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Derecho internacional privado. TRÁFICO JURÍDICO EXTERNO


Enviado por   •  15 de Marzo de 2018  •  Tareas  •  1.458 Palabras (6 Páginas)  •  288 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Es aquel que regula las relaciones vínculos e intercambios que se dan entre dos o más países, el derecho internacional privado es aquel que ya no tiene que ver con la esfera pública política de cada región sino un problema o cuestiones de índole privada y que hacen a la vida de cada individuo.

En toda comunidad estatal, las relaciones entre los miembros particulares que la conforman, dentro del marco territorial suyo, están regulados por las mismas leyes, qué emanan de un órgano centralizado o un poder del mismo estado.

Derecho internacional es: nacionalidad, condición de los extranjeros, conflictos de leyes y conflictos de juridicciones.

TRÁFICO JURÍDICO EXTERNO

Se entiende que son susceptibles de tráfico jurídicos los actos y negocios contemplados o susceptibles de ser contemplados por el derecho.

Es el conjunto de relaciones jurídicas que ponen en relación a distintos sistemas jurídicos y en general suele ser de carácter estatal.

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y REGLAMENTACIÓN  JURÍDICA DE LAS SITUACIONES PRIVADAS INTERNACIONALES.

El aumento de las relaciones jurídicas sujeto a diferentes ordenamientos jurídicos es la razón de ser del Derecho Internacional Privado.

El Derecho Internacional privado nos conduce a identificar en primer estadio, la situaciones privadas internacionales que requiere de un tratamiento especifico por parte de un foro determinado, y que constituye el primer sector del derecho internacional privado, el de la competencia judicial internacional.

PRECISIÓN DEL OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

Las relaciones jurídicas cuyos elementos constitutivos pertenecen sistemas jurídicos diferentes en el espacio, es decir, sistemas susceptibles de aplicarse al mismo tiempo para resolver el mismo problema jurídico en virtud de que los elementos constitutivos de la relación, objeto del problema están vinculados con uno y otro de estos ordenamientos jurídicos.

El objeto del derecho internacional privado son las relaciones jurídicas conectadas con más de un ordenamiento jurídico; relaciones de tráfico jurídico externo; situaciones privadas internacionales.

Cuando todos los elementos de una relación jurídica son nacionales, se está en presencia de una relación jurídica privada nacional, Pero la realidad de la vida social y tráfico internacional provocan el nacimiento de otro tipo de relaciones.

LA DIALÉCTICA ENTRE LAS NORMAS Y LA RELACIÓN JURÍDICA COMO ELEMENTO CARACTERIZADOR DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

Las normas sociales al igual que las jurídicas son construcciones sociales y como toda norma apuntan a regular las interacciones, los individuos en un texto dado a pautar un determinado modo de conducta en sus relaciones cotidianas ambas pretenden generar una convivencia mas armoniosa en la sociedad.

SITUACIÓN PRIVADA INTERNACIONAL.

El derecho internacional privado pretende conseguir la continuidad de las relaciones jurídicas en el espacio, es decir, que una relación jurídica constituida en un ordenamiento tenga validez fuera del espacio territorial en el que rige derecho ordenamiento validez en el extranjero.

La situación en el derecho internacional privado resultan de las exigencias que impone el tráfico internacional. Los negocios, la circulación o desplazamiento, entre otras, exponen a la persona a que le ocurren hechos hoja que realice actos que afectan su situación en países distintos al suyo; nos referimos, ya sea A causar algún perjuicio o sufrir algún accidente, cuyos efectos trascienden los límites territoriales del país en que se producen, contraer matrimonio, tener descendencia, adquirir bienes, celebrar contratos, formular declaraciones de voluntad y contraer obligaciones.

SITUACIONES INTRACOMUNITARIAS, INTERNACIONALES INTERNAS

En función de los contratos del sujeto con sujetos de Estados miembros de la Unión Europea o con otros terceros estados no comunitarios, podemos distinguir dentro de las situaciones internacionales las situaciones internacionales intracomunitarias.

DIVERSIDAD DE MATERIA Y OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El derecho internacional privado tiene por objeto único y predominante, la solución de los conflictos de leyes, eligiendo el adecuado para ello entre los ordenamientos jurídicos circundantes.

El objeto del derecho internacional privado es regir la relación jurídica Extranacional por un derecho material extranacional.

El objeto específico del derecho internacional privado consiste en resolver los conflictos jurídicos derivados de las relaciones jurídicas entre súbditos de división soberanicas que se rigen por distintas leyes.

CONTENIDO Y OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Las relaciones jurídicas cuyos elementos constitutivos pertenecen a sistemas jurídicos diferentes en el espacio, es decir, sistemas susceptibles de aplicarse al mismo tiempo para resolver el mismo problema jurídico en virtud de que los elementos constitutivos de la relación objeto del problema están vinculados uno y otro de estos ordenamientos jurídicos.

El derecho internacional privado, tiene el objeto puramente formal de señalar la urgencia especial de las normas jurídicas de más de un estado, es decir, es una situación jurídica concreta que actualiza las hipótesis legales de normas jurídicas pertenecientes a más de un país.

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, DERECHO DE NACIONALIDAD Y DERECHO DE EXTRANJERÍA

Derecho internacional privado

Es la relación entre particulares que la conforman, dentro del marco territorial, están reguladas por las mismas leyes, que emane de un órgano o poder del mismo estado.

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