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Exposición De Amparo

adonisbelleza26 de Septiembre de 2013

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Introducción

El contenido de este proyecto comprende cuestiones básicas como lo son: el concepto de ampara mexicano, el origen y significados de la voz amparo, lo relativo a la aplicabilidad de la doctrina de los presupuestos procesales al amparo, así como el estudio de cada uno de dichos presupuestos procesales. "análisis crítico de la legislación de amparo", el cual se realiza siguiendo el orden que establece la ley de amparo.

El nombre del amparo se asocia con la tutela de los derechos humanos, el juicio de amparo mexicano es en la actualidad el medio de impugnación de última instancia de una gran parte de los procesos y procedimientos administrativos y judiciales de todo el país.

El propósito de este sencillo trabajo consiste en destacar cuales son los aspectos que conserva el juicio de amparo mexicano como institución protectora de los derechos humanos, los que han resultados afectados y en ocasiones menoscabados por su combinación con otros instrumentos cuyo propósito es dirimir y resolver conflictos sobre problemas de legalidad.

El proceso de creación de una nueva Ley de Amparo concluyó el 2 de abril de 2013 con la publicación del Decreto que contiene la nueva redacción del texto reglamentario de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de las modificaciones a cinco leyes secundarias, que en conjunto habilitan competencias y posibilitan la aplicación de las nuevas disposiciones.

Es de reconocer, también, que en la nueva Legislación de Amparo, se amplían los márgenes de la legitimidad jurídica. Se visualizan los amparos colectivos, se modernizan las herramientas para que, inclusive, los medios electrónicos de comunicación, estén a su servicio. Se abre la posibilidad de una declaración general de inconstitucionalidad.

El amparo es una institución que le servirá a los mexicanos de este siglo y de esta época. No es un recurso que va a ser larguísimo y eterno, lo que en principio debe ser el proceso biinstancial, contemplado y considerado por la Constitución de 1917. Los Legisladores y, específicamente, en la Cámara de Diputados, tienen la convicción de la conciencia, la rectitud y la honorabilidad para seguir adelante en este camino de las reformas que hoy el país emprende para el mejor estar de los mexicanos.

Contenido.

Con esta nueva ley, se amplía la protección del juicio de amparo. Los ciudadanos podrán interponer recursos de amparo cuando consideren que han sido violentados sus derechos humanos, no sólo de acuerdo con la Constitución de nuestro país, sino, también, tomando en cuenta los derechos garantizados en los tratados internacionales ratificados por México.

El juicio de amparo es una de las instituciones jurídicas más importantes de nuestro andamiaje legal. Con el amparo, México aportó al mundo una herramienta para que los ciudadanos pudieran defenderse del abuso de sus gobernantes.

Así, se armoniza el orden jurídico nacional, con el derecho internacional en materia de derechos humanos. La ley que se promulga, reglamenta la figura de amparo por omisión de autoridad. Se podrán interponer juicios de amparo, no sólo contra actos de autoridades que violen los derechos humanos, sino, también, cuando la violación sea producto de la falta de acción. Así, se brinda a los ciudadanos una manera de exigir sus derechos cuando los servidores públicos no cumplan cabalmente con su responsabilidad.

La nueva ley permite que la protección de los juicios de amparo beneficie a toda la sociedad, porque reglamenta las declaraciones generales de inconstitucionalidad. Abren la posibilidad de que, cuando una norma general sea señalada como inconstitucional a partir de juicios de amparo, deje de aplicarse con efectos generales. Se trata de un paso fundamental en la construcción de un sistema legal que garantice, de manera efectiva, la justicia para todos.

Sobre Competencias sobre condiciones básicas de igualdad, si bien es cierto de le da el nombre de o referencia de amparo directo por la forma que llega de manera indirecta a la Suprema Corte de Justicia o a los Tribunales Colegiados de Circuito.

Uno de los cambios más importantes es el relacionado con el objeto de protección del juicio de amparo, actualmente este juicio se ha limitado y restringido a la protección y tutela de las garantías individuales que fueron establecidas en la Constitución General de 1857 y, en lo sustancial, fueron retomadas en la de 1917.

Sin embargo, en el plano internacional, la visión protectora de los derechos fundamentales ha ido más allá de la protección de los derechos y principios consagrados en las constituciones propias de los Estados y ha previsto la tutela del contenido previsto por diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.

