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Derecho civil personas


Enviado por   •  21 de Julio de 2021  •  Documentos de Investigación  •  1.199 Palabras (5 Páginas)  •  112 Visitas

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DESARROLLO; Concepto filosófico de persona, el vocablo persona en su captación común denota al ser humano es decir tiene igual connotación que la palabra hombre que significa individuo de la especie humana de cualquier edad y sexo. El concepto jurídico de persona es el reconocimiento de los derechos y obligaciones por parte de la ley de las personas físicas y morales. Las personas físicas o natural son todos los seres humanos.

Las personas morales o jurídicas, son las mismas que las personas jurídicas la diferencia es que la moral tiene un número ejem., sindicato, y la jurídica no tiene un número determinado. La distinción entre persona y personalidad jurídica. Persona., naturaleza y autonomía de los derechos de la personalidad., personalidad jurídica., esta comienza con el nacimiento y termina con la muerte.

La persona física adquiere personalidad, Desde el momento en que nace, la personalidad desaparece cuando la persona muere. Los atributos de la personalidad, El nombre el domicilio, para ubicarla en un espacio o para ubicarla en el ordenamiento jurídico, estado civil y estado político, la nacionalidad y el parentesco. Los signos de muerte en medicina legal son la ausencia de signos vitales ejem., dejar de respirar, paro cardiorrespiratorio. La determinación de la muerte tiene importancia desde tres puntos de vista de su prueba, del momento en que se tiene lugar y de los efectos que produce. Las reglas para resolver este problema es la prueba de la muerte de una persona implica la comprobación. Determinar el momento del fallecimiento de la misma.

El problema de la premoriencia y la comoriencia, se suscita cuando dos personas mueren en un mismo accidente y es imposible determinar quien murió primero; los efectos jurídicos de la muerte de la persona son que la persona se convierte en casa y objeto.

El concepto jurídico del nombre, es el vocablo que sirve para designar a las personas o las cosas distinguiéndolas de otras espacies. Los elementos del nombre de la persona física, son el nombre propio o nombre de pila el nombre patronímico (apellido paterno y materno).

La función del nombre en derecho, es principalmente de construir un signo de identidad dela persona además de servir como índice de su estado se familia por que el apellido indica pertenencia a determinada familia. El derecho al nombre, es una designación oficial es una medida civil, que se toma no tanto en interés de la persona si no en interés de la sociedad y por lo consiguiente, se trata de una institución de derecho público.

La diferencia existe entre domicilio y residencia, el domicilio es de dónde eres y la residencia donde resides actualmente y la “población” del “domicilio” la ley se refiere al domicilio como la morada o habitación de la persona, y el domicilio la ley alude como a la población en donde se encuentra ubicada la morada en que vive o reside.

El domicilio reales el lugar donde reside habitualmente una persona a falta de esta, el lugar del centro principal de negocios o el lugar donde se encontrare. El domicilio legal. El lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones aunque de hecho no se encuentre allí viviendo.

El menor de edad no emancipado, tutor., del menor que no esté bajo la patria potestad y del incapacitado., de los militares en servicio activo., de los empleados públicos., de los sentenciados a sufrir una pena privativa por más de 6 meses. Uno de los efectos del domicilio tiene por objeto determinar el lugar para recibir notificaciones.

Se dice que una persona está ausente jurídicamente, cuando jurídicamente no está registrado en su domicilio.

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