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Direccion Ejecutiva De Ingresos

mannie7711 de Octubre de 2013

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1. INTRODUCCION

Estimados colegas el presente informe es sobre la DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS (DEI) y sus funciones. El estado crea este órgano desconcentrado para controlar el sistema tributario y aduanas en el país. En este documento plasmamos los datos que pudimos recaudar en la oficina regional de la DEI situada en la calle 13 de esta ciudad y lo que tiene la página web de esta entidad.

Con este informe buscamos entender cómo trabaja la DEI como se conforma y cuáles son las funciones dirigiéndonos con los alineamientos dados en la clase de Derecho Administrativo y las lecciones dentro del libro de “Curso de Derecho administrativo” del Abogado Edmundo Orellana para explicar cada una de las pautas; dando a conocer que sistema de organización, la competencia, sus atribuciones, etc.

Esperando que al terminar este informe y presentación por hacer podamos dar una breve, pero amplia explicación sobre esta entidad tan importante en el engranaje de la administración central.

2. ANTECEDENTES

El surgimiento de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), es el resultado de un largo proceso evolutivo inspirado en la necesidad de hacer más eficientes, eficaces y transparentes los servicios de recaudación tributaria en el país. Su antecedente más lejano lo encontramos en lo que se denominó como Dirección General de Rentas, que posteriormente se convirtió en Dirección General de Aduanas y Tributación Indirecta y no fue sino hasta el 1º. De Julio de 1956 que se creó mediante Decreto Ley No. 254 como Dirección General de Aduanas, dependiendo de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Actualmente y a partir del mes de Marzo de 1990, se procedió a una nueva reestructuración organizativa, la cual tenía como objetivo primordial la centralización de funciones afines.

3. CONTENIDO

CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS Y DIRECCIONES ADJUNTAS

La Dirección Ejecutiva de Ingresos fue creada mediante Decreto 159/94, " Ley de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI)" publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 17 de diciembre de 1994, constituyéndola como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con autonomía administrativa, técnica y financiera.

Seguidamente, mediante Decreto 219-2004 Ley de la Restructuración de la Administración Tributaria se deroga la norma antes citada y se crea a la Dirección Ejecutiva como un órgano administrativo dependiente de la Secretaría de Finanzas, dando como origen la Aprobación de un nuevo Reglamento de Funciones y Atribuciones de la DEI, mismo que se oficializa mediante Acuerdo Ejecutivo 0397, el cual para cumplir con las funciones de recaudar, fiscalizar y cobro de los impuestos tributarios y aduaneros se apoyó de dos Direcciones Adjuntas denominadas Rentas Internas y Rentas Aduanera denominado Nivel Ejecutivo Central.

Actualmente la DEI, con la aprobación del Decreto 17-2010 Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, vuelve a ser órgano desconcentrado pero con un sistema laboral especial, con autonomía funcional, técnica, financiera, administrativa y de seguridad nacional, el que le permite contar con una estructura orgánica compuesta por un Nivel Ejecutivo que lo conforman el Director Ejecutivo y sus Directores Adjuntos, denominados Director Adjunto de Rentas Internas, Director Adjunto de Rentas Aduaneras y Director Adjunto de Cumplimiento.

RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS

La Dirección ejecutiva de Ingresos es la institución responsable de la administración de todos los ingresos tributarios, incluyendo los aduaneros, actúa en nombre y representación del Estado en el cumplimiento de las funciones de captación de ingresos, supervisión, revisión, control, fiscalización y ejecución de cobro en la aplicación de las Leyes Fiscales Sin perjuicio de la estructura organizativa de la Secretaria de Estado en los despachos de Finanzas, la Dirección Ejecutiva de Ingresos tiene su propia organización, incluyendo un sistema especial de nomenclatura, clasificación y remuneración de cargos y regímenes propios para la entidad, de personal, disciplinario, contratación administrativa y de carrera tributaria y aduanera para asegurar el cumplimiento de sus funciones.

PRESUPUESTO ANUAL DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS

El presupuesto anual de la Dirección Ejecutiva de Ingresos está incluido en el presupuesto de la Secretaria de Estado en los despachos de Finanzas y se fija en forma porcentual a los ingresos tributarios que administra y que son recaudados en el año inmediato anterior, sin exceder en ningún caso, del dos y medio por ciento (2 ½ %) de los mismos. Los recursos se acreditan por mensualidades anticipadas y se depositan en cuentas especiales en el Banco Central de Honduras.

