EL DERECHO PROCESAL
ale0424Ensayo21 de Enero de 2019
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EL DERECHO PROCESAL
El derecho procesal romano podría ser definido como una rama del derecho público, que tenía como finalidad determinar las reglas que deben ser observadas en la tramitación de los procesos fundamentales que estaban orientados a resolver conflictos de relevancia jurídica por los tribunales de justicia.
El proceso es un conjunto de actos procesales, de las partes del juez o de terceros, destinados a la resolución de un conflicto o solucionar situaciones que aparecen inciertas, un ejemplo de ellas: presentación de la demanda, la dictación de sentencia por parte del juez y la declaración de testigos. Aunque el concepto de proceso puede ser más amplio que el de litigio o juicio, ya que además de estar encaminado a la resolución de conflictos también lo está a todo un conjunto de gestiones, que están destinadas a dar certeza a situaciones jurídicas inciertas. Los conflictos entre partes que dan origen a un proceso, se denominan contencioso, pero cuando no hay conflicto, el asunto es denominado no contencioso o voluntario.
Hay varias clasificaciones del derecho, el Derecho objetivo y Derecho subjetivo.
Hablemos del Derecho Objetivo, que es el conjunto de normas que integran un ordenamiento jurídico que se suele denominar como positivo; ejemplo de este derecho son El Código Civil y Las VII Tablas. Mientras que el Derecho Subjetivo, es el poder de obrar concedido a la voluntad des sujeto para la satisfacción de sus propios intereses, este poder está reconocido y amparado por el Derecho Objetivo; por ejemplo, el derecho de propiedad, la indemnización, etc.
El derecho sustantivo, es el encargado de establecer y regular el contenido de las diversas instituciones, actos o convenciones reconocidas en un ordenamiento jurídico, por ejemplo, la regulación del contrato de compra venta. El Derecho adjetivo, establece el conjunto de normas destinadas a regular las actuaciones ante los tribunales de justicia, por ejemplo; el procedimiento a la acción que tiene el vendedor de exigir que el comprador page el precio.
Y por último el Derecho Civil o Pretor, esta clasificación atiende a los dos sistemas jurídicos de la época clásica, una es la que va creando el pretor al incorporar nuevas situaciones jurídicas en su edicto y el Derecho Civil que está integrado por las demás normas que emanan de las fuentes de derecho.
La facultad que tiene una persona de recurrir a los tribunales de justicia para que resuelvan un conflicto jurídico es llamada, acción, ya el vínculo que se crea al inicio del proceso al iniciar la demanda, y que solo se puede romper con la sentencia del juez, se le llama relación jurídico procesal.
La esencia del derecho procesal romano, es la idea de actio (acción), la cual determina la existencia de un derecho que puede ser reivindicado a través de la misma, la palabra acción se refiere “al instrumento que abre las puestas a un proceso” es decir, la búsqueda de la protección jurisdiccional y en un sentido material, la acción se entiende, como la reclamación de un derecho, en el sentido de la reclamación o pretensión.
Las partes en el procedimiento romano se conocen como actor quien es el solicitante de la impartición de justicia y reus, quien se considera como como el deudor de la obligación cuyo cumplimiento se exige, o a quien se le pide el reconocimiento de un derecho, es decir, el demandado. El derecho romano tiene tres etapas de en su desarrollo procesal, los sistemas de las acciones de la ley coinciden con el formulario, y este a su vez, coexiste con el procedimiento extraordinario.
Las acciones de ley, surgen durante la monarquía y se establecen en la Ley de Las VII Tablas, se basa en acciones preestablecidas a manera de declaraciones solemnes y gestos rituales que se realizan en presencia del magistrado, a fin de obtener el reconocimiento de un derecho la ejecución de una obligación.
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