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Derecho Civil Español


Enviado por   •  7 de Octubre de 2014  •  996 Palabras (4 Páginas)  •  145 Visitas

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01. El Derecho Civil Español

Los supuestos institucionales del Derecho Civil y las formas históricas del mismo

Aproximación a los supuestos materiales del Derecho Civil

Para desentrañar el significado y el contenido actuales del Derecho Civil, debe primar la consideración o perspectiva histórica (Historicistas: mantienen el apego o la inherencia del Derecho Civil a la evolución histórica, con lo que, acentúan su característica de mutabilidad, de cambio o de cambio evolutivo).

El acercamiento histórico, debe realizarse tomando como punto de referencia los supuestos institucionales del Derecho Civil. Deben entenderse por tales aquellos supuestos de hecho (los problemas, los conflictos, los litigios o las tenciones sociales) que, aunque de forma variable históricamente, pueden considerarse como determinantes del nacimiento y desarrollo de las instituciones que, han ido conformando históricamente con el nombre de Derecho Civil.

Las distintas formas históricas del Derecho Civil: la codificación como punto de partida metodológico

La cuestión estriba, no tanto en determinar la caracterización y el listado de tales instituciones, cuanto en individualizar la materia común de las diversas formas históricas de las mismas. A efectos instrumentales, es necesario tomar como punto de partida una de tales formas históricas. Un acercamiento al concepto de Derecho Civil no puede marginar el importantísimo momento que supone la codificación. El Derecho privado codificado es la forma histórica del Derecho Civil.

Esta afirmación no debe entenderse en el sentido de que la aceptación de la importancia del momento codificador presuponga necesariamente identificar tal “forma histórica” con la materia civil propiamente dicha.

La aceptación de la formulación elegida como punto de partida no tiene otro sentido que identificar en ella los supuestos de hecho originadores: las realidades, situaciones, litigios o conflictos de intereses regulados que, se han identificado como los supuestos institucionales del Derecho Civil.

Ello implica hacer hincapié exclusivamente en los problemas materiales que el Derecho Civil tiende a solventar.

De dicho estudio histórico habrán de proceder de manera natural – es decir, respetando de cerca el propio desenvolvimiento histórico ‐ las concretas formas de regulación de la materia civil.

La materia propia del Derecho Civil

El Derecho Civil como Derecho de la persona

El núcleo central del Derecho Civil viene representado por la PERSONA en sí misma considerada, en su dimensión FAMILIAR y en sus relaciones PATRIMONIALES, como revela la mera contemplación del índice sistemático de cualquiera de los Códigos Civiles.

La propia estructura del Código Civil español demuestra lo anterior. Analizando el contenido del mismo, las materias sobre las que recae su regulación serían las siguientes:

1. Vigencia y efectos de las normas jurídicas.

2. Delimitación del ámbito de poder jurídico de las personas y su relación con un grupo especial de (otras) personas, que les son especialmente próximas.

3. Las categorías de bienes que pueden ser objeto de tráfico; poder que las personas pueden ostentar sobre dichos bienes; modos de circulación de dichos bienes; y reglas de transmisión de tales bienes.

La materia contemplada en el primero de los apartados reseñados se refiere a cuestiones generales de fuentes del Derecho

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