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Ensayo Sobre Cuentas Por Cobrar


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  1.761 Palabras (8 Páginas)  •  375 Visitas

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EFECTOS POR COBRAR

Dentro de la clasificación de los activos circulante encontramos: los efectos y cuentas por cobrar, están compuestos por los derechos que tiene una entidad por las operaciones que realiza por diferentes conceptos, entre los cuales están las ventas de bienes o la prestación de servicios o dinero que se ha entregado a otras partes y sobre las cuales se tienen los derechos de cobro.

Los efectos y cuentas por cobrar comerciales están formados por los derechos que tiene la empresa proveniente de las ventas realizadas a crédito a los clientes. Cuando la operación de venta es exigible y está respaldada con letras de cambio, se denomina el saldo respectivo efectos por cobrar, y cuando la operación es exigible con una factura, la denominación de la cuenta que soporta estas operaciones deberá ser la de cuentas por cobrar. Los efectos a cobrar, no son más que las letras de cambio y los pagarés por cobrar, por parte del individuo (persona, empresa o institución) que otorgó el crédito.

Las letras de cambio y el pagaré constituyen documentos de crédito que pasan a formar parte en el balance general de los efectos a cobrar ó a pagar, dependiendo de la transacción realizada. En los tiempos modernos, estos instrumentos de crédito se han convertido en una herramienta importante para las transacciones comerciales, ya que las mismas están contempladas en el Código de Comercio, lo cual hace posible su cobro.

Los efectos a cobrar (letras de cambio y pagarés), tienen un valor entendido y por lo tanto representan una garantía efectiva para recuperar el valor de los mismos. Ya que el Código de Comercio establece la normativa que debe realizarse en los recursos o acciones contra los endosantes, el librador y los demás obligados en caso de falta de pago de tales efectos.

Por las razones expuestas, es que la mayoría de las empresas o instituciones bancarias los utilizan como una garantía del cobro de los bienes o servicios que venden o prestan, ya que constituyen un documento de crédito con un basamento legal claramente establecido en el Código de Comercio.

La letra de cambio:

La letra de cambio, denominada en nuestro país "giro", es un documento mercantil que contiene una promesa u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Y constituye una orden escrita, mediante el cual una persona llamada Librador, manda a pagar a su orden o a la otra persona llamada Tomador o Beneficiario, una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera persona llamada Librado.

A continuación se definen las características de cada uno de los sujetos que intervienen en una letra de cambio: - El Librado o Girado: la persona a la que se da la orden de pago (quien debe pagar), es el destinatario de la orden dada por el librador. El Código de Comercio requiere que en la Letra de Cambio se diga el nombre del Librado, es decir, el nombre del que debe pagar (Art. 410, Ord. 3). - El Librador o Girador: la persona que ordena hacer el pago. En el Código de Comercio se exige que la letra de cambio lleve su firma (Art. 410, Ord. 3). - El Beneficiario o Tomador: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma ordenada por el Librador.

NORMAS DE VALORACIÓN Y EXPOSICIÓN

EFECTOS Y CUENTAS POR COBRAR

Son derechos de la entidad, producto de obligaciones contraídas por terceros por concepto de compras de produc¬tos, prestación de servicios, ventas de bienes, arrendamien¬to de inmuebles, concesiones o licencias de explotación de bienes de cualquier naturaleza, servicios o actividades aná¬logas. También incluyen los pagos a cuenta o en exceso de impuestos y contribuciones.

Se generan en el momento en que se configuran los hechos que los originan y se cancelan, cuando se produce el cobro conforme a las cláusulas contractuales acordadas.

Se incluyen en este grupo los pagos anticipados, por concep¬to de gastos, servicios o bienes que se recibirán en ejerci¬cios siguientes:

Valoración:

Los efectos y cuentas por cobrar se valoran a su valor no¬minal, actualizado dicho valor, en el caso de los efectos a corto plazo, por el importe de los efectos descontados y por la provisión correspondiente al estimado de los efectos incobrables, de autorizarse su creación.

El importe por aumento o disminución de la citada provisión por la pérdida estimada, afectará el resultado del ejercicio económico.

En las cuentas por cobrar su valor es actualizado por la provisión de valuación correspondiente al estimado de las cuentas incobrables, formando parte del resultado del ejercicio económico la variación de la citada provisión.

Las cuentas y efectos por cobrar en moneda extranjera se va¬luarán al tipo de cambio vigente al momento de su origen y al vigente en la fecha de cierre del ejercicio. Cuando esto signifique una disminución del valor pactado originalmente, la pérdida afectará el resultado del ejercicio económico.

Exposición:

Se expondrán como efectos y cuentas por cobrar a corto plazo aquellos cuyos vencimientos se proyecten dentro de los doce meses a partir de la concertación de la operación que les dió origen. Los que venzan después de los doce meses de originada

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