El presupuesto anual para el 2013 de esta entidad es de 898,562,852.00 lempiras.

MISION DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS

Su misión es optimizar la recaudación, mediante la administración, aplicación, fiscalización, supervisión, revisión, control eficiente y eficaz, ejecución de cobro, de los tributos internos y aduaneros, la orientación y facilitación del cumplimiento voluntario, promover el cumplimiento veraz y oportuno de las obligaciones tributarias, ejercer la cobranza y sanción de los que incumplen de acuerdo a lo que establecen las leyes y normas tributarias y aduaneras vigentes, con excepción de los tributos que por Ley administran, recaudan y fiscalizan las Corporaciones Municipales y otras entidades del Estado, salvo en aquellos casos en que la Administración Tributaria celebre convenios de cooperación con las Municipalidades y otras entidades del Estado. Art73 Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público. (LFIESRGP)

ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS (DEI): ART 74 (LFIESRGP)

Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en la Constitución de la República, convenios internacionales aprobados por el Congreso Nacional en materia tributaria y aduanera, Código Tributario, leyes especiales y tributarias y aduaneras; Resolver de forma definitiva los procedimientos iniciados de oficio a instancia de parte interesada en el marco de su competencia; Promover la cultura tributaria en la población mediante programas de asistencia, orientación y educación fiscal; Gestionar la recaudación de los tributos y gravámenes establecidos en las diferentes leyes en materia tributaria y aduanera; Recuperar los adeudos tributarios y aduaneros a través de los mecanismos legales; Requerir de terceros públicos y privados toda la información contable, financiera, bursátil, registral y de cualquier otra índole necesaria para el cumplimiento de las funciones investigativas, de control y fiscalizadoras establecidas en la presente Ley y su reglamento; Establecer procedimientos agiles y simplificados para la tramitación expedita de las operaciones tributarias o aduaneras, para aquellos contribuyentes que sean calificados con un perfil de buena conducta fiscal según los criterios que se determinen en el Reglamento; De manera general administrar el sistema tributario y aduanero hondureño, ejerciendo todas las facultades establecidas en el Código Tributario, la presente Ley y demás normativas relacionadas.

REGIMEN DE REMUNERACION Y DEL REGIMEN LABORAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA TRIBUTARIA Y ADUANERA.

Este comprende de un régimen salarial y un régimen de incentivos. Serán financiados con el presupuesto de la institución y con las transferencias acordadas con la secretaria de finanzas. El régimen especial laboral de la carrera administrativa tributaria y aduanera se encargara de los derechos y obligaciones de los que se rigen bajo este reglamento, este incluye lo relativo a su seguridad, las normas de ingreso, capacitación, ascenso, traslado, suspensión, extinción de relación de empleo.

Con la carrera administrativa los empleados que estaban trabajando cuando entro en vigencia esta nueva ley mantenían sus derechos laborales y prestaciones igual su antigüedad también sus trabajos. Estos entraran a evaluación para ver si llenaban los requisitos y méritos para estar en los puestos que estaban asignados los que no llenaban los requisitos serian movidos a puestos similares a su capacidad o debidamente separados y cesanteados. Esto se regula en el estatuto de la carrera administrativa tributaria y aduanera.

PATRIMONIO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESO

•Las asignaciones presupuestarias de la secretaria de finanzas de hasta 2.5% del total de la recaudación de tributos internos y aduaneros de la gestión anterior.

•Ingresos propios provenientes de subastas, remates o servicios de transporte de datos y prestación de servicios de cualquier índole.

•Transferencias, legados y donaciones de otras fuentes públicas o privadas ya sean nacionales o internacionales y las provenientes de programas de cooperaciones internacionales.

•Transferencias acordadas con la secretaria de finanzas.

•Los saldos existentes que no sean ejecutados dentro del presupuesto deberán ser invertidos en bonos del estado.

ESTRUCTURA ORGANICA DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS ART 75 , 76 77.(LFIESRGP):

La DEI es una entidad desconcentrada de la Secretaria de Finanzas el nombramiento de su titular está a cargo del Presidente de la Republica y este podrá ser removido solo por el Presidente mismo. El titular de la DEI podrá nombrar a 6 personas de su entera confianza como asesores y sub directores de las diferentes direcciones o niveles que mencionaremos

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