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Derecho Procesal


Enviado por   •  4 de Enero de 2015  •  1.611 Palabras (7 Páginas)  •  120 Visitas

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El derecho procesal es un conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso jurisdiccional del estado en todos sus aspectos. Y el ciudadano, Existen varias ramas del derecho procesal: el civil penal, administrativo, internacional. El derecho procesal surge como una necesidad de la sociedad para regular la conducta de los que administran justicia. En sus orígenes a finales del siglo XIX, se enseño solamente procedimientos, mediantes las interpretaciones de los códigos. En 1.830 constituida Venezuela como nación independientemente el congreso encarga al Licenciado Francisco Aranda la redacción de un código de procedimiento judicial el cual estuvo en 1836, sustentando en el código francés de principios del XIX y de las partidas de Alfonso X el sabio. En 1873 el legislador venezolano toma ciertos principios tomando del código de procedimiento civil italiano de 1865 y el francés de 1806, sobre el régimen de costas procesales, de la conciliación, del convencimiento. En la reforma de 1897 se basa en la ley de enjuiciamiento civil de 1881 de España. Este código fue reformado en varias oportunidades y estuvo vigente desde 1916 hasta 1986. El actual código de procedimientos civil se puso en vigencia en marzo de 1987. La fuente del derecho procesal en aquella que origina o produce el derecho procesal. El estado es visto como la única fuente de derecho siendo el único que puede crear las leyes procesales. El derecho procesal se divide en fuentes de producción y fuentes de conocimiento. Las fuentes de producción, son las que sirven para crear el derecho procesal y se divide en: Fuentes naturales, se encuentran en la naturaleza humana. Fuentes positivas; se encuentran en el ordenamiento jurídico y se dividen en: a) directas, consideradas inmediatas, conformadas por la ley y contienen la norma, la Constitución Bolivariana de Venezuela, al igual que la jurisprudencia siempre y cuando provenga de la sala Constitucional del tribunal supremo de justicia. La costumbre: es la forma de comportarse los individuos determinados por sus hábitos, imitación, experiencias. Por ejemplo en el articulo 9 del código de comercio, “las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley”,… La jurisprudencia: es el conjunto de normas jurídicas que emanan de las sentencias enmarcadas por los tribunales. En Venezuela los jueces no están obligados a tomar en cuenta en sus decisiones, en los fallos dictados en controversias análogas, pero los jueces suelen aplicarlos en la práctica. Las modalidades de la jurisprudencia de acuerdo al sentido pueden ser: Uniforme, contradictoria, voluntarias, obligatorias. Y de acuerdo al órgano judicial encargado de sentar jurisprudencias pueden ser: Exclusiva; otorgada únicamente a un órgano jurisdiccional. Generalizada; puede ser sentada por cualquier órgano jurisdiccional. La doctrina: es una fuente indirecta constituida por los estudios de derecho procesal. Principios generales del derecho: es una fuente mediata del derecho procesal civil se fundamenta en el articulo 4 del código civil, en el cual se consideran las disposiciones que regulan como semejantes o análogas cuando no existe disposición legal que regule la situación. Fuentes de conocimientos: complementan a las fuentes de producción, que aportan al magistrado judicial la información para actuar en el ejercicio de sus funciones. Principios generales del proceso: Existe una gama de principios que también establecen las directrices a seguir en todo proceso y al efecto, encontramos: Principios del interés público del proceso: Los procesos penales y los civiles, mercantiles, transito. Principio de interés público del proceso: La compasión de los procesos judiciales son de intereses para la sociedad en general, cumpliendo el proceso una función pública, al resolver los conflictos entre los ciudadanos para mantener la paz social, de lo cual solo se encarga el estado. Principio de carácter obligatorio y exclusivo de la función jurisdiccional: El estado tiene la función poder-deber de administrar justicia, es el que tiene en sus manos el poder, encargado en la persona del órgano jurisdiccional de tomar una decisión, que reconozca o no el derecho lesionando o menos cavando. Principio de la cosa juzgada: Cuando se dé una decisión en un litigio o asunto penal, las partes deben acatar la resolución que le puso término, otorgando seguridad jurídica que involucra al derecho a la tutela judicial ejecutiva. Principio de la doble instancia o doble grado de jurisdicción: Nace de los principios de impugnación y contradicción y es activado mediante la apelación. Principio de publicidad del proceso: Los procesos y los actos procesales deben ser públicos lo que involucra que todos tienen acceso a los procesos a las actas procesales y demás actos del tribunal. Principio de la independencia de la autoridad judicial y de la imparcialidad de la misma: El operador de justicia debe obrar libremente al momento de administrar justicia sin obedecer órdenes de nadie, solo las normas que fije la ley. Historia del derecho procesal: El derecho procesal

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