Etica en seguridad privada Trabajo Código de Ética Para el Área de Seguridad Privada
imirag130990Tarea6 de Febrero de 2018
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Trabajo Código de Ética Para el Área de Seguridad Privada
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Alumno: Iván Mira G - 17va.Versión Diplomado G.S.P.I. UCSH
Profesora: Marcela Palma C.
Modulo: Ética y Moral
INTRODUCCIÓN
Nuestra misión, como integrantes de esta Institución en el orden individual o colectivo, es actuar conforme a los principios y valores éticos de la persona humana, de la empresa y de la sociedad.
La Institución promueve y resguarda los valores éticos que considera fundamentales en su actuar: integridad, compromiso, respeto, lealtad, prudencia, responsabilidad y justicia.
El presente Código tiene como objetivo principal fijar el marco ético general en el desempeño laboral en todas y cada una de las actividades de la Institución.
Su contenido abarca los temas y situaciones generales que se presentan en el ámbito empresarial y económico, así como también aquellos casos que se refieren de manera específica a la gestión y funcionamiento de una empresa de seguridad privada.
Estas normas son una herramienta de conocimiento y consulta individual permanente; constituyen una guía para las decisiones que dependen de cada uno de los integrantes de la empresa de acuerdo a su cargo y función.
Cada uno de los integrantes de la Institución debe actuar conforme a dichos valores de manera uniforme, coherente y permanente en el tiempo. En todo momento se debe hacer ejercicio responsable de las atribuciones, y actuar de manera correcta.
CÓDIGO DE ÉTICA
OBJETIVOS DE ACTUACIÓN
LEGALIDAD: En las actividades de seguridad e investigación privada, sólo se emplearán medios y acciones conforme al ordenamiento jurídico.
INTEGRIDAD: Cumplir diligentemente los deberes profesionales oponiéndose a todo acto de corrupción.
DIGNIDAD: Mediante el recto ejercicio de sus atribuciones legales.
PROTECCIÓN: Implica desarrollar efectivamente sus responsabilidades para conseguir los niveles de seguridad establecidos, sin permitirse ninguna forma de inhibición en su función de evitar hechos ilícitos o peligrosos.
CORRECCIÓN: Desarrollar una conducta profesional irreprochable, especialmente en el trato con los ciudadanos.
CONGRUENCIA: Se deben aplicar medidas de seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que se trata de proteger.
TRATO CORRECTO: En todo momento el personal de seguridad privada debe observar un trato correcto a los ciudadanos evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia.
PROPORCIONALIDAD EN EL USO DE LOS MEDIOS: Debe existir una proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de defensa.
COOPERACIÓN CON LA POLICÍA: En la colaboración con los cuerpos de seguridad públicas, debe observar las instrucciones policiales concretas sobre el objeto de su protección, en función de los medios de que disponga y de los protocolos que se establezcan.
COMUNICACIÓN OPORTUNA: El personal de seguridad privada debe ejercer la colaboración ciudadana comunicando a los cuerpos policiales las informaciones relevantes para la seguridad ciudadana y la prevención de delitos.
SECRETO PROFESIONAL: Este personal debe guardar secreto profesional estricto de todos los hechos que conozca en el ejercicio de sus funciones, especialmente de las informaciones que reciba en materia de seguridad y de los datos de carácter personal que deba tratar o custodiar.
DEBERES ÉTICOS
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