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Derechos De La Persona


Enviado por   •  4 de Febrero de 2014  •  7.742 Palabras (31 Páginas)  •  276 Visitas

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

CURSO : DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO

TEMA : MEDIOS IMPUCNATORIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

DOCENTE : DR. JOSE CHUMAN HUAMAN

INTEGRANTES : -BRIAN DAVID PAREDES AGUADO

-MARIA LINDAY MELENDEZ RUIZ

TURNO : NOCHE

CICLO : III

LIMA – PERÚ

2014

INTRODUCCION

ÍNDICE:

-Alcances generales sobre la impugnación procesal

-El error

-Los medios impugnatorios

-La decisión jurisdiccional

-Medios impugnatorios en la Ley del proceso contencioso administrativo

2.1 El Código procesal civil y el Proceso contencioso administrativo

2.2 Requisitos generales

2.3 El recurso de reposición

2.4 El recurso de apelación

2.5 El recurso de casación

2.6 El recurso de queja

-Conclusiones

-Bibliografía

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo de investigación vamos a estudiar el tema de los medios impugnatorios en el proceso contencioso administrativo. Teniendo en cuenta que, en la legislación peruana, existe una identidad entre los medios impugnatorios que se cuentan tanto en el proceso contencioso administrativo como en el proceso civil, he recurrido a la doctrina del proceso civil, para explicar los medios impugnatorios en el proceso contencioso administrativo, sin perjuicio de hacer notar las diferencias que se presentan.

En el primer capítulo se tratará de un tema general, como es la impugnación procesal, dentro del cual se encuentra el tema de los medios impugnatorios, que es nuestro objeto de estudio.

En el segundo capítulo se estudiará cada uno de los medios impugnatorios con los que cuenta el administrado en el proceso contencioso administrativo peruano.

Finalmente, se debe señalar que el proceso contencioso administrativo y, específicamente, los medios impugnatorios que se pueden interponer dentro de éste, han sido estudiados por pocos autores peruanos, por lo que la bibliografía que se cuenta sobre el particular es bastante limitada.

ALCANCES GENERALES SOBRE LA IMPUGNACIÓN PROCESAL

EL ERROR

El acto de juzgar, visto con sencillez, sólo es un acto humano y, por lo tanto, pasible de error. Siendo así, es necesario que tal acto pueda ser revisado por otros seres humanos, teóricamente, en mejor aptitud para apreciar la bondad de la decisión, ya sea para confirmarla o revocarla.

Por lo tanto, el error es el fundamento de la impugnación procesal, pues lo que se busca con este instituto es conceder a las partes la posibilidad de impugnar un acto procesal, denunciando un error, a fin que éste sea corregido.

LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS

En el fondo, lo que se pretende con los medios impugnatorios, es una aspiración de justicia, puesto que el principio de inmutabilidad de las resoluciones judiciales, (que es el fundamento de la cosa juzgada, derivado de la necesidad de certeza para la estabilidad de las relaciones jurídicas), deberá ceder ante la posibilidad de una resolución judicial injusta.

Los medios impugnatorios se conciben también como mecanismos de saneamiento procesal, pues tienen como misión evitar los errores y las arbitrariedades del juzgador en la sustanciación del proceso, permitiendo decisiones legales y justas.

La impugnación es el acto que consiste en objetar un acto jurídico procesal de cualquier naturaleza, que puede provenir de cualquier sujeto del proceso. Los medios impugnatorios representan manifestaciones de voluntad realizada por las partes (y aun por los terceros legitimados), dirigidas a denunciar vicios o errores que afectan a uno o más actos procesales, a fin que el órgano jurisdiccional revisor proceda a su revocación o anulación, para que con ello se eliminen los agravios inferidos al impugnante, derivados de la irregularidad de los cuestionados actos procesales.

LA DECISIÓN JURISDICCIONAL

El nuevo examen de la resolución judicial es el elemento central de los medios impugnatorios, su esencia, en definitiva. Finalmente los medios impugnatorios existen sólo porque es necesaria la realización de una nueva revisión o examen del acto procesal impugnado.

El órgano jurisdiccional revisor al resolver el recurso de impugnación puede anular o revocar, total o parcialmente, un acto procesal afectado por vicio o error.

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