Estatutos SNTE
emanvama20 de Abril de 2012
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ESTATUTOS
2004
SINDICATO NACIONAL
DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
PRESIDENTA
SECRETARIO EJECUTIVO
COLEGIADO NACIONAL DE ORGANIZACIÓN
COLEGIADO NACIONAL DE INNOVACIÓN TEC. Y REINGENIERÍA ORGANIZATIVA
COLEGIADO NACIONAL DE DESARROLLO EDUCATIVO Y CULTURAL
COLEGIADO NACIONAL DE FORMACIÓN SINDICAL
COLEGIADO NACIONAL DE RELACIONES, VINCULACIÓN SOCIAL Y ORG. ADHERENTES
COLEGIADO NACIONAL DE SEGURIDAD Y DERECHOS SOCIALES
COLEGIADO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
COLEGIADO NACIONAL DE COMUNICACIÓN
COLEGIADO NACIONAL DE ASUNTOS LABORALES
COLEGIADO NACIONAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
COLEGIADO NACIONAL DE NEGOCIACIÓN
COMITÉ NACIONAL DE ACCIÓN POLÍTICA
COMITÉ NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
COMITÉ NACIONAL DE VIGILANCIA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL MTRA. ELBA ESTHER GORDILLO
PROFR. RAFAEL OCHOA GUZMÁN
PROFR. ALFONSO CEPEDA SALAS
PROFR. ARIEL CASTILLO NÁJERA
PROFR. JULIO PERALTA ESTEVA
PROFR. CARLOS LUÍS MIRAMONTES ÁVILA
PROFR. FLORENTINO BALAM XIU
PROFR. ROGELIO RODRÍGUEZ RANGEL
PROFR. JOB BERNACHE GUZMÁN
PROFR. RAÚL GONZÁLEZ FLORES
PROFRA. MARÍA DEL CARMEN RIZO RUIZ
PROFR. GONZALO AMADOR JUÁREZ URIBE
PROFR. GABRIEL PENICHE FERREYRO
PROFR. FREDDY SANTOS MORALES
PROFR. ALBERTO HERNÁNDEZ MENESES
PROFR. MARCO VINICIO FLORES CHÁVEZ
PROFR. EFRAÍN MORNRREAL GASTELUM
PROFR. CARLOS RUBÉN LÓPEZ DADO
PROFR. VÍCTOR MANUEL GONZÁLEZ G.
PROFR. JOSÉ ARTEMIO ROMERO SÁNCHEZ
PROFR. GAUDENCIO HERNÁNDEZ BURGOS
PROFR. ENRIQUE MELÉNDEZ PÉREZ
PROFR. GILBERTO PINDTER ORTIZ
PROFR. OSCAR OCTAVIO BELTRÁN RUIZ
PROFR. ROSALÍO GÓMEZ RIZO
PROFR. MANUEL MUÑOZ GÓMEZ
PROFR. FÉLIX MENDOZA ACUÑA
PROFR. LEOPOLDO FELIPE RODRÍGUEZ G.
PROFR. JORGE ADALBERTO VELÁSQUEZ R.
PROFR. LÁZARO MEDINA BARRAGÁN
PROFR. J. DIMAS SAGAHÓN HERNÁNDEZ
PROFR. DAGOBERTO LIMONES LÓPEZ
PROFR. MAURO OYORZABAL GÓMEZ
PROFRA. MA. ELENA NAVA MARTÍNEZ
PROFR. FRANCISCO CHÁVEZ PLANCARTE
PROFR. JESÚS HUERTA CARRERA
PROFR. BENJAMÍN SOTO ZÚÑIGA
PROFRA. OLGA HAYDEE FLORES VELÁSQUEZ
PROFR. JOSÉ PEÑUELAS HERMOSILLO
PROFR. ENRIQUE KU HERRERA
PROFR. MARIO ANTONIO GÓMEZ GARCÍA
PROFR. MANUEL TZAB CASTRO
PROFR. SUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ
PROFR. ROSENDO GALÍNDEZ MARTÍNEZ
PROFR. JOSÉ MENDIVIL ZAZUETA
PROFRA. MIRNA ARACELI MANJARES VALLE
PROFR. JOSÉ MANUEL SANTANA DELGADO
PROFR. JOSÉ ANGELINO CAAMAL MENA
PROFRA. MA. SANJUANA CERDA FRANCO
PROFR. JUAN DÍAZ DE LA TORRE
PROFR. JUAN MANUEL ARMENDÁRIZ RANGEL
PROFR. FRANCISCO ARRIOLA URBINA
PROFR. MANUEL FORT MAYORAL
PROFR. MARIO JIMÉNEZ NAVARRO
PROFR. JOSÉ LUÍS GÓMEZ CHÁVEZ
PROFR. HERMINIO SANTÍN MÉNDEZ
PROFR. EMMA RUBIO RAMÍREZ
PROFR. JOSÉ BENJAMÍN DE JESÚS MAYORAL SÁNCHEZ
PROFR. DAVID AGUILAR SOLÍS
PROFR. ELÍAS JIMÉNEZ ROMERO
PROFR. FREDY GUTIÉRREZ VERGARA
PROFR. EMILIO ZAMUDIO GARCÍA
PROFR. JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ CASTILLÓN
PROFR. ENRIQUE GONZÁLEZ SANDOVAL
PROFR. FERNANDO GARCÍA MERAZ
PROFR. JACINTO GÓMEZ PASILLAS
PROFR. LUÍS MORENO BUSTAMANTE
PROFR. LUÍS ADRIÁN PACHECO SÁNCHEZ
PROFRA. BLANCA LUNA BECERRIL
PROFR. JOEL VICENTE CORTÉS
PROFR. JUAN CAMPECHANO COVARRUBIAS
PROFR. JOSÉ ÁNGEL IBÁÑEZ MONTES
PROFR. CARLOS SEGURA DORANTES
PROFR. EDUARDO ESCALONA ESPEJEL
PROFR. RAFAEL CORONADO ACUÑA
E S T A T U T O S
TÍTULO PRIMERO
DE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL SINDICATO
CAPÍTULO I
Constitución, nombre, domicilio, emblema y lema del Sindicato
Artículo 1. Por acuerdo del Congreso Nacional de Trabajadores de la Educación, de diciembre de 1943, se constituye la agrupación nacional de trabajadores de la educación para el estudio, defensa y mejoramiento de sus intereses comunes. La agrupación de trabajadores toma el nombre de Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, que podrá usar indistintamente las siglas S.N.T.E. y para los efectos del presente Estatuto, en lo sucesivo se denominará "El Sindicato”.
Artículo 2. Integran el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, trabajadores de base, permanentes, interinos y transitorios al servicio de la educación, dependientes de la Secretaría de Educación Pública, de los gobiernos de los Estados, de los municipios, de empresas del sector privado, de los organismos descentralizados y desconcentrados, así como los jubilados y pensionados del servicio educativo de las entidades citadas.
Artículo 3. El Sindicato tiene registro definitivo otorgado por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje bajo el número R.S. 43/44; así como el otorgado por los Tribunales Laborales de las Entidades Federativas que otorgan al Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato la titularidad de la relación colectiva de trabajo.
Artículo 4. El Sindicato gozará de la más amplia libertad para constituir federaciones y confederaciones, así como el de afiliarse a las mismas, su participación estará condicionada en todo momento por el respeto a su autonomía y a los preceptos contenidos en el presente Estatuto.
Artículo 5. El Sindicato es integrante del Congreso del Trabajo. Su participación se sujetará a las condiciones señaladas en el artículo anterior.
Artículo 6. El Sindicato establecerá relaciones de colaboración con organizaciones internacionales de trabajadores de la educación afines a sus principios y programas; podrá formar parte de ellas, siempre y cuando no represente menoscabo a su autonomía y a las disposiciones contenidas en el presente Estatuto.
Artículo 7. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación tiene su domicilio legal en la Ciudad de México, Distrito Federal. Para efectos de su organización interna:
I. Las secciones sindicales tienen su domicilio en la ciudad capital de la entidad federativa que corresponda o en la región señalada en este Estatuto;
II. El domicilio del Comité Regional de cada sección sindical estará ubicado dentro del área geográfica de la región correspondiente;
III. El domicilio de toda Delegación estará dentro del ámbito de la zona escolar preescolar o primaria o en cada centro de trabajo de educación inicial, posprimario, administrativo o extraescolar; y
IV. Las Delegaciones de Pensionados y/o Jubilados, tendrán su domicilio en la Ciudad Capital, en las cabeceras municipales de la Entidad Federativa que corresponda, o en la región señalada en este Estatuto.
Artículo 8. El lema del Sindicato es: “Por la Educación al Servicio del Pueblo”. El emblema del Sindicato tendrá las características que en el reglamento respectivo se señalen.
CAPÍTULO II
Duración, objeto y fines del Sindicato
Artículo 9. La duración del Sindicato será por tiempo indeterminado.
Artículo 10. El Sindicato tiene como objeto social y fines:
I. Defender los derechos laborales, sociales, económicos y profesionales de sus miembros;
II. Mantener la unidad de sus integrantes a nivel nacional y defender la autonomía sindical;
III. Luchar por el desarrollo personal y el logro de las aspiraciones de sus agremiados;
IV. Pugnar por el fortalecimiento del sistema educativo nacional, en apego al contenido del Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
V. Promover y orientar la participación de la sociedad en el proceso educativo;
VI. Pugnar por el mejoramiento, calidad y equidad de la educación;
VII. Promover la incorporación de los contenidos regionales a la educación nacional y contribuir a la eficiencia del sistema educativo nacional;
VIII. Promover el establecimiento de condiciones de trabajo compatibles con las necesidades particulares de cada entidad de la República Mexicana;
IX. Promover la revisión periódica de las condiciones de trabajo, formación, actualización, capacitación y superación profesional, evaluación y estímulos al servicio de los trabajadores de la educación, sobre parámetros
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