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EJEMPLO DEMANDA JAL


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  2.703 Palabras (11 Páginas)  •  904 Visitas

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C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO

EN EL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

JUICIO: CIVIL SUMARIO EJECUTIVO

ALFONSO ESCALONA ARANA mexicano, mayor de edad, de profesión Contador Público, señalando como domicilio para recibir toda clase de notificaciones la finca marcada con el número 2799, de la Calle Justo Sierra, Colonia Vallarta Norte en el Municipio de Guadalajara, Jalisco; y en virtud de no tener el título de Abogado, comparezco asesorado en los términos del artículo 2207, segundo párrafo del Código Civil del Estado de Jalisco por el LENIN CUAUHTÉMOC RIOS CHECA, Cédula Profesional 2173701; asimismo nombro como Abogado Patrono en los términos del artículo 42 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco a los Licenciados ROBERTO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ Cédula Profesional 4014979 y/o VERÓNICA NOEMI ROMERO FREGOSO, Cédula Profesional 5287866 y como autorizados para recibir notificaciones e imponerse de los autos a los CC. VÍCTOR FERNANDO CUARENTA PUEBLA y/o MARCO ANTONIO LEAÑOS FLORES, respetuosamente ante Usted, comparezco para;

E X P O N E R:

Que como lo acredito con el testimonio de escritura pública número 6,548 de fecha 12 de Agosto del año 2011, otorgada ante la fe del Lic. José Horacio de la Salud Ramos Ramos, Notario Público 100, de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, soy Administrador y por ende Representante Legal del CONDOMINIO OLIVOS RESIDENCIAL, carácter que desde este momento solicito me sea reconocido por así estarlo acreditando.

Por lo que en nombre y representación del CONDOMINIO OLIVOS RESIDENCIAL y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 266 y 267 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, y 618, IV del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, nos presentamos en la VÍA CIVIL SUMARIA EJECUTIVA a DEMANDAR a BANSÍ S.A. Institución de Banca Múltiple en su calidad de propietario de la Unidad Privativa ubicada en la Manzana H, Lote 3, en el Condominio Olivos Residencial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco.

FIDEICOMISOS. LAS ACCIONES EN SU CONTRA DEBEN EJERCITARSE CONTRA LA INSTITUCIÓN FIDUCIARIA.

Una exégesis de los artículos 381 a 393 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, permite concluir que los fideicomisos, por su propia naturaleza, se traducen en negocios jurídicos por medio de los cuales los fideicomitentes constituyen un patrimonio autónomo distinto del perteneciente a las partes que intervienen en su formación a través del contrato correspondiente, afecto a un fin lícito determinado, teniendo el fiduciario todos los derechos y acciones que se requieran para el cumplimiento de sus fines; sin embargo, cualquier acción en su contra debe ejercitarse contra la institución fiduciaria, la cual para cumplir con las resoluciones que al respecto pronuncien las autoridades competentes afectan, en la medida que sea necesario, los bienes materia del fideicomiso.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 823/2003. Juan Carlos Matuz Aguilar. 12 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Alejandro Bermúdez Manrique. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García.

Amparo directo 821/2003. Héctor Ariel Isiordia Bernal. 19 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Alejandro Bermúdez Manrique. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez.

Novena Época. Registro: 179579. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tesis Aislada. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. XXI, Enero de 2005. Materia(s): Común. Tesis: V.2o.42 K. Página: 1772

A quien le reclamamos los siguientes;

CONCEPTOS Y PRESTACIONES:

A) Por el pago de la cantidad de $61,696.24 (sesenta y un mil seiscientos noventa y seis pesos 24/100 moneda nacional), por concepto de adeudo al quinto bimestre del año 2012 dos mil doce, en el pago de mantenimiento, gastos extraordinarios y recargos de la Unidad Privativa ubicada en la Manzana H, Lote 3 (TRES), en el Condominio Olivos Residencial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco.

B) Por el pago de las cantidades que se sigan acumulando posteriores al quinto bimestre del año 2012 dos mil doce, por concepto de pago de mantenimiento, gastos extraordinarios y recargos de la Unidad Privativa ubicada en la Manzana H, Lote 3 (TRES), en el Condominio Olivos Residencial, en el Municipio de Zapopan, Jalisco, hasta su total liquidación.

C) Por el pago de gastos y costas que genere la tramitación del presente juicio.

La presente demanda se sustenta en los siguientes ANTECEDENTES y HECHOS:

1. En la Ciudad de Guadalajara, Jalisco mediante escritura pública número 32,164 de fecha 29 (veintinueve) de noviembre del año 2005 (dos mil cinco), levantada ante la fe del Lic. ARTURO RAMOS ARIAS, Notario Público Titular Número 52 de la Ciudad de Guadalajara, se constituyó EL RÉGIMEN JURÍDICO DE CONDOMINIO SIMPLE HORIZONTAL denominado CONDOMINIO OLIVOS RESIDENCIAL.

2. De las diversas fracciones que integraron el régimen de CONDOMINIO SIMPLE HORIZONTAL denominado CONDOMINIO OLIVOS RESIDENCIAL se encuentra la Unidad Privativa o lote de terreno con el número 3 (TRES) de la Manzana “H”, (véase foja 107 de la Acta Constitutiva) del Condominio Simple Horizontal y Habitacional denominado “OLIVOS RESIDENCIAL”, al que corresponde el número oficial 2748 de la Avenida Ramón Corona, antiguo camino a Mojonera, constituido en el lote de terreno ubicado al Poniente de la Ciudad de Guadalajara, en la confluencia de la prolongación de la Avenida Ramón Corona, antiguo camino a la Mojonera, y la Avenida de ingreso al Club Ecuestre Internacional, dentro de la Municipalidad de Zapopan, Estado de Jalisco, que formó parte del predio denominado “SAN RAFAEL”, del antiguo rancho conocido con el nombre de “LA MORA”, con la superficie, medidas lineales y colindancias, así como porcentaje proindiviso y limitaciones de dominio siguientes:

SUPERFICIE:- 349.36 trescientos cuarenta y nueve metros treinta y seis centímetros cuadrados.

MEDIDAS LINEALES Y COLINDANCIAS:

AL NORTE:- en línea que va de oeste a este en 13.83 trece metros ochenta y tres centímetros con lote 26 veintiséis y 16.93 y dieciséis metros noventa y tres centímetros con lote 2 dos.

AL

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