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EL REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL


Enviado por   •  26 de Marzo de 2016  •  Prácticas o problemas  •  4.598 Palabras (19 Páginas)  •  285 Visitas

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UNIDAD EDUCATIVA FISCAL

JUAN CARLOS MATHEUS POZO

VICHE-QUININDE-ESMERALDAS

        CODIGO AMIE: 08H0101                                                                          Correos electrónicos

      CODIGO CIRCUITO: 08D04C09_a                                                        juancmatheusp@gmail.com

                                                                                                                        jeseniacaicedo@gmail.com    

PLAN ANUAL DEL DECE

Ministerio de Educación > Educación para la Democracia y el Buen Vivir > Departamentos de Consejería Estudiantil

“La atención integral de los estudiantes en proceso de formación es un componente indispensable de la acción educativa y debe ser organizada e implementada por el Departamento de Consejería Estudiantil de los establecimientos educativos en todos los niveles y modalidades”.  Reglamento LOEI, Art. 58.

La Consejería Estudiantil será entendida como un servicio educativo que consiste en acompañar, informar, orientar y capacitar a los estudiantes en la toma de sus decisiones. Asimismo, los profesionales de esta área ejecutarán de manera permanente acciones preventivas frente a problemáticas sociales como embarazo en adolescentes, consumo de drogas, migración, violencia entre pares, delitos sexuales, entre otros; además, referirán a los Sistemas de Protección y de Administración de Justicia  los casos de estudiantes que requieran atención complementaria y emergente.

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EL REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL

SECCIÓN V. DEL DEPARTAMENTO DE CONSEJERÍA ESTUDIANTIL

Art. 58.-

La atención integral de los estudiantes en proceso de formación es un componente indispensable de la acción educativa y debe ser organizada e implementada por el Departamento de Consejería Estudiantil de los establecimientos educativos en todos los niveles y modalidades. Para ello, este Departamento se apoya necesariamente en la gestión de todos los miembros de la comunidad educativa. Los servicios de este organismo deben llegar a todos los estudiantes de cada establecimiento educativo.

El modelo de organización y funcionamiento específico del Departamento de Consejería Estudiantil, así como los deberes y obligaciones de sus integrantes y otros aspectos específicos, deben ser establecidos en la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

Art. 59.- Responsabilidad compartida.

En las actividades y programas atinentes al Departamento de Consejería Estudiantil, debe participar activamente todo el personal de la institución: directivos, docentes y administrativos, así como los estudiantes y sus representantes legales. Las acciones y los programas deben ser organizados por el Departamento de Consejería Estudiantil y deben ser puestos a consideración del Consejo Ejecutivo del establecimiento para su análisis y aprobación.

Para cumplir con los preceptos constitucionales de protección de derechos y la normativa vigente, las actividades ejecutadas por el Departamento de Consejería Estudiantil se guían únicamente por criterios científico-técnicos y éticos, y excluyen toda forma de proselitismo.

Misión y visión del departamento

Misión

Para el Departamento de Consejería, lo más importante es ayudar a nuestros niños, niñas,  adolescentes y demás actores de la comunidad educativa, a procurar un mejor estilo de vida  y contribuir al desarrollo de habilidades, diseñadas a facilitar el aprendizaje  personal, social, vocacional e intelectual.

Visión

Formar hombres y mujeres emprendedores, que amen la verdad y la vida, con conciencias críticas, responsables y capaces de brindar soluciones pacíficas y constructivas  ante las dificultades y los retos que se les presenten.

OBJETIVOS:

Objetivo general:

Acompañar en el proceso de formación integral de los estudiantes, constituyéndonos en una herramienta para la solución de las dificultades académicas y una fuente de apoyo en el progreso armónico de la comunidad.

Objetivos específicos:

1. Con la Institución 

  • Contribuir a la realización de estudios y análisis sobre las características y necesidades de los alumnos de la Unidad Educativa
  • Colaborar en la planificación y organización de toda clase de actividades educativas.
  • Promover la cooperación entre la Institución y las familias para una mayor eficacia y coherencia en la educación de los y las estudiantes.
  • Cooperar en la búsqueda de soluciones y salidas positivas a las demandas que vayan surgiendo durante los procesos educativos.
  • Brindar  a estudiantes, profesores y padres de familia mecanismos y pautas de acción para cada caso e inquietudes en los aspectos familiares y estudiantiles.

 2. Con los padres de familia 

  • Acompañar a los padres de familia en su esfuerzo por una convivencia pacífica y emprendedora.
  • Colaborar con los tutores y las familias en la solución de problemas que afectan a sus hijos.

3. Con los docentes

  • Coordinar el trabajo de tutorías y asesorarles en el desempeño de la función tutorial.
  • Acompañar a los docentes en sus actividades en beneficio de la formación de la personalidad del estudiante.
  • Colaborar en la detección de problemas personales, de desarrollo y/o aprendizaje que presenten los alumnos y en la búsqueda de soluciones a los mismos.
  • Contribuir a la formación del profesorado a través de las reuniones tutoriales, reuniones de equipos educativos etc. en temas relacionados con la atención a la diversidad y acción tutorial.

4.      Con los estudiantes

  • Colaborar con el proceso de matriculación de los estudiantes.
  • Potenciar la orientación a todos los alumnos a través de las tutorías.
  • Guiar al estudiante en la distribución de su tiempo y el  desarrollo de los hábitos de estudio.
  • Proporcionar a los estudiantes todos los elementos técnicos necesarios para una verdadera orientación vocacional, educativa y psicológica.
  • Ofrecer a los estudiantes el mejor ambiente educativo y la ayuda necesaria para la prevención y solución de problemas personales, académicos, y disciplinarios.
  • Ofrecer servicios de mediación en sus necesidades educativas.

DE ACUERDO A LA NORMATIVA LEGAL:

La atención integral de los estudiantes en proceso de formación es un componente indispensable de la acción educativa y debe ser organizada e implementada por el Departamento de Consejería Estudiantil de los establecimientos educativos en todos los niveles y modalidades. Para ello, este Departamento se apoya necesariamente en la gestión de todos los miembros de la comunidad educativa.

Personal que forma el Departamento

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