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Derecho penal El Derecho de Acción


Enviado por   •  27 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  1.574 Palabras (7 Páginas)  •  104 Visitas

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1) La acción es un derecho público subjetivo mediante el cual se requiere la intervención del órgano jurisdiccional para la protección de una pretensión jurídica.

El Derecho de Acción es una potestad de todo ser humano de exigir al Estado su tutela jurisdiccional por intermedio de su órgano judicial competente, este es un derecho procesal y viene a ser la que da origen ensi mismo al proceso, el derecho de acción es representado por la demanda en materia civil (en materia penal con la denuncia) siendo este derecho presente en el derecho procesal con exclusividad; vendría a ser la forma en como uno quiere hacer valer sus derechos;

Escuelas alemanas e italianas:


Wach:
La acción como un derecho autónomo contra el estado y frente al demandado; en cuanto el estado debe otorgar tutela al derecho invocado y el demandante debe asumir las pretensiones por medio de la sentencia


WINDSCHEID
Concibió la acción como el derecho mismo y la potestad de reaccionar contra su violación, con miras al demandado y pidiendo una sentencia favorable, dice que todo lo que le hace daño a un derecho genera una pretensión por parte del afectado


MUTER
Derecho del cual se obtiene una tutela jurídica y que se dirige de una parte contra el estado y otra contra el demandado.

Devis Echandia
La acción como el derecho público, cívico, subjetivo, abstracto y autónomo, que tiene toda persona natural o jurídica, para obtener la aplicación de la jurisdicción del Estado a un caso concreto mediante sus sentencias


Savigni
La acción es un derecho nuevo que nace de la violación del derecho material subjetivo generador de una obligación


Muther
La acción, es un derecho subjetivo público, que el estado otorga al dar tutela jurídica mediante una sentencia favorable emitida por autoridad pertinente


VÉSCOVI

La acción consiste en el poder de reclamar determinado derecho ante la jurisdicción, y ese poder determina la obligación del órgano jurisdiccional de atenderlo, de darle movimiento, de poner en marcha el proceso, por lo que en definitiva quien ejerce el poder tendrá respuesta: la sentencia.


Giuseppe Chiovenda
Es un derecho en donde un sujeto tiene un poder jurídico para tomar decisiones frente a otro sujeto de manera subjetiva, pero objetiva al ser otorgado por el estado mediante el derecho correspondiente


3) SUJETO ACTIVO: Es el titular de la relación jurídica que se pretende aparada por una norma legal. 

5) PENDIENTE

7) La demanda, la denuncia, la acción de tutela, derecho de petición.

9) Podríamos decir que el derecho de contradicción es el mismo derecho de acción en negativo, es decir, otorgada al demandado.

El derecho de contradicción es aquel que pertenece a todo sujeto, bien sea persona natural o jurídica, por el simple hecho de ser accionado o demandado, o bien por el hecho de ser imputado o sindicato por la comisión de un hecho punible, mediante el cual, se defiende de las pretensiones o imputaciones (excepción). Este derecho es una emanación del derecho constitucional de la defensa que debe reinar en todo proceso legal.

De esta manera, el derecho de contradicción al igual que el derecho de acción, se fundamenta en un interés general, dado que no mira en específico la defensa del demandado o imputado, sino el interés público del respeto a los principios constitucionales de no poder ser juzgado sin antes ser oído, sin darle los medios adecuados para su defensa, en el plano de igualdad de oportunidades y derechos, y el que niega el derecho de hacer justicia por su propia mano. En cuanto al objeto de este derecho de contradicción, encontramos que el mismo no es perseguir una tutela concreta mediante una sentencia favorable al demandado o imputado (excepción), sino la tutela abstracta por una sentencia justa y legal, cualquiera que sea, y la oportunidad de ser oído en el proceso para el ejercicio del derecho a la defensa en igualdad de condiciones, facultades y cargas (acción en sentido negativo).

11) UNA MERAMENTE NEGATIVA: De espectador del proceso, sin comparecer ni contestar la demanda.

UNA ACTITUD PASIVA: Cuando el demandado interviene en el proceso y contesta la demanda.

Cuando acepta expresamente la pretensión del actor;esto es . se allana a la demanda.

De oposición y defensa relativa; como cuando el demandado interviene y contesta la demanda para negar el derecho material del actor y los hechos que le sustentan.

13) Sí, tenemos la jurisdicción ordinaria, la jurisdicción de lo contencioso administrativo, jurisdicción constitucional, jurisdicción especial, jurisdicción disciplinaria y la fiscalía general de la nación

15) No, creemos que con las que tenemos es suficiente, pero sí deben ser purificadas e intervenidas debido a la gran corrupción que hay en ellas.

17)

19)

21)  También conocidos como órganos auxiliares, o también como personal no juzgador cuya participación tiene lugar en los siguientes niveles:

* En las funciones jurisdiccionales.- a través de la actividad procesal coadyuvante en mesa de partes, despacho, diligencias y notificaciones.

El auxiliar del juez por antonomasia es el secretario, quien al decir de Binder, resulta importantísimo que no ejerza nunca funciones jurisdiccionales en la medida que no se convierta en el dueño del expediente lo que corresponde con participación directa en el proceso penal al juez. De donde observamos que su tarea se limita a asistir al juez en las actuaciones o diligencias que realizan dentro o fuera del local.

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