Finalmente la nueva ley permitirá a los grupos y personas morales hacer uso del amparo gracias a la figura del interés legítimo. Ésta permite que personas morales y otras organizaciones de la sociedad, puedan interponer amparos de manera colectiva ante las autoridades, lo cual abre nuevas posibilidades para defensa de los derechos ciudadanos.

Éstas son sólo algunas de las bondades de esta nueva ley que fortalece al amparo, lo moderniza y lo pone en sintonía con las necesidades actuales de nuestro país.

ÍNDICE GENERAL.

1. INTRODUCCIÓN SOBRE LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO DE AMPARO.

2. LOS PROCESOS FORALES DE ARAGÓN.

3. ANÁLISIS DE LAS CONSTITUCIONES EN MÉXICO.

4. TETRARQUIA DEL JUICIO DE AMPARO.

Manuel Crescencio Rejón

Mariano Otero

León Guzmán

Ignacio L. Vallarta.

5. Requisitos que debe contener una demanda de Amparo Directo.

6. Requisitos que debe contener una demanda de Amparo Indirecto.

7. El Quejoso puede ser.

8. Autoridad Ordenadora

9. Autoridad Ejecutora.

10. El acto de autoridad, requisitos o elementos para su configuración.

11. Los actos de autoridad deben tener contener.

12. Que sea imperativo.

13. Que sea Unilateral.

14. Que sea Coercitivo.

15. Quienes Podrán Interponer el Recurso de Amparo y Contra Quien.

16. Concepto Fehaciente del Amparo.

17. Leyes que Establecen la Procedencia del Juicio de Amparo.

18. Tres Hipótesis de Procedencia del Amparo.

19. Procedencia de Amparo Indirecto.

20. Competencia del Juicio de Amparo: Materia, Territorio y Grado.

21.

LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO DE AMPARO.

El amparo es un mecanismo de protección de las libertades y derechos fundamentales del hombre; es una de las formas de analizar el avance de la protección o normas protectoras de las personas o ciudadanos, a través de lo que se denomina controles institucionales.

Considerando que he colocado en el espacio idóneo para abordar el estudio del amparo, de ahí que inicialmente abordare una materia que ha dado origen a una serie de reflexiones autorales, para posteriormente aterrizar en la práctica jurídica del juicio de amparo.

La Introducción a la historia de los ámbitos externo e interno sobre los posibles antecedentes del juicio de amparo, posibles porque de todos ellos en lo particular, sólo hemos señalado una parte de dicha institución como existe en la actualidad, y no su íntegro contenido.

Ámbitos: Externo o Internacional e Interno o Nacional.

Externos: Interdicto Romano “De homine libero exhibendo” La figura más remota que se refiere como antecedente del amparo es el interdicto romano denominado “De homine libero exhibendo”, que tutelaba exclusivamente la libertad física en el sentido de que nadie podía privar de ese derecho a los hombres libres.

Este interdicto se hacía valer ante el “Pretor” por aquel gobernado que siendo hombre libre era privado de su libertad con motivo de una deuda.

Cuando se pactaba un compromiso que tuviera como obligación el pago de una prestación, si esta no era cubierta, el acreedor tenía el derecho de privar de la libertad al deudor, hasta en tanto no cubriera la deuda. Este derecho de los acreedores dio origen a que se inventaran deudas o se exigieran las ya cubiertas a los acreedores con la finalidad obligar a los súbditos libres a cubrir una prestación inexistente, coaccionándolos para ello con la privación de su libertad, lo que daba la pauta para que el infortunado que estuviera en esa arbitraria situación pudiera promover el “interdicto” ante el “Pretor” de Roma, quien ante tal petición ordenaba sustraer del cautiverio en que se encontraba el presunto deudor y junto con el acreedor comparecieran ante su presencia, a fin de que después de escuchar públicamente a ambos, dándoles lo que hoy conocemos como el derecho de audiencia, estuviera en condiciones de emitir una determinación que podía ser en el sentido de que se diera la inmediata libertad al deudor o que se le siguiera teniendo en cautiverio hasta en tanto cubriera la deuda contraída.

Esta interdicción, en nuestro concepto, no puede considerarse

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