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FRACCIONAMIENTOS


Enviado por   •  12 de Febrero de 2013  •  3.758 Palabras (16 Páginas)  •  428 Visitas

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LOS FRACCIONAMIENTOS SEGÚN EL PLANO DE DESARROLLO URBANO DE SAN LUIS POTOSI, SEGÚN SU OBJETIVO SE CLASIFICAN EN:

HABITACIONALES URBANOS:

a) Habitacional de Baja Densidad, (1A y 1B)

a) Lotificación

Sus lotes no podrán tener un frente menor de 12 metros ni una superficie menor de 350 metros cuadrados, para fraccionamientos 1A ni menor de 250 metros cuadrados, ni un frente menor de 9 metros para los 1B.

Se permitirá la construcción, como máximo en el 80% de la Superficie del lote y el resto se aprovechará en espacios abiertos si la construcción Se hace en un nivel y del 60% para dos niveles o más.

b) Usos y destinos del suelo

El aprovechamiento general será de vivienda unifamiliar, de 3 niveles como máximo, sin incluir tinacos o 9 metros de altura y sólo se permitirá la construcción de locales comerciales y de servicios en corredores urbanos

En este tipo de fraccionamientos sólo se permitirá la construcción de viviendas multifamiliares o edificios habitacionales en un máximo del 15% de la superficie vendible, en las zonas solicitadas y autorizadas.

c) Áreas de donación

El fraccionador deberá donar al municipio, escriturando, el 15% de la superficie neta del fraccionamiento, debidamente urbanizada, esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, para poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que se destinará esta zona

d) Vialidad.

Las calles colectoras deberán tener un ancho de 20 metros como mínimo.

Las banquetas serán de 3 metros de ancho como mínimo, de los cuales el 25% se empleará como zona jardinada.

En cada caso, el Ayuntamiento determinará la conveniencia de usar camellones, los cuales en ningún caso podrán tener menos de 3.00 metros de ancho.

No se permitirá la construcción de andadores.

Las calles locales deberán tener un ancho mínimo de 16 metros, medido de alineamiento a alineamiento; las banquetas serán de 2 metros de ancho como mínimo, de los cuales un 25% se empleará como zona jardinada.

Cuando necesariamente una calle local tenga que ser cerrada se hará un retorno de 21 metros de diámetro de alineamiento a alineamiento, como mínimo.

e) Infraestructura y equipamiento urbano

Todo fraccionamiento que sea aprobado dentro de este tipo, deberá contar, como mínimo, con las siguientes obras de urbanización:

1. Fuente de abastecimiento de agua potable o interconexión a la red municipal, red de distribución y tomas domiciliarias;

2. Sistema de alcantarillado incluyendo sus descargas domiciliarias, la Dirección estudiará la factibilidad de construir un sistema de drenaje combinado y, de resultar positivo, se indicará en las condiciones en que se otorga el permiso;

3. Red de distribución de energía eléctrica para uso público y doméstico, con cableado subterráneo;

4. Alumbrado público de vapor de sodio, u otro de calidad similar o superior, previa autorización del Departamento de Alumbrado Público del H. Ayuntamiento;

5. Ductos suficientes para líneas telefónicas antes de construir pavimentos y banquetas o en su defecto, la reposición completa de lo afectado por esta omisión;

6. Guarniciones y banquetas de concreto u otro material de calidad similar aprobado por la Dirección;

7. Pavimento de calles de concreto u otro material de calidad similar aprobado por la Dirección;

8. Arbolado y jardinería en áreas de calles, glorietas y demás lugares destinados a ese fin;

9. Placas de nomenclatura de calles

10. Dispositivos para el control de tránsito (señalamientos y semáforos), previo diseño aprobado por el Departamento de Ingeniería de Tránsito de la Dirección

General de Seguridad Pública Municipal y la Dirección, según el impacto previsto en el desarrollo urbano del sector y el área de influencia del mismo;

11. La infraestructura y equipamiento necesario para alojar el transporte público como son cobertizos, bahías, paraderos, señalamientos, entre otros, y

12. Caseta de vigilancia, en caso de que la Dirección lo solicite.

b) Habitacional de Densidad Media Baja y Media Alta, (2A y 2B)

a) Lotificación

Los lotes no podrán tener un frente menor de 9 metros, ni una superficie menor de 180 metros cuadrados para fraccionamientos clasificados como 2A, ni menor a 144 metros cuadrados y frente inferior a 8 metros para los clasificados como 2B.

No podrá haber un porcentaje mayor del 10% del número total de lotes, que tengan un frente de 15 metros o mayor a éste, o una superficie de 300 metros cuadrados o mayor a ésta para uso habitacional.

Se permitirá la construcción como máximo en el 80% de la superficie del lote para obras de un nivel y del 60% para obras de dos niveles o más en las dos clasificaciones y el resto se aprovechará en espacios abiertos.

b) Usos y destinos del suelo

El aprovechamiento general será de vivienda unifamiliar y se permitirá solamente la construcción de oficinas y consultorios integrados a la vivienda, siempre y cuando no excedan a 30 metros cuadrados cubiertos, en el caso de fraccionamientos 2A y para los 2B se autorizarán los usos específicos indicados en el Plan mencionado en el inciso anterior. En este tipo de fraccionamientos se permitirá la construcción de viviendas multifamiliares o edificios habitacionales en un máximo del 30% de la superficie vendible

c) Área de donación

El fraccionador deberá donar al Municipio, escriturando, el 15% de la superficie neta del fraccionamiento, debidamente urbanizada, esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, para poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que se destinará esta zona

d) Vialidad

Las calles colectoras deberán tener un ancho de 16 metros como mínimo.

Las banquetas serán de 2 metros de ancho como mínimo,

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