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El Control Social


Enviado por   •  3 de Octubre de 2011  •  5.014 Palabras (21 Páginas)  •  523 Visitas

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2. DERECHO DE PROPIEDAD

Según la Constitución el derecho de propiedad influye sobre toda clase de bienes corporales o incorporales. Solo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. Esta comprende cuanto exijan los interese generales de la nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad publica y la conservación del patrimonio ambiental.

Nadie puede, en caso alguno ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de algunos atributos o facultades esenciales del dominio, si no en virtud de la ley general o especial que autorice al expropiación por causa de utilidad publica o de interés nacional, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio antes los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijara de común acuerdo o en sentencia dictada conforme a derecho por dichos tribunales.

A falta de acuerdo, la indemnización deberá ser pagada en dinero efectivo al contado.

La toma de posesión material del bien tendrá lugar previo pago del total de la indemnización, la que, a falta de acuerdo, será determinada provisionalmente por peritos en la forma que señale al ley. En caso de reclamo acerca de la procedencia de la expropiación, el juez podrá, con el merito de los antecedentes que se invoquen, decretar la suspensión de la toma de posición.

Por su carácter patrimonial y su incidencia en la generación de riqueza y de utilidades, la propiedad ha sido uno de los elementos fundamentales en la estructuración de los diferentes sistemas económicos, estableciéndose una legislación de mayor o menor protección de la propiedad privada, según los modelos y objetivos económicos postulados por dichos sistemas. Mientras para el Sistema Capitalista, la tenencia privada de la propiedad y su libre disponibilidad, resultaban elementos determinantes, para el Sistema de Economía Centralmente Planificada, dicha propiedad, particularmente de los bienes productivos, debía radicarse mayoritariamente en el dominio público. La Economía Social de Mercado, por su parte, reconociendo a la propiedad como un derecho de los particulares, la ha desprovisto de su carácter absoluto, orientándola, en ciertos casos, a la consideración de intereses colectivos. (Tallar, sf)

En cuanto a su naturaleza, el Derecho de Propiedad ha sido también considerado y ubicado en el catálogo de los “Derechos Humanos”, lo que representa un reconocimiento implícito, en cuanto a que las preocupaciones e intereses patrimoniales resultan también para las personas un elemento esencial, asociándose, en no pocos casos, a la libertad individual. Esta consideración deriva también del ámbito internacional, reconociéndose y amparándose el Derecho de Propiedad en diversos textos humanitarios, como las Convenciones Interamericana y Europea sobre Derechos Humanos.( Tallar, sf)

INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo de investigación, comprende el estudio de manera generalizada de lo que trata el tema del Derecho de Propiedad, ya que estos fundamentos básicos se originaron desde la era del Imperio Romano, quienes fueron los que desarrollaron con mayor detalle estos argumentos, los cuales constituye hoy en día los pilares del desarrollo en materia del Derecho Civil en la cultura occidental. En la actualidad nuestra sociedad vive regida en un mundo diverso de leyes aplicables en muchos sentidos de la vida cotidiana de los integrantes de la sociedad, para de esta manera, la misma pueda funcionar cumpliendo al pie de la letra los dictámenes emitidos por las leyes y quienes las imparten.

La propiedad como todo derecho tiene una enorme importancia a través de la adquisición de cosas y obligaciones por parte de aquellas mediante el ejercicio de estos derechos y obligaciones. Además de sus limitaciones; este derecho se encuentra sujeto a restricciones de diversa índole, bien por su ejercicio frente o ante otros sujetos, bien por razón de situaciones que con mayor relevancia predominaban preferentemente al ejercicio de este. En todo caso resulta de especial trascendencia el estudio de este tema puesto que constituye un coto a una posible y total liberalidad al ejercer dicho derecho que eventualmente pudiera constituir un agravio frente a terceros.

DERECHO DE PROPIEDAD

1. DEFINICIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD.

El derecho de propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.[] Habitualmente se considera que el derecho de propiedad pleno comprende tres facultades principales: uso (ius utendi), disfrute (ius fruendi) y disposición (ius abutendi),[] distinción que proviene del Derecho Romano o de su recepción medieval.

Nuestro Código Civil en su artículo 545, define la propiedad como el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley.

2. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE PROPIEDAD.

A continuación se describen las características del Derecho de Propiedad:

* Real: Que es todo lo que pertenece a su dueño legalmente, origina el derecho que el dueño tiene directamente con la cosa.

* Moral: Porque la apropiación que se hace del bien es reflexiva y no instintiva, es decir, la destinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente.

* Exclusivo: En una posesión solo puede haber un propietario, y éste excluye a terceros en tal situación jurídica, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos, que no puede aplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez.

* Limitado o restringido: Por las exigencias del bien común, por la necesidad ajena y por la ley, y subordinado, en todo caso, al deber moral.

* Perpetuo: Porque no existe un término establecido para dejar de ser propietario, es decir, no lleva en sí una causa de extinción por razón del tiempo. Incluso si la cosa perece por el transcurso del tiempo es el perecimiento de la cosa y no el tiempo transcurrido lo que extingue la propiedad.

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