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Denuncia Ambiental


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  1.547 Palabras (7 Páginas)  •  285 Visitas

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ASUNTO: DENUNCIA POPULAR.

DR. JORGE VAZQUEZ BAUTISTA.

PROCURADOR FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

PRESENTE

NOMBRE DEL DENUNCIATE, autorizando en forma conjunta o separada para todos los efectos legales, en términos de los artículos 189, 193 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 19 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo a los C. Licenciados en Derecho Lic. Columba Vidal Pulido, Teresa Nájera Gómez y María Isabel Gómez Anel, así como a Pedro Medina Salazar señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle 3 de Enero Numero 893 Col. Independencia así como el correo electrónico CORREO con el debido respeto comparecemos a exponer:

Por medio del presente escrito

y con fundamento en los artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 189, 204 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y 107 de la Ley General de Vida Silvestre, vengo a presentar formal DENUNCIA POPULAR, en contra de quien resulte responsable, por los hechos, actos y omisiones que han producido y continúan produciendo desequilibrio ecológico, daños al ambiente y a los recursos naturales, además de contravenir las disposiciones legales y ordenamientos que regulan la protección al ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, que a continuación se manifiestan en los siguientes:

H E C H O S

1.-En la calle 3 de enero se encuentra una micro empresa la cual a su lado derecho colinda con un solar el cual se encuentra en desuso por la tanto dicha empresa tira sustancias toxicas, asi deshaciéndose de sus residuos.

2.-En dicha colonia se encuentran familias con hijos los cuales nos preocupan ya que no sabemos qué consecuencias contra la salud y el medio ambiente.

3.-Hemos hablado con dicha empresa para pedirle de la manera más atenta que busquen otro lado en donde deshacerse de sus desechos la cual nos responde que ya están buscando donde poder deshacerse de sus desechos eso nos lo han dicho desde hace ya medio año y no vemos solución.

4.-Antes en ese terreno se veía mucha fauna por ejemplo ardillas, pajaritos de varias especies, gatos y diversos animales de los cuales es muy raro en la actualidad llegar a percibir algún animal.

D E R E C H O

A. Incumplimiento del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente (LGEEPA), pues no se encuentra garantizado el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, además del daño al ambiente, recursos naturales y desequilibrio ecológico que acontece.

Los hechos denunciados configuran actos que han producido, producen y producirán desequilibrio ecológico, daños al ambiente y a los recursos naturales y contravienen las disposiciones de la Constitución General, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y los tratados internacionales, en virtud de lo siguiente:

El artículo 4º constitucional, consagra el derecho que tiene toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, regulando la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente en el territorio nacional, derecho que se encuentra reconocido, además, en el artículo 11 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” .

En este sentido, la protección del medio ambiente y los recursos naturales es de tal importancia, que significa el "interés social" de la sociedad mexicana e implica y justifica, en cuanto resulten indisponibles, restricciones estrictamente necesarias y conducentes a preservar y mantener ese interés, precisa y puntualmente, en las leyes que establecen el orden público.

Con esto, no sólo se protege el derecho de las personas a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, sino también el adecuado uso y explotación de los recursos naturales, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y el desarrollo sustentable, por tanto, la protección del medio ambiente así como la necesidad de proteger los recursos naturales y la preservación y restauración del equilibrio ecológico son principios fundamentales y constituyen un derecho humano.

Se contravienen las disposiciones de la LGEEPA, pues ésta señala que es de orden público y de interés social, garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar, preservar, restaurar y mejorar el ambiente y la biodiversidad, lo que en el presente caso no está sucediendo.

La Ley señala la importancia de la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades

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