Derecho Internacional Publico
c0tz128 de Enero de 2013
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*DIP: es la rama del derecho q regula el comportamiento de los estados y demás sujetos atípicos mediante un conjunto de normas positivizadas x los poderes normativos peculiares de la comunidad internacional.
*Fuentes del DIP: * ART 38. Estatuto de la corte internacional de justicia,*costumbre jurídica: elemento material.opinio iuris necesítate, inveterata consuetuda.*principios generales del derecho: ideas generales q ayudan a resolver conflictos, -equidad-igualdad-cosa juzgada-restitución-**juris prudencia y doctrina: para darle sustento convención de viena . Fuentes autónomas: costumbre internacional,los tratados,principios generales del derecho Fuentes auxiliares: deciciones judiciales, doctrina y jurisprudencia. Tratados internacionales: son acuerdos entre estados y de forma escrita, regidos por el DIP.
Sujetos del DIP: el único es el individuo y su conducta objeto del DIP:regular el com de los edos y demás sujetos atípicos
*Definición de tratados conforme la convención de Viena: art 2ª párrafo 1º acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional ya conste en un instrumento único o en 2 o mas instrumentos conexos.
La convención se aplica a: tratados celebrados entre edos., x escrito, regidos por el dip.
*Proceso de celebración de un tratado: Etapas:1.- negociación: determinan las clausulas del tratado no se encuentra regula da por c v.2.- adopción del texto: x acuerdo unánime de las partes 3.- autenticación del texto: se establece el texto definitivo de un tratado se certifica el texto correspondiente.4.- manifestación del conocimiento : los edos y se obligan a cumplir el tratado.
Formas de manifestación del conocimiento: -firma-canje de instrumentos-ratificacion-aceptacion-aprobacion-adhesion.
Órganos estatales competentes para la celebración de los tratados: art 7º párrafo 2 de la cv (a)jefes de estado y ministro de relaciones exteriores: (b)jefes de misión diplomática☹c)representantes acreditados por los edos.
*Reserva: declaración unilateral q pueden concluir o modificar los efectos del tratado.
*Cosas en q no admite formular reservas: 1, prohibidas expresamente por el tratado2.- q no se encuentren dentro de las permitidas x 1 tratado.3.- cuando el tratado es omiso al respecto solo se admiten cuando no son contrarias al objeto y fin del tratado.
Si la reserva es objetado pasa lo sig.: - al objetarse no entra en vigor- no entra el estado formulan té y objetante.
Art 24 c. v : un tratado entra en vigor de la manera y en la fecha en k en el se dispongan o k acuerden los estados negociadores.
Art 25 cv: nada impide la aplicación provisional de 1 tratado antes d su entrada en vigor.
*Art 27: los estados contratantes del tratado no pueden imponer una norma d su derecho interno como excusa de incumplimiento del tratado.
*Principio básico q rige la observancia de los tratados? Art 26 c.v todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido de buena fe
*-Cuando terminan los tratados: las partes las partes pueden establecer cuando terminan
*Causas de terminación de un tratado c.v – la voluntad de las partes - denuncia de un tratado k tenga disposiciones - celebración de un tratado posterior - violación grave de un tratado.
Como pueden retirar los etads de1 tratado: denuncia o retiro. El tartado lo disponga o en 12 meses.
Donde y como puede ser la aplicación de los tratados según la regulación de la convención:
1.- la aplicación de los tratados en tiempo, aplicación territorial de los tratados, la aplicación de tratados sucesivos k contengan disposiciones referentes a la misma materia.
Interpretación de los tratados (principios básicos ): 1, princ del sentido corriente de los términos 2, princ del contexto 3, p de la conformidad con el objeto y fin de tratado 4, p de buena fe.
Métodos de interpretación de los tratados: teleológico, subjetivo, textual objetivo o lógico gramatical. De los cuales se utiliza el art 31 c.v es el texto objetivo o lógico gramatical.
Partes del contexto de 1 tratado art.31. párrafo 2. – el texto incluidos preámbulos, conexos-todo acuerdo k se refiera al tratado y k haya sido concertado de un tratado – todo instrumento formulado por una o más partes.
*Nulidad de los tratados: establecidos por la c. v para poder impugnar un tratado. 1 violacion de una norma interna 2, restricción de los poderes del representante 3, error 4, dolo, 5, corrupción del representante , 6, coaccion sobre el representante de un estado 7, coaccion sobre el representante de edo 8, incompatibilidad con una norma
Elementos caracteristicos de las normas del ius cogens. 1, debe tratarse en 1º lugar de 1 norma de derecho internacional 2,ha de ser 1 norma imperativa 3, debe ser reconocida x la comunidad inter. 4, será modificable x otra norma k tenga el mismo carácter.
ELEMENTOS DEL ESTADO: población, territorio, organización, pol, soberanía: la capacidad del estado para gobernar sin ninguna injerencia de otro estado.
formas de extinción de los estados: perdida por alguno de sus elementos, fusión ,fraccionamiento, incorporación.
Suspensión de un tratadado: art 57 c. v conforme a las disposiciones del tratado, en cualquier momento x consentimiento de todas la partes.
Deposito de registro y publicación de los tratados:
Depositario de un tratado: es el EDO sede de la conferencia internacional donde se adopta el tratado o el principal funcionario.
Recepción o incorporación de los tratados al derecho interno se divide en 2 grupos: 1.- incorporación automática: 1 vez k el tratado es obligatorio internacionalmente y exigiendo al publicación del mismo 2.- incorporación y recepción especial, requiere una transformación del tratado mediante un acto de producción.
Sujetos del DIP: 2 corrientes, teoría pura del derecho: teoría de la responsabilidad:
*Definición de estado soberano: comunidad humana perfecta y permanente, capaz de gobernarse plenamente asi misma en forma independiente, la cual debe tener la capacidad necesaria para imponer su propio ordenamiento jurídico y mantener relaciones jurídicas internacionales con el resto de la comunidad internacional.
El estado soberano posee: - comunidad humana perfecta- comunidad permanente-auto gob-independencia-ordenamiento jurídico efectivo-territorio –sujetos atípicos.
Principio de efectividad : la comunidad internacional solo reconoce como edo soberano al k de hecho actua como tal.
Formas de adquisición de la soberanía territorial: OCUPACION, PRESCRIPCION ADQUISITIVA, CESION, ADJUDICACION JUDICIAL.
Organismos internacionales: art 104,105 carta de la onu : la organización gosara en el territorio de c/uno de sus miembros de la capacidad jurídica k sea necesario par el ejercicio de sus funci.
Q es un estado con subjetividad jurídica internacional: se componen en federación confederación ,
Edo con subjetividad jurídica internacional limitada: se da entra 1 sujeto de DI y una entidad local de 1 edo. federal con confederación.
Estados con capacidad de obra limitada: son edos k gozaban de plena subjetividad jurídica internacional pro x razón d 1 tratado internacional esta se ve limitada.
Reconocimiento de estados: es el acto x el cual las demás naciones miembras de la comunidad inter se hacen sabedoras para ciertos efectos de k ha surgido a la vida internacional un nuevo ente.
*Reconocimiento declarativo: los demás edos reconocen al nuevo verificando que este cuente con los requisitos de autogobierno, independencia, ordenamiento jurídico, etc.
*Reconocimiento constitutivo: el estado no existe sin el reconocimiento.
Reconocimientos de gobiernos: - cambios habítales de gobierno - el reconocimiento esimpliato se mantienen relaciones diplomáticas o consulares – cambios violentos por un golpe de edo. – aquí el reconocimiento debe ser prematuro, los edos. Deben relacionarse de que el nuevo gobierno ejerza un dominio efectivo sobre la población y el territorio en el cual se asienta.
Adquisición de la soberanía territorial: la ocupación que el territorio no tenga dueño, dominio efectivo con carácter permanente.
Concepto de organizaciones internacionales: son sujetos del dip. Creados mediante un tratado, con personalidad jurídica diferente de la de susu miembros con la finalidad de gestionar intereses colectivos de un grupo de edo. O de la comunidad internacional.
Característica de organizaciones internacionales:
1. Se crean mediante un tratado, estatus o carta en el cual por lo general se determina su organización, composición, finalidad y funciones
2. Está integrada por sujetos del D.I. generalmente edos, por lo que reciben el nombre de organizaciones intergubernamentales.
3. Gozan de personalidad jurídica propia
4. Están dotados de órganos permanentes que son distintos e independientes de los miembros de la organización
5. Estos órganos cumplen con el objetivo de la organización
Personalidad de la organizaciones internacionales: el fundamento de su
Clasificación de las organizaciones int: gubernamentales, no gubernamentales, ganerales y específicos, universales y regionales.
Órganos estatales de las relaciones internaciones: los sujetos internacionales, sean edos. Organismos internacionales, etc, requieren de individuos o
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