¿En Qué Se Ven Reflejados Tales Avances En Caso Que Se Hubieran Presentado?
viviana.lozanod15 de Febrero de 2015
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¿En qué se ven reflejados tales avances en caso que se hubieran presentado?
En Colombia se ven reflejados avances en los últimos 30 años ya que el concepto de Salud Ocupacional en Colombia ha tomado bastante importancia en los sectores industriales, sociales, legales, económicos y hasta culturales, teniendo un progreso y varios cambios significativos; enfocándose en conceptos del riesgo ocupacional y los elementos principales de promoción, prevención y control.
La Ley 9 de 1979 fue la primera aproximación real del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que “la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en la que participarán el gobierno y los particulares. A partir de esta idea en Colombia se han realizado importantes cambios no solo de términos teóricos sino también legales pero sobre todo cambios en las perspectivas de empresas y trabajadores, hoy en día se exigen profesionales más preparados e idóneos para desempeñarse como consultores en Salud Ocupacional.
Para propagar una cultura de la prevención contra accidentes y enfermedades laborales la Ley 100 en Colombia fue el primer intento del gobierno; antes se actuaba de forma correctiva; hoy en día existen entidades que se encargan de persuadir, preparar y concientizar a los trabajadores de varios peligros. En general el estado colombiano ha hecho varios esfuerzos por tratar de estar a la altura de diferentes países respecto a la prevención y promoción de accidentes laborales, protegiendo así a los trabajadores de accidentes y enfermedades con efectos irreversibles, sin embargo la legislación se está quedando corta a pesar de que ofrece garantías para la atención médica y psicosocial de los afectados, la discriminación y la exclusión generan retrasos y trabas en el sistema, si bien el sistema promueve la compensación y la inclusión a pesar de cualquier consecuencia de algún evento laboral, la realidad a veces es otra, falta atención y control de inspectores del ministerio para ejercer las funciones de vigilancia en todo el país.
Cabe mencionar que gracias a la ley de Riesgos laborales el ministerio de trabajo define nuevos beneficios como:
1. Inclusión de la obligatoriedad de cubrimiento en riesgos laborales para los independientes o contratistas.
2. El aumento en el valor de las sanciones por incumplimiento de la normatividad.
3. Vinculación de la juntas calificadoras como entidades adscritas al Ministerio del Trabajo, que dará especial vigilancia a las mismas. Sus miembros podrán ser sancionados y responsables solidariamente por los dictámenes que emitan.
4. Por primera vez en Colombia se incluye dentro de los riesgos laborales, aquellos eventos que les sucedan a los trabajadores en ejercicio de función sindical. Aún en permiso sindical.
5. Aumento del valor de la sanciones por accidentes laborales.
6. Amplía el tiempo en el que prescribe el pago de las incapacidades temporales de uno a tres años.
7. Las sanciones se establecieron entre 1 y 1000 SMMLV, de acuerdo al incumplimiento de la norma, pero en el accidente mortal la sanción MINIMA será de 20 SMMLV.
8. Afiliación obligatoria a los estudiantes cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional.
9. El Ministerio de Trabajo tendrá seis meses para replantear la Organización de las Juntas Nacionales de Calificación de Invalidez, que de ahora en adelante estarán adscritas al Ministerio y tendrán estricta vigilancia por parte de las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría.
10. Las micro y pequeñas empresas tendrán una atención especial
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