informe a mi jefe dicha situación por escrito y enviando la prueba otorgada por el médico del Seguro Social, quien a su vez la remitió a un laboratorio privado en la misma ciudad, lugar en el que se confirmó el resultado obtenido con la citada prueba.

CUARTO:   Posteriormente, es decir, el 31 de enero de 2017, me fue comunicado que fui despedida por medio de una carta de despido, en la cual no se mencionaba, ni explicaba el porqué de mi despido.

QUINTO: Como consecuencia del despido directo, ilegal e injusto de que fui objeto; acudí ante la inspectoría General del Trabajo para que se asignara un inspector que se hiciera presente ante las instalaciones físicas de la Empresa “Industrias Tolmar S.A.”, a efecto de constatar el despido de que fui objeto; habiendo sido atendida en la inspección por el señor JUAN JOSE LANDAZURI RAMOS, Administrador del Centro de Trabajo, quien manifestó que tenía entendido que yo ya estaba despedida; dejando constancia de la inspección el acta respectiva de fecha 15 de febrero del 2017 levantada al efecto y consignando en ella la declaración del señor JUAN JOSE LANDAZURI RAMOS.

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