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Derecho Romano. Proyecto presentado para Exposición

Carol IrachetaApuntes26 de Julio de 2017

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UNIVERSIDAD MAYA

  • LICENCIATURA EN DERECHO

DERECHO ROMANO Il

Estudiante Universitario:

  • Selene Carolina Iracheta Villanueva

Proyecto presentado para Exposición

Profesor:

  • González Gómez Merced

Cancún Quintana Roo

Municipio de Benito Juárez Primavera – Verano 2017

INDICE:

INTRODUCCIÓN…………………………………………………             3

Definiciones:

      La definición del Derecho por Celso………………………             4

  1. El uso del IUS en Derecho Romano………………..              5

  2. Juvencio Celso………………………………………..              6

      La Pracepta Iuris…..............................................................           7

      Justicia ………………………………………………………...           8

      Jurisprudencia………………………………………………..            9

      Aequitas……………………………………………………….          10

      Ius Publicum e Ius Privatum………………………………..           11

      Ius Naturale …………………………………………………..          12

      Ius Gentium …………………………………………………..          14

      Ius Civile ………………………………………………………          15

      Ius Honorarium ………………………………………………           16

      Ius Scriptum e Ius Non scriptum …………………………..            17

CONCLUSIÓN……………………………………………………            18

Fuentes……………………………………………………………       19


INTRODUCCIÓN:

En el presente trabajo se vera varias definiciones referentes al derecho romano, se vera la definición del Derecho definida por Juvencio Celso hijo.

Dentro de la definición de Derecho definida por Celso, se vera el objeto del “Ius”, sus diferentes acepciones a lo largo de la historia. Se ve al igual, el uso del Ius en Derecho Romano, en Roma.

Se vera también quien fue Juvencio Celso, quien fue el encargado de definir el derecho en su época.

Al igual que se ve la definición de Celso, se vera también, ¿Qué es la preacepta iuris?,  que son los precepto jurídicos formulados en Roma.

También se verá el termino de Justicia referido en el Derecho Romano, sobre como se vio y se designó la justicia en Roma

Refiriéndose a la asignatura de Derecho Romano ver5emos definiciones como son:

  • La Jurisprudencia
  • Aequitas

Para finalizar el trabajo se establecerá las definiciones de las ramas del derecho en Roma:

  • El Ius Publicum e Ius Privatum
  • Ius Naturale
  • Ius Gentium
  • Ius Civile
  • Ius Honorarium
  • Ius Scriptum e Ius non scriptum

Todo lo anterior se hace con la finalidad de enseñar al estudiante de derecho romano sobre las definiciones de algunos términos usados por los romanos en su época.

DEFINICIÓN DE DERECHO POR CELSO:

El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho.

Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define Juvencio Celso (el hijo de Celso):

El Derecho es la técnica de lo bueno y lo justo. En razón de lo cual se puede llamar a los juristas, junto con los médicos, sacerdotes; en efecto, rinden teórico culto a la justicia y profesan el saber de lo bueno y de lo justo, separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo lícito de lo ilícito, anhelando hacer buenos a los hombres.

Ulpiano, Digesto:
Se inicia el Digesto, con la definición del ius de Juvencio Celso, como arte o técnica de lo bueno y lo justo. El texto de Ulpiano nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo jurídico. Ius significa "lo justo" según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia.

La expresión de Derecho, como los términos de las lenguas románicas, procede de directum, palabra utilizada en el lenguaje vulgar del bajo imperio

En la Antigua Roma, el término ius tuvo diversos significados a lo largo de su historia:

Ius = Derecho objetivo. Conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (Derecho positivo).
Ius = Derecho subjetivo. Derecho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a otra que dé, haga o deje de hacer algo (Derecho personal). En Roma no se hablaba de "tener" derechos, sino de acciones para exigirlos.

Por ejemplo: 

La acción reivindicatoria: si un ciudadano romano tenía un caballo y se lo quitaban, él no era "dueño" del caballo, sino que podía ir a un juicio para exigir su derecho.
Ius= Status. Condición de situación jurídica, es decir, una facultad.
Ius= Arte de lo bueno y lo equitativo (Definición de Aurelio Cornelio Celso).(IUS EST ARS BONI ET AEQUIS)
Ius= Rito. Expresión ritual

El “ius” en Roma era el conjunto de reglas buenas y equitativas elaboradas por los hombres, pero en un principio, estas prescripciones estuvieron confundidas con el “fas” o derecho divino, que era quien le brindaba al “ius” su contenido. Un acto, para ser lícito debía conformarse a la voluntad divina. Sin embargo, el hombre romano tuvo la necesaria habilidad para poder ir desprendiendo poco a poco lo religioso de los humano.

  • El uso del IUS en Derecho Romano.

1. Definición del IUS por Celso.

El derecho, “ius”, etimológicamente considerado, viene del latín “directum”. “Ius” es empleado por los romanos para designar tanto el derecho objetivo  (“ius civile, ius gentium”),  como el subjetivo (“ius utendi, ius fruendi”). En su sentido objetivo, es definido por Celso como “ars boni et aequi”, que significa: el derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo.

2. El uso del IUS.

El ius es usado por las personas quienes profesan el saber de lo bueno y de lo justo, y separan lo justo de lo injusto, y anhelan hacer buenos a los hombres, no sólo por el temor de los castigos, sino también por el estímulo de los premios.

En el texto de Domicio Ulpiano , un Jurista Romano de origen fenicio, nos dice con fundamentos morales y religiosos de lo jurídico, definió la justicia como la continua y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece.

En su forma de pensar reciproca de Domicio en darle a cada individuo lo que “merece” es el resultado de cada persona debido a su manera de actuar.

Según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia “Ius” significa “lo justo".

Hablemos del “Ius” como Derecho subjetivo: es el Derecho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a otra que de, haga o deje de hacer algo digamos esto como un Derecho personal.

JUVENCIO CELSO:

JUVENCIO CELSO “EL JOVEN” Jurisconsulto que vivió en roma en tiempo de Adriano se distinguió en la ciencia del derecho, fue dos veces cónsul imperando Adrian, quien lo llamo a su consejo con otros muchos jurisconsultos celebres de aquel tiempo perteneciendo al periodo clásico bajo; y vivió hasta los tiempos de antonino de quien fue secretario, habiendo dejado muchas obras sobre la jurisprudencia, de que se encuentras fragmentos en el digesto.

LA PRAECEPTA IURIS:

Vivir honestamente, no dañar a otro y dar a cada uno lo suyo son los tres "Praecepta Iuris" o preceptos jurídicos a los cuales se reduce el Derecho, expresan en general, los deberes que el Derecho impone siempre a todos los seres humanos. Desde los romanos se ha entendido al derecho -IUS- como el conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad, este espacio es para ello, para lo que Ulpiano describía como el arte de lo bueno y lo equitativo.

JUSTICIA:

  • Concepto de justicia en el Derecho romano

El término justicia viene de iustitia, y el jurista Ulpiano la definió así:

Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi; “La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho”. Los preceptos o mandatos del derecho son: “honeste vivere, alterum non laedere et suum quique tribuere...” “vivir honestamente, no hacer daño a nadie y dar a cada uno lo que le corresponde”.

La palabra justicia designó, originalmente, la conformidad de un acto con el derecho positivo, no con un ideal supremo y abstracto de lo justo. A dicho concepto objetivo corresponde, en los individuos, una especial actividad inspirada en el deseo de obrar siempre conforme a derecho; desde este punto de vista, Ulpiano definió la justicia, según el texto transcrito. Se cree que el jurista se inspiró en la filosofía griega de pitagóricos y estoicos. Resulta, así que la iustitia es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno (aequum et bonum).

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