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Etica Aplicada A La Profesion Contable


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  2.105 Palabras (9 Páginas)  •  294 Visitas

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ETICA APLICADA A LA PROFESION CONTABLE

La ética representa las características humanas ideales o de autodisciplina en exceso, de las exigidas por la ley.

En el caso de los Contadores Publico Autorizados profesionales, puede considerarse la ética como un sistema de principios morales y la observancia de reglas para gobernar las relaciones con los clientes, el público y otros contadores públicos, y está relacionada con la independencia, autodisciplina e integridad moral del profesional.

La moral profesional es una aplicación de la moral a la profesión, o mejor dicho el profesional que es el hombre y puede ser cristiano con una función que cumplir en sociedad.

No pueden ser distintos los principios que rijan la moral del profesional en cuanto tal, de los principios que han de regir la vida de cualquier mortal, puesto que la moral como la verdad no puede ser más que una.

CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PÚBLICO DE LA RD

La misión primordial del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la Republica Dominicana es reg el ejercicio de la contaduría en el país mediante la ley no. 633 del 16 de junio de 1944.

Generalidades

1. Alcance

1. Las normas de este código pueden ser aplicadas a cualquier contador público, sin importar su estatus o especialidad. Estoy de acuerdo ya que por el simple hecho de ser contador este código es aplicable.

2. En este punto es muy importante tener en claro y acatar las normas de conductas de este código, porque todo profesional tienen que tener claro los criterios de dichos código que le exigen otras profesiones para que no sean contradictorios.

3. Es muy claro que el comité de calificación y ética profesional conozcan todas las dudas que existan acerca del código, para poner en claro a las personas que no estén de acuerdo con algunas de las normas o analizar cualquier criterio que tengan.

4. Toda mención de CPA de este código se refiere a los miembros del Instituto de Contadores Publico Autorizados de la Republica Dominicana

De Las Relaciones con el Público en General

1. Independencia

1. Esta norma nos deja claro que nosotros como profesionales debemos mantener nuestro criterio a la hora de juzgar, y no seria ético promulgar opiniones negativas acerca de otros colegas.

2. Entiendo que los contadores que presten sus servicios en las empresas deben de ser discretos con los reglamentos de esta

No puede haber imparcialidad ni independencia de acción, en la actuación de un Contador que preste sus servicios a un cliente o empresa con el que mantenga lazos de parentesco directo que pueda alterar resultados. Tampoco puede haber imparcialidad cuando el contador sea propietario de un negocio o tenga vinculación económica que pueda afectar su libertad de criterio al expresar su libertad de criterios al expresar su opinión sobre la situación financiera de dicha empresa.

Todo contador público esta en deber de cuidar celosamente la inviolabilidad de su independencia de acción, la cual constituye el rasgo esencial de la profesión y tendrá pleno derecho de aceptar o no los trabajos para los cuales se le solicite, sin necesidad de explicar los motivos que lo inducen a rechazarlos si así fuere.

El Contador Público Autorizado no puede realizar ningún tipo de trabajo de auditoria en las empresas en que ha trabajado como contador, sino después de dos años e indefinidamente por el periodo que cubrió su propia actuación como Contador.

Ningún Contador Público Autorizado o Firma de Contadores Públicos Autorizados permitirá que sus empleados brinden servicio sin su autorización. La empresa que contrate sus servicios no deberá hacer emulaciones cuando el mismo este realizando estados financieros y que puedan alterar los resultados.

No hay independencia cuando el contador público, tome participación directa en cualquier circunstancia o motivo en los resultados del asunto que se le ha encomendado de la empresa que contrato sus servicios y perciba de un solo cliente, durante mas de dos años consecutivos, más del 40% de sus ingresos u otra proporción que aun siendo menor sea de tal manera importante frente al total de sus ingresos, que le impida mantener su independencia.

El simple hecho de que un Contador Publico realice simultáneamente labores de auditoria externa y de consultoría en administración no implica falta de independencia profesional, siempre y cuando la prestación de los servicios no incluya al contador la toma de decisión administrativa y financiera.

El Contador no debe realizar actividades que resulte incompatible con su profesión. Un tribunal disciplinario determinara lo que es y no es incompatible.

Ningún contador se dedicara con su profesión a ningún negocio, ocupación o actividad que pudiera crearle un conflicto de interés en el desarrollo de sus obligaciones. Si el contador expresa cualquier juicio profesional, acepta la obligación de sostener un criterio libre e imparcial

El deber del contador es mantenerse cociente y alerta sobre actos, hechos y circunstancias que puedan afectar su libertad, veracidad, equidad y objetividad.

El profesional de la contabilidad tiene la obligación de respetar la confidencialidad de la información en la ejecución de sus servicios.

El secreto profesional debe mantenerse aun después de haber dado fin a los servicios con el cliente o compromiso contractual.

El Profesional no debe beneficiarse explotando la información que obtiene en el curso de su participación en su labor profesional.

El contador que desee participar en las propuestas o enmienda debe hacerlo a través del ICPARD.

El Profesional de la contabilidad que participe en trabajos y proyecto de informaciones financieras debe establecer en sus reportes una información que se preste a confusiones futuras.

Ningún Profesional de la contabilidad solicitara o interferirá en el trabajo del cliente, o cualquier posición asalariada publica o privada, ni dará información indigna sobre la conducta de colegas con intención de perjudicarles en su integridad profesional.

Todo Profesional de la contabilidad se abstendrá de formular comentarios negativos de otro colega en perjurio del mismo.

Todo profesional debe mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas de su ejercicio profesional y participar en los programas continuos

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