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Etica en seguridad privada Trabajo Código de Ética Para el Área de Seguridad Privada


Enviado por   •  6 de Febrero de 2018  •  Tareas  •  1.004 Palabras (5 Páginas)  •  531 Visitas

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Trabajo Código de Ética Para el Área de Seguridad Privada

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Alumno: Iván Mira G - 17va.Versión Diplomado G.S.P.I. UCSH 

Profesora: Marcela Palma C.

Modulo: Ética y Moral

INTRODUCCIÓN

Nuestra misión, como integrantes de esta Institución en el orden individual o colectivo, es actuar conforme a los principios y valores éticos de la persona humana, de la empresa y de la sociedad.

La Institución promueve y resguarda los valores éticos que considera fundamentales en su actuar: integridad, compromiso, respeto, lealtad, prudencia, responsabilidad y justicia.

El presente Código tiene como objetivo principal fijar el marco ético general en el desempeño laboral en todas y cada una de las actividades de la Institución.

Su contenido abarca los temas y situaciones generales que se presentan en el ámbito empresarial y económico, así como también aquellos casos que se refieren de manera específica a la gestión y funcionamiento de una empresa de seguridad privada.

 Estas normas son una herramienta de conocimiento y consulta individual permanente; constituyen una guía para las decisiones que dependen de cada uno de los integrantes de la empresa de acuerdo a su cargo y función.

 Cada uno de los integrantes de la Institución debe actuar conforme a dichos valores de manera uniforme, coherente y permanente en el tiempo. En todo momento se debe hacer ejercicio responsable de las atribuciones, y actuar de manera correcta.

CÓDIGO DE ÉTICA

OBJETIVOS DE ACTUACIÓN

LEGALIDAD: En las actividades de seguridad e investigación privada, sólo se emplearán medios y acciones conforme al ordenamiento jurídico.

INTEGRIDAD: Cumplir diligentemente los deberes profesionales oponiéndose a todo acto de corrupción.

DIGNIDAD: Mediante el recto ejercicio de sus atribuciones legales.

PROTECCIÓN: Implica desarrollar efectivamente sus responsabilidades para conseguir los niveles de seguridad establecidos, sin permitirse ninguna forma de inhibición en su función de evitar hechos ilícitos o peligrosos.

 

CORRECCIÓN: Desarrollar una conducta profesional irreprochable, especialmente en el trato con los ciudadanos.

CONGRUENCIA: Se deben aplicar medidas de seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que se trata de proteger.

TRATO CORRECTO: En todo momento el personal de seguridad privada debe observar un trato correcto a los ciudadanos evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia.

PROPORCIONALIDAD EN EL USO DE LOS MEDIOS: Debe existir una proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de defensa.

COOPERACIÓN CON LA POLICÍA: En la colaboración con los cuerpos de seguridad públicas, debe observar las instrucciones policiales concretas sobre el objeto de su protección, en función de los medios de que disponga y de los protocolos que se establezcan.

COMUNICACIÓN OPORTUNA: El personal de seguridad privada debe ejercer la colaboración ciudadana comunicando a los cuerpos policiales las informaciones relevantes para la seguridad ciudadana y la prevención de delitos.

SECRETO PROFESIONAL: Este personal debe guardar secreto profesional estricto de todos los hechos que conozca en el ejercicio de sus funciones, especialmente de las informaciones que reciba en materia de seguridad y de los datos de carácter personal que deba tratar o custodiar.

DEBERES ÉTICOS